Comunicado-carta de protesta por la represión en Guadalajara. Agregue su nombre, copie y envíe a Fox y al gobernador de Jalisco

31.May.04    Análisis y Noticias

A LA SOCIEDAD CIVIL NACIONAL E INTERNACIONAL

A LOS MEDIOS DE PRENSA EN GENERAL

C. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA VICENTE FOX
QUESADA

C. GOBERNADOR DEL ESTADO DE JALISCO FRANCISCO
RAMÍREZ ACUÑA

C. PROCURADOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE JALISCO

Por medio del presente comunicado deseamos
exponer las brutales violaciones a los derechos
humanos de las que han sido sujetos todos los
compañeros de las distintas organizaciones sociales, así
como la población civil que estuvieron presentes
en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, durante las
manifestaciones que se llevaron a cabo el día 28
de Mayo del presente año, en el marco de las
negociaciones de la tercera Cumbre de la Unión
Europea y América Latina y el Caribe (ALCUE), por lo
cual:

EXPONEMOS:

1.- Que los actos de intimidación y represión por
parte de los cuerpos policíacos y de seguridad
Federales y Estatales comenzaron desde días previos
al desarrollo de la tercera Cumbre de la Unión
Europea y América Latina y el Caribe (ALCUE),
mediante una consistente campaña de acoso continuo,
no solamente hacia los activistas de las distintas
organizaciones sociales, sino también a la
sociedad civil, puesto que toda persona que era vista
usando vestimenta diferente, era detenida e
interrogada , violando con esto su derecho al libre
tránsito.

2.- El día 27 de mayo los compañeros que se
encontraban acampando en la plaza Juárez fueron
objeto de un secuestro colectivo, toda vez que
sufrieron de privación ilegal de la libertad durante un
lapso de ocho horas. El cerco comenzó a partir de
las 20:00 prolongándose hasta las 3:00 de la
madrugada del día 29.

3.- Durante las manifestaciones del día 28 de
mayo, alrededor de las 18:00 horas, sucedieron las
siguientes situaciones: la presencia de agentes
policíacos infiltrados y provocadores; el hecho de
que los policías antimotines que reprimieron las
manifestaciones eran miembros de la policía
militar (PFP) y militares vestidos de civil (por su
forma de actuar y estrategias de intimidación
psicológica altamente coordinada).

4. En la manifestación del día 28 se utilizaron
armas de dispersión no convencionales como gas
pimienta, gases lacrimógenos potenciados y espuma
toxica, aunado al uso de toletes para golpear
excesivamente a los compañeros.

5. Todos los arrestos se dieron de manera
arbitraria y con uso de violencia excesiva, a pesar de
que los detenidos durante la manifestación, no
opusieron resistencia, y de que los detenidos
después de la manifestación se retiraban de manera
pacífica. Además se implementaron redadas para la
detención de toda persona de apariencia joven y con
vestimenta diferente. Violando así su derecho al
libre tránsito, a la libertad de expresión así
como el derecho de manifestación.

6.- Así mismo denunciamos que una vez consumadas
las detenciones ilegales, ya que no se detuvo en
flagrancia a persona alguna, estas fueron
remitidos a la secretaria de seguridad publica del
Estado, en medio de constantes golpes por parte de los
elementos aprehensores, y durante un periodo de
veinticuatro horas las autoridades policíacas
mantuvieron desaparecidos a los detenidos al negarles
toda comunicación con persona alguna de su
confianza y al negar sistemáticamente que los tenían en
su custodia.

7.- Ante la arbitraria actuación de las
autoridades en las detenciones ilegales de la población
civil y de los manifestantes; integrantes de la
sociedad civil, así como las distintas
organizaciones que abajo firmamos, acordamos realizar de forma
pacifica un plantón frente a la Secretaria de
Seguridad del Estado de Jalisco el día 29 de mayo a
las 16.00, pues se tenían noticias de que en ese
lugar se mantenían detenidas a varias personas,
donde nuevamente se hicieron presentes: el
irracional y constante acoso por parte de la policía
(quienes se acercaban hasta la baya humana que
realizamos), la acción de provocadores que tenían la
intención de disolver el plantón (mediante la
infiltración de personal de la policía vestidos de
civil que se acercaban a insultarnos), así como las
acciones intimidatorias de los aparatos de
seguridad del Estado toda vez que durante todo el
desarrollo del plantón fuimos video grabados y
fotografiados por agentes policíacos; sin embargo este
se llevo a cabo de forma conciente y pacifica
logrando que entrara una comisión a dialogar al
interior de la secretaria de seguridad, misma que tubo
como resultado la liberación de diez personas
(gracias a las cuales ahora contamos con los
testimonios de la situación de las personas que
continúan detenidas), una vez cuando estas ya se
encontraban en libertad se acordó que el plantón se
mantendría hasta que todos los detenidos fueran
liberados, fue entonces que a partir de ese momento
las agresiones por parte de la policía se
incrementaron, y al ver que ninguna de sus provocaciones
funcionaba optaron por lanzar un gran contingente
de antimotines en nuestra contra, por lo cual
decidimos no enfrentarnos y nos desplazamos hacia
la plaza Juárez.

8.- La actual situación de los detenidos infringe
claramente la legalidad y viola los más
elementales derechos humanos:

- No se les ha suministrada agua ni
alimento en las ultimas treinta y seis horas.

- Se ha negado toda información a los
familiares y o personas de su confianza.

- No se les ha hecho saber cuales son los
cargos en su contra, ni quienes los acusan así
como las pruebas que existan en su contra.

- No se ha permitido el trabajo de los
abogados en defensa de los derechos de los
encausados.

- Las autoridades no han proporcionado
una relación oficial de las personas detenidas.

- Los detenidos han sido objeto de
amenazas y agresiones físicas y verbales. Algunas
mujeres fueron obligadas a realizar ejercicios
desnudas.

- Todas las personas detenidas fueron
coaccionadas mediante amenaza y presión para firmar
una declaración que no era de ellos.

- La Comisión Estatal de Derechos Humanos
no ha defendido (en ningún momento) las garantías
individuales de los Compañeros.

- El gobierno ha impuesto defensores de
oficio que actúan solo de manera testimonial.

- La única prueba que han presentado para
su acusación son los señalamientos directos de
los elementos aprehensores.

- Los pocos compañeros que han logrado
ser liberados han sido objeto de una campaña
psicológica de intimidación (como es el caso especifico
de dos compañeras que fueron seguidas hasta el
hotel donde se hospedaban).

- No se ha proporcionado atención medica
adecuada a las personas lesionadas que se
encuentran detenidas, teniéndose conocimiento incluso de
personas detenidas que requieren tomar
medicamentos específicos y se les han negado.

- Existen compañeros heridos de gravedad
que no han sido atendidos con oportunidad y que
podrían posteriormente presentar secuelas graves
si no se les presta atención adecuada (como es el
caso de la compañera Liliana Galavis López Tiene
contusiones de un diámetro de más de diez
centímetros, una herida considerable en la cabeza y otra
en el mentón, aún no sabemos que tan profundas
son).

- Mientras que las autoridades afirman
que todas las personan que han sido consignadas al
Ministerio Publico son solamente aquellas a las
que se les ha logrado acreditar plenamente
mediante pruebas la comisión de alguna supuesta conducta
ilícita, sin embargo se tiene conocimiento a
través de los familiares de varios detenidos quienes
ni siquiera tiene una participación política o
interés alguno en los movimientos sociales y que
tan solo tuvieron la mala fortuna encontrarse por
casualidad en las cercanías del lugar.

9.- Deseamos hacer del conocimiento de la
sociedad nacional e internacional los nombres de las
personas y compañeros detenidos que son los
siguientes:

DANIEL ALEJANDRO OLVERA SULE (DISTRITO FEDERAL)
JESÚS MIGUEL RAMOS PARTIDA (GUADALAJARA )
JOSÉ MIGUEL GONZÁLEZ LÓPEZ (GUADALAJARA)
JUAN SALVADOR LARA PIÑA (CIUDAD JUÁREZ)
JORGE OCTAVIO CASTILLA GUTIÉRREZ (DISTRITO
FEDERAL)
FREDDY JAVIER CARRILLO MÁRQUEZ (ZAPOPAN, JALISCO)
RICARDO ZALETA COLMENERO (GUADALAJARA)
JESÚS (¿JEARIM?) FERNÁNDEZ SAGREDO
ELSA HERNÁNDEZ ARGUELLO (DISTRITO FEDERAL)
EDGAR FLORES MURILLO
NORBERTO ALEJANDRO ULLOA MARTÍNEZ (MONTERREY)
MIGUEL ÁNGEL RAMÍREZ LÓPEZ (CULIACÁN)
RICARDO MEDINA RAMOS (TLAQUEPAQUE JALISCO)
JUAN CARLOS FLORES GONZÁLEZ (TLAQUEPAQUE JALISCO)
JUAN MANUEL BARRIOS GONZÁLEZ
SERGIO PÉREZ NEUFELD (GUADALAJARA)
JOSÉ MARTÍ GARCÍA ESPINOZA
JOSÉ CRUZ LUJAN SÁNCHEZ (MONTERREY NUEVO LEON)
MANUEL DE JESÚS PEREIRA ANGUIANO (JALISCO)
FRANCISCO FELIPE GARCÍA (VALLE DE BRAVO EDO DE
MÉXICO)
FRANCISCO DE JESÚS BECERRA VÁZQUEZ (GUADALAJARA)
JOSÉ LUIS ALEJO VÁZQUEZ (ZAPOPAN JALISCO)
GERARDO ERNESTO TREVIÑO OLVERA (CULIACÁN SINALOA)
GERARDO ALBERTO CORONA JIMÉNEZ (EDO DE MÉXICO)
MIGUEL ÁNGEL MEDINA HERNÁNDEZ (GUADALAJARA)

MAURICIO URIBE GARCÍA (EDO DE MÉXICO)
OSCAR CHÁVEZ CASTILLO (DISTRITO FEDERAL)
ADRIAN SIMÓN CHÁVEZ HERNÁNDEZ
JULIO CÉSAR GONZÁLEZ MARTÍNEZ
RAMIRO DANIEL FLORES PATRICIO (GUADALAJARA)
HAYDEE BERENICE GARCÍA RODRÍGUEZ
JAIME HUMBERTO CARRERO ACEVES (GUADALAJARA)
EDDY MARCELINO GARCÍA GÓMEZ (GUADALAJARA)
RAÚL MORALES CABALLERO (ZAPOPAN JALISCO)
ARTURO ROSAV FISERT (ZAPOPAN JALISCO)
JUAN MANUEL FLORES HERRERA (GUADALAJARA)
SALVADOR ARANDA RAMÍREZ (GUADALAJA)
MIGUEL ÁNGEL LEÓN (EL SALTO JALISCO)
DAGOBERTO RIVERA SERVÍN (TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA
JALISCO)
LEONARDO ROSALES DELGADO
OSVALDO MONTES ASCENCIO (TONALA JALISCO)
LILIANA GALAVIS LÓPEZ (MONTERREY NUEVO LEON)
ALICIA ALEIDA TORRES BELMARES (MONTERREY NUEVO
LEON)
FELIPE DE JESÚS LANDEROS (GUADALAJARA)

10.- Tanto los derecho de procedimiento como de
fondo que han sido violentadas por las autoridades
son las siguientes:

Artículo 1°.- En los Estados Unidos Mexicanos
todo individuo gozará de las garantías que otorga
esta Constitución, las cuales no podrán
restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las
condiciones que ella misma establece… (las
acciones represivas del gobierno federal y estatal
demuestran que durante los hechos acontecidos el dia
28 de mayo del presente año las garantías
individuales que consignan esta constitución fueron
suspendidas de facto en la ciudad de Guadalajara en
perjuicio de los detenidos sin que mediara el
procedimiento que la misma constitución señala para
que estas pudieran ser restringidas o suspendidas)

Artículo 6°.- La manifestación de las ideas no
será objeto de ninguna inquisición judicial o
administrativa… (en el caso del los compañeros que
fueron detenidos es evidentes que fueron objeto de
un arbitrario abuso de autoridad siendo
reprimidos, torturados y hostigados por el simple hecho de
manifestarse)

Artículo 9°.- No se podrá coartar el derecho de
asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier
objeto lícito…

Artículo 11.- Todo hombre tiene derecho para
entrar en la República, salir de ella, viajar por su
territorio y mudar de residencia, sin necesidad
de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u
otros requisitos semejantes… (violándose esta
garantía mediante el secuestro policiaco de que
fueron objeto los jóvenes de la plaza Juárez el día
27 de mayo)

Artículo 16.- Nadie puede ser molestado en su
persona, familia, domicilio, papeles o posesiones,
sino en virtud de mandamiento escrito de la
autoridad competente, que funde y motive la causa legal
del procedimiento…

No podrá librarse orden de aprehensión sino por
la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o
querella de un hecho que la ley señale como
delito, sancionado cuando menos con pena privativa de
libertad y existan datos que acrediten el cuerpo
del delito y que hagan probable la
responsabilidad del indiciado…

La autoridad que ejecute una orden judicial de
aprehensión, deberá poner al inculpado a
disposición del juez, sin dilación alguna y bajo su más
estricta responsabilidad. La contravención a lo
anterior será sancionada por la ley penal…

Ningún indiciado podrá ser retenido por el
Ministerio Público por más de cuarenta y ocho horas,
plazo en que deberá ordenarse su libertad o
ponérsele a disposición de la autoridad judicial… Todo
abuso a lo anteriormente dispuesto será
sancionado por la ley penal…

Artículo 20.- En todo proceso de orden penal, el
inculpado, la víctima o el ofendido, tendrán las
siguientes garantías:

A. Del inculpado:

I. Inmediatamente que lo
solicite, el juez deberá otorgarle la libertad
provisional bajo caución, siempre y cuando no se trate de
delitos en que, por su gravedad, la ley
expresamente prohíba conceder este beneficio…

II. No podrá ser obligado a declarar. Queda
prohibida y será sancionada por la ley penal, toda
incomunicación, intimidación o tortura. La confesión
rendida ante cualquier autoridad distinta del
Ministerio Público o del juez, o ante éstos sin la
asistencia de su defensor carecerá de todo valor
probatorio;

III. Se le hará saber en audiencia pública, y
dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su
consignación a la justicia, el nombre de su
acusador y la naturaleza y causa de la acusación, a
fin de que conozca bien el hecho punible que se le
atribuye y pueda contestar el cargo, rindiendo en
este acto su declaración preparatoria;

V. Se le recibirán los testigos y demás pruebas
que ofrezca, concediéndosele el tiempo que la ley
estime necesario al efecto y auxiliándosele para
obtener la comparecencia de las personas cuyo
testimonio solicite, siempre que se encuentren en el
lugar del proceso;

VII. Le serán facilitados todos los datos que
solicite para su defensa y que consten en el
proceso;

IX. Desde el inicio de su proceso será informado
de los derechos que en su favor consigna esta
Constitución y tendrá derecho a una defensa
adecuada, por sí, por abogado o por persona de su
confianza. Si no quiere o no puede nombrar defensor,
después de haber sido requerido para hacerlo, el
juez le designará un defensor de oficio. También
tendrá derecho a que su defensor comparezca en todos
los actos del proceso y éste tendrá obligación de
hacerlo cuantas veces se le requiera, y

Las garantías previstas en las fracciones I, V,
VII y IX también serán observadas durante la
averiguación previa, en los términos y con los
requisitos y límites que las leyes establezcan; lo
previsto en la fracción II no estará sujeto a
condición alguna.

Por todo lo anteriormente expuesto

EXIGIMOS:

PRIMERO.- La liberación incondicional e inmediata
de todas y cada una de las personas detenidas así
como la anulación de todo proceso penal en su
contra.

SEGUNDO.- Que las autoridades proporcionen una
relación verídica con todos los nombres de las
personas detenidas.

TERCERO.- El cese total e inmediato de todas las
acciones de hostigamiento de que han sido objeto
los detenidos así como sus familiares y de
aquellos que han logrado ser liberados.

CUARTO.- Exigimos que se garantice la integridad
física de todos los detenidos y el cese de
inmediato de todas las torturas a que están siendo
sometidos.

QUINTO.- Las organizaciones que suscribimos el
presente desplegado, así como los familiares de los
detenidos, los hacemos directamente responsables
al C. Presidente de la Republica Vicente Fox
Quezada así como al C. Gobernador del Estado de
Jalisco Francisco Ramírez Acuña, de las vidas e
integridad física de todas y cada una de las personas
detenidas así como de sus familiares en cualquier
momento, como parte de una política represiva por
parte del aparato de gobierno.

QUINTO.- Que se permita la actuación de los
abogados defensores de las personas detenidas.

Debido a todo lo anteriormente expuesto y
en base las experiencias que hemos vivido todas
los integrantes organizaciones firmantes y personas
de la sociedad civil podemos concluir que las
acciones cometidas por los gobiernos Federal y
Estatal son parte de un estado de guerra dirigido
contra la población civil que denotan claras
practicas fascistas a la mas vieja usanza.

Organizaciones firmantes:

FAMILIARES DE LOS DETENIDOS, COMITÉ EUREKA, ANAD,
FRENTE UNICO DE TRABAJADORES ACTIVOS JUBILADOS Y
PENSIONADOS, CONVERGENCIA SOCIALISTA,
UNAM-PORMOTORA NACIONAL, ENAH, CENTRAL UNITARIA DE
TRABAJADORES, CENTRO DE MEDIOS INDEPENDIENTES (CMI),
COMITÉ PAVEL GONZALEZ (UNAM), RED INSURGENTE CULTURA
CON JUSTICIA, CORDINADORA CONTINENTAL BOLIVARIANA,
FRENTE ZAPATISTA, COMUNA LIBERTARIA, TIANGUIS
CULTURAL, CSAPN, RMALC, OTRO MAYO EN GUADALAJARA,
SINDICATO NACIONAL REVOLUCIONARIO DE TRABAJADORES
DE EUZKADI, COMITÉ HERMANOS CEREZO, EX MILITANTES
DEL MOVIMIENTO ARMADO SOCIALISTA, PARTIDO
COMUNISTA, COORDINADORA DE COLONIAS POPULARES, FRENTE
REVOLUCIONARIO DE ACCION PATRIOTICA, PROMOTORA POR
LA UNIDAD NACIONAL CONTRA EL NEOLIBERALISMO,
BRIGADA ESPARTACO JALISCO, ASHEVILLE COMMUNITY
RESOURCE CENTER (E.U.A), ASHEVILLE GLOBAL REPORT
(PERIODICO ORGANIZATION E.U.A.), MEDIA ISLAND
INTERNACIONAL (CENTRO DE ORGANIZACIÓN Y MEDIOS COMIDA NO
BOMBAS MTY. N.L. OLIMPIA, WASH. ESTADISS),
COLECTIVO ALTERNATIVO LIBERTARIO (MTY. N.L UNIDOS),
COMITÉ DE AMIGOS DE PUERTO RICO, UNIOS, NUEVA ORDEN
MUNDIAL, PARTIDO DEL TRABAJO, COLECTIVO REVUELTAS,
CELULAS AUTONOMAS, BARZON REGIONAL, NORMAL DE
ATEQUIZA, AMIGOS DE LA BARRANCA A.C., CLAJADEP,

Favor de mandar esta carta como e-mail, añadiendo
su nombre o el de su organización, a los
siguientes correos electrónicos:

Gobernador de Jalisco: Francisco Ramírez Acuña:
comunica@jalisco.gob.mx

jgutierm@jalisco.gob.mx

cflores@jalisco.gob.mx

amacias@jalisco.gob.mx

Presidente Vicente Fox Quesada:
vicente.fox.quesada@presidencia.gob.mx