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Severa derrota de gobierno español en corte europea de Estrasburgo, que ordena liberar prisionera independentista con ya 26 años de cárcel

Gara y agencias :: 21.10.13

Este veredicto definitivo podría obligar a España a liberar a decenas de presos de ETA y a reos condenados a largas penas por causas comunes

Estrasburgo rechaza la doctrina 197/2006 por unanimidad y ordena poner en libertad a Del Río

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha desestimado el recurso del Gobierno español contra el fallo que dio a conocer en julio de 2012 y ha ratificado por unanimidad que la aplicación retroactiva de la sentencia 197/2006 a Inés del Río vulnera el artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. De esta manera, Estrasburgo ordena la puesta en libertad «a la mayor brevedad posible» de la presa de Tafalla, que permanece encarcelada desde hace 26 años.
Naiz.info|Estrasburgo|2013/10/21
Gara

Inés del Río ha visto alargada su estancia en prisión casi nueve años por la aplicación de la doctrina 197/2006.
La Gran Sala estima que la presa de Tafalla ha sido objeto de una detención «no regular» en violación del artículo 5.1 (derecho a la libertad y a la seguridad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha ratificado el fallo a favor del caso de la presa política vasca Inés del Río, al considerar que la sentencia 197/2006 vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Estrasburgo ha fallado por 15 votos contra dos que «ha habido violación del artículo 7» de la Convención Europea de Derechos Humanos que establece que «no hay pena sin ley» que la avale. Además, por unanimidad, ha confirmado que desde el 3 de julio de 2008 la demandante ha sido objeto de una detención «no regular» en violación del artículo 5.1 (derecho a la libertad y a la seguridad), según la lectura de la sentencia final, en audiencia pública, que ha corrido a cargo del presidente del alto tribunal, Dean Spielmann.

La Gran Sala, por 16 votos contra uno, afirma que «vista la necesidad urgente de poner fin a las vulneraciones constatadas», corresponde a las autoridades españolas «garantizar» la liberación de la presa «a la mayor brevedad posible».

Aunque el TEDH admite en su sentencia que los estados son «libres de modificar su política criminal, sobre todo para reforzar la represión de crímenes y delitos», especifica que «eso no impide que deben respetar las reglas enunciadas en el artículo 7».

Según el fallo, Del Río «no podía prever» que se modificara la jurisprudencia con la denominada ‘doctrina Parot’, ni que «la Audiencia imputaría las redenciones de pena otorgadas a cada una de las penas impuestas por separado y no a la pena máxima de 30 años».

Estrasburgo ordena indemnizar a Del Río con 30.000 euros

Por diez votos contra siete, la Gran Sala determina que el Estado debe abonar una indemnización de 30.000 euros en un plazo de tres meses a Inés del Río en concepto de «daños morales».

Asimismo, por unanimidad ordena que el Estado español debe abonar a la demandante la suma de 1.500 euros en concepto de costas judiciales.

La resolución del TEDH cuenta con tres votos particulares que difieren «parcialmente» de la opinión de la mayoría, firmados por los jueces Marck Villiger (Liechtenstein), Elisabeth Steiner (Austria), Ann Power-Forde (Irlanda), Paul Lemmens (Bélgica), Valeriu Gritço (Moldavia), Paul Mahoney (Gran Bretaña) y Faris Vehabovic (Bosnia-Herzegovina).

Cuenta con un cuarto voto particular, que expresa un opinión concordante con la mayoría, firmado en esta ocasión por el magistrado chipriota George Nicolaou.

Primer recurso llegado a Estrasburgo

El de Inés del Río es el primer recurso contra la sentencia 197/2006, conocida como «doctrina Parot», que ha llegado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

A la presa de Tafalla le aplicaron la citada medida en junio de 2008. Su defensa recurrió al TEDH invocando al artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece que no puede existir una pena sin ley que la avale. Además, denunciaba una aplicación retroactiva de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

También sostuvo que su estancia en prisión es contraria al artículo 5, que contempla el derecho a la libertad y la seguridad, y apeló al artículo 14, que establece la prohibición por discriminación, y considera que la nueva jurisprudencia ha sido aplicada por los tribunales españoles con un objetivo político y para retardar la puesta en libertad de las personas condenadas por «terrorismo».

La tafallesa fue detenida el 5 de julio de 1987, por lo que lleva 25 años en prisión.

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Corte europea abre la puerta a la liberación de decenas de presos de ETA

Publicado el 21/Octubre/2013
Agencias

Corte europea abre la puerta a la liberación de decenas de presos de ETA

MADRID. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) exigió el lunes liberar a la etarra Inés del Río Prada y abrió la puerta a que decenas de presos condenados a largas penas salgan antes de la cárcel, provocando la indignación de víctimas de la organización separatista armada.

El TEDH, con sede en Estrasburgo (este de Francia), dio satisfacción a la demanda de Del Río contra la aplicación retroactiva de la llamada Doctrina Parot. Esa doctrina establece que las reducciones de condena se descuentan de cada una de las penas que pesan sobre un reo, y no sobre los 30 años de cumplimiento máximo efectivo de cárcel previsto por la ley.

Esta interpretación prolonga el tiempo de encarcelamiento en caso de múltiples condenas.

Del Río, de 55 años, encarcelada desde 1989, fue condenada a un total de 3 828 años de cárcel por varios asesinatos y tendría que haber salido en 2008 con los beneficios penintenciarios previstos cuando fue condenada.

Pero debido a la aplicación retroactiva de la Doctrina Parot, adoptada en 2006, la justicia española pretendía retrasar su liberación hasta 2017.

Esta decisión de la Gran Cámara del TEDH confirma el veredicto pronunciado en julio de 2012, recurrido por Madrid, pero que ahora es definitivo.

Como en 2012, el TEDH reprochó a España haber violado con esa aplicación retroactiva la Convención Europea de Derechos Humanos.

“El Tribunal estima que la demandante no podía prever que el Tribunal Supremo [español] aplicaría un cambio de jurisprudencia en febrero de 2006 ni que ese cambio de jurisprudencia le sería aplicado acarreando una postergación de la liberación” estimaron los jueces de Estrasburgo.

“Por tanto, la demandante ha purgado una pena de detención de una duración superior a la que hubiera debido sufrir según el sistema jurídico español en vigencia en el momento de su condena”, consideró el tribunal, que pidió a España que libere a Inés del Río Prada “en el más breve plazo”.

Un veredicto que podría beneficiar a decenas de presos

Este veredicto definitivo podría obligar a España a liberar a decenas de presos de ETA y a reos condenados a largas penas por causas comunes.

El gobierno lamentó el fallo pero descartó generalizar automáticamente sus beneficios a otros reos, alegando que le corresponderá más bien a los tribunales estudiar sus consecuencias caso por caso.

“Se ha producido un fallo pero no hay una doctrina y habrá que resolver individualmente”, subrayó el ministro de Justicia español, Alberto Ruiz Gallardón, durante una rueda de prensa con el titular de Interior, Jorge Fernández Díaz.

“¿Un crimen equivale a 130 crímenes?”, preguntó a los jueces europeos Francisco Sanz Gandasegui, uno de los representantes de España, al defender la legitimidad de la Doctrina Parot.

Un colectivo de víctimas de ETA pidió al gobierno desacatrar la sentencia del TEDH.

“Vamos a pedir, primero, que no se acate. Y, por supuesto, que no hay por qué abrirles las puertas de las cárceles, tendrán que recurrir uno a uno”, reclamó Ángeles Pedraza, la presidenta de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT).

El fallo del TEDH “supone un retroceso en la defensa del derecho de las víctimas del terrorismo a ser resarcidas mediante el cumplimiento íntegro de las penas de quienes fueron condenados por cometer atentados terroristas”, afirmaron las asociaciones de víctimas del terrorismo en España en un comunicado conjunto.

La sentencia del TEDH se hizo pública un día después del segundo aniversario del anuncio por ETA del “cese definitivo de su actividad armada”, que causó 829 muertos en más de 40 años de atentados.

El gobierno dejó en claro en cualquier caso que mantendrá su política, de exigir que ETA deponga las armas antes de encarar cualquier discusión.

“En relación con ETA, la política del gobierno no va a cambiar, vamos a seguir actuando hasta conseguir su disolución completa”, dijo Fernández Díaz, asegurando que Madrid “no ha negociado ni va a negociar” con la organización separatista armada vasca. (AFP)


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