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Carta de la Confederación Kechua del Ecuador -Ecuarunari al parlamento ecuatoriano

Ecuachaski :: 13.05.14

En el contexto de la mesa de diálogo nacional de la Ley de Aguas

Carta presentada por la ECUARUNARI en el contexto de la mesa de dialogo nacional de la Ley de Aguas
13 de mayo de 2014 a la(s) 9:12

Kitu, mayo 9 del año colonial 2014

Señora

Gabriela Rivadeneira

PRESIDENTA DE LA ASAMBLE ASAMBLEA NACIONAL

Dr. Miguel Carvajal

PRESIDENTE DE LA COMISION DE SOBERANIA ALIMENTARIA

Sus Despachos.-

De nuestras consideraciones:

La defensa por el agua está presente en las comunidades amenazadas o afectadas por la explotación minera, debido a la importancia que esta tiene para la supervivencia del ser humano y de las comunidades y para la vida de los ecosistemas.

Desde el Movimiento indígena hemos visto y constatado en carne propia como las comunidades están expuestas a la intimidación y la violencia, quienes se han opuesto abiertamente han sido señalados y acusados penalmente de sabotaje, terrorismo, asociación ilícita para delinquir entre otras graves acusaciones y enfrentan procesamiento penales, abusos policiales, maltratos, golpes, amenazas y detenciones, como es el reciente caso del comunero Javier Ramírez, presidente de la comunidad de Junín opuesta desde hace 2 décadas a la explotación minera en Imbabura.

Queremos recordar ante este poder Legislativo, que la Asamblea Constituyente en el 2008 otorgó amnistías a cientos de personas defensoras de la naturaleza reconociendo que “varios hombres y mujeres de nuestro país se han movilizado en defensa de la vida, de los recursos naturales y el ambiente; en contra de las compañías que han devastado el ecosistema, movidos por la desatención y el abandono; los afectados han realizado varias acciones de resistencia y protestas (primer considerando), así también, que “algunos de ellos han sido reprimidos y luego enjuiciados por delitos políticos y comunes conexos con los políticos, en algunos casos por compañías nacionales y extranjeras, en otros por intermediarios e inclusive por funcionarios públicos (segundo considerando)

Por lo que no entendemos como los actuales poderes del Estado repiten esta lamentable historia.

No queremos dejar de señalar también que la misma Asamblea Constituyente de Plenos poderes, emitió el Mandato Minero N° 6 cuyo cumplimiento es obligatorio y, en consecuencia, se tiene que hacer lo que en el se ordena, en este se declara extinguidas al 18 de Abril del 2008 las concesiones mineras que entre otras causales:

Al 31 de diciembre de 2007, no hubieren presentado estudios de impacto ambiental o no hayan concluido procesos de consulta previa. Las concesiones mineras que se hubieren otorgado en “áreas naturales protegidas, bosque protectores y zonas de amortiguamiento definidas por la autoridad competente y aquellas que afecten nacimientos y fuentes de aguas”. En esta norma hay dos mandatos: uno, declara extinguidas las concesiones que se hubieren otorgado en áreas protegidas, bosques protectores y zonas de amortiguamiento, y, dos, igualmente declara extinguidas las concesiones que afectaren nacimientos y fuentes de agua En estos casos está el Proyecto minero en la zona de Intag, es decir que las concesiones por las que al momento Intag vive una convulsión social, dejaron de existir en el 2008, todo lo actuado en términos de permisos y actividades mineras estarían viciadas de nulidad.

Queremos recordar también que la Constitución Ecuatoriana prevé el derecho a la resistencia en su Art. 98.-Los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos.

Cabe mencionar que el Agua es un derecho humano garantizado por la constitución ecuatoriana (Art. 12) y por tratados internacionales. Por tanto el Estado Ecuatoriano está obligado a garantizar este derecho y a tomar medidas para evitar que se afecte este derecho y alentar a su ejercicio. La Constitución establece que el Derecho Humano al agua no solo se refiere al acceso para el consumo humano o doméstico, este está relacionado con la Salud, los usos culturales, la soberanía alimentaria para garantizar el derecho a la alimentación y los derechos de la naturaleza.

Por lo tanto, es derecho legítimo defender la naturaleza de una de las actividades más destructivas y contaminantes que ha probado que acaba y contamina las fuentes y nacimientos de agua como es la minería, sobre todo la de gran escala. Las comunidades de Intag solo están ejerciendo los derechos constitucionales y construyendo el derecho al Buen Vivir o mejor dicho el Allí Sumak Kausay, con un abanico de propuestas que van desde las económicas, pasando por la gestión participativa de sus comunidades, hasta las ambientales, esto les ha permitido generar modelos de gestión local.

La detención al Presidente comunitario Javier Ramiréz con graves acusaciones de sabotaje y terrorismo realizada por la estatal minera a Ramírez, por leves incidentes durante la visita de técnicos de la Empresa Nacional Minera ENAMI, acto en el que ni siquiera participó y la posterior incursión policial con maltratos policiales ocurrido el jueves 8 de mayo en la comunidad de Junín des-legitiman cualquier intento de diálogo que los poderes del estado realicen.

Como organizaciones Indígena del Ecuador no aceptamos este doble discurso de la mesa de diálogo nacional por el agua (consulta prelegislativa), por un lado diálogo y por otro persecución a nuestros líderes y miembros de comunidades, bases de la ECUARUNARI. Como otros casos despojos a comuneros y militarización en Tundayme Zamora Chinchipe –Cóndor Mirador-, amenazas a los comuneros de Pacto, Nanadel, Nanedalito- parroquias Noroccidentales de Pichincha, persecución y amenazas a líderes de Kimsakocha, Río Blanco y zonas del Sur del Ecuador-Santa Isabel, Fierro-Urco-, solo para citar algunos ejemplos. Si no se corrige estos hecho la consulta prelegislativa nace viciada, muerta, viola elementales derechos colectivos y principios de la consulta que deben ser: libres, legítimas, de buena fe, que alcancen el consentimiento, respetar a la comunidad, compatible con los derechos humanos, intercultural, pacífica, transparente al tenor de lo que dispone el Convenio 169 de la OIT, la declaración de la ONU sobre pueblos indígenas y la jurisprudencia internacional.

Como Ecuarunari nos declaraos en alerta frente a la posibilidad de que otros líderes, dirigentes, dirigentes y comuneros de la comunidad y del país puedan ser detenidos por las mismas circunstancias, es decir, la defensa de las fuentes de agua y sustento amenazadas por la minería.

Exigimos el retiro inmediato de las fuerzas policiales tanto de las tierras comunales como de la reserva comunitaria de Junín.

Exigimos la libertad inmediata del compañero Javier Ramírez presidente de la comunidad de Junín y que se respete la voluntad de las comunidades de Intag.

Si no se corrigen estos hechos violatorios a los derechos humanos y los principios de la consulta prelegislativa de la ley de aguas dejamos impugnado lo actuado y consecuentemente nos retiramos del proceso sin perjuicio de las acciones judiciales a realizar a nivela nacional e internacional.

En resistencia

Carlos Pérez Guartambel

PRESIDENTE DE LA CONFEDEREACION KICHWA DEL ECUADOR –ECUARUNARI-


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