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Sobre el concepto de bienes comunes

Clajadep :: 30.09.14

Los bienes comunes no son propiedad privada ni pública, no pertenecen ni a particulares ni al Estado. No se tiene un bien común, sino que se participa de uno. Un bien común más que pertenecernos a todos, somos todos los que participamos de él

Bienes comunes

Un bien común más que pertenecernos a todos, somos todos los que participamos de él.

La Razón (Edición Impresa) / Farit Rojas Tudela

02:52 / 29 de septiembre de 2014

El profesor de Derecho Civil de la Universidad de Turín Ugo Mattei ha publicado recientemente Bienes Comunes, un manifiesto (2013. Madrid: Ed. Trotta).

En la introducción Mattei recuerda que en 2009 la economista Elinor Ostrom recibió el Nobel por su estudio sobre los bienes comunes, siendo “lo común” una de las dimensiones en boga no solo en la economía sino también en el derecho. El mismo Mattei ha sido vicepresidente de la Comisión Rodotá para la reforma de los bienes públicos en 2011. Creative commons, el código abierto de Linux, la enciclopedia Wikipedia son ejemplos del desarrollo actual de “lo común”, según Mattei.

Respecto al estadio del tratamiento jurídico, Mattei señala que “la nueva Constitución boliviana constituye el modelo jurídico más avanzado de elaboración del concepto de bienes comunes del que la humanidad dispone hoy para pensar su propio desarrollo” (pág 39). El jurista italiano encuentra en las concepciones de medio ambiente, vivir bien, agua y territorialidad indígena que posee la CPE boliviana las bases de un nuevo modelo jurídico. Pero, ¿cuál es este nuevo modelo?

Mattei considera que los bienes comunes no pueden concebirse como un mero objeto, como una porción tangible del mundo externo. No pueden ser aprehendidos con la lógica mecanicista de la Ilustración, que separa netamente el sujeto del objeto. En suma, no pueden ser reconducidos a la idea moderna de mercancía. Los bienes comunes existen solo en una relación cualitativa.

“Nosotros no tenemos un bien común, un ecosistema, el agua, dice Mattei. Somos, más bien, (partícipes de los) bienes comunes: somos agua, somos parte de un ecosistema urbano o rural. De ahí que una teoría que coloque en el centro los bienes comunes solo pueda poner en cuestión la separación entre ser y tener, y entre sujeto y objeto” (pág: 66). En consecuencia los bienes comunes no son propiedad privada ni pública, no pertenecen ni a particulares ni al Estado. No se tiene un bien común, sino que se participa de uno. Un bien común más que pertenecernos a todos, somos todos los que participamos de él. Naturaleza, aire, agua, mares, vida en general, cultura, memoria histórica, saberes, espacio y tiempo son ejemplos, si bien abstractos, de bienes comunes.

Si no poseemos bienes comunes, sino somos parte de ellos, su daño y destrucción supone el daño y destrucción de nuestras vidas. En este sentido, para Mattei urge el tratamiento jurídico de esta realidad y encuentra en Bolivia un buen material para comenzar. Al jurista italiano no le interesa si en Bolivia la CPE se cumple o no, simplemente toma lo que se ha trabajado para adecuarlo a su realidad, a los bie- nes comunes que en Italia le interesan. Al final de cuentas eso es una CPE, una idea rectora, una utopía concreta para quien quiera realizarla.


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