devolver a las comunidades y sociedades el acceso a los bienes comunes, expropiando a los expropiadores, al Estado y a las empresas privadas, devolviendo a las sociedades y comunidades el intelecto general, la ciencia, la tecnología, que son bienes comunes, que pertenecen a la humanidad. No se puede, desde ningún punto de vista, justificar la expropiación de lo común para beneficio privado o burocrático.
¿Otras formas de revolución?
Raúl Prada Alcoreza
¿Pueden darse distintas formas de revolución en el mundo contemporáneo? Quizás tendríamos que decir, mundos contemporáneos, pues parece que no hay un mundo sino muchos, dependiendo de las esferas construidas por los mismos humanos modernos. En principio, tendríamos que decir que sí, por dos razones; la primera, es que el mismo término de revolución ha adquirido su propia polisemia connotativa, que sirve para todo, para describir toda clase de cambios; la segunda, pues parece que asistimos a transformaciones tecnológicas que afectan, como la “revolución industrial”, a las estructuras, relaciones, prácticas de las sociedades, así como a los comportamientos humanos.
Carlos Freddy Barragán Vargas escribe un alusivo libro, La revolución del celular[1]. Al respecto, para comentar el libro, podríamos comenzar diciendo que el autor se basa en la tesis de la revolución industrial, después, a partir de las connotaciones de esta tesis, en la consecuente tesis de la revolución tecnológica científica. Revolución en la que se encuentran estos artefactos electrónicos, que pertenecen a la revolución cibernética. Como antecedentes, dice que toda invención técnica ha afectado a las sociedades humanas en todos los tiempos. Actualmente vivimos una acumulación y una proliferación de invenciones, que están cambiando rápidamente a las sociedades, por lo tanto a sus relaciones y a sus formas de vivir; entre ellas a sus formas de comunicación. Como ejemplo, dedica una descripción al instrumento virtual del dinero electrónico; pero, dice que este instrumento no puede aplicarse en toda su amplitud debido a sus propias limitaciones aplicativas. Por otra parte, este instrumento también se encuentra limitado por las propias normas administrativas de los países. Sugiere que, para resolver en parte este problema, se avance al carnet electrónico de ciudadanía. En relación a ambos instrumentos, que combinan el poder adquisitivo y la identidad ciudadana; todo esto hecho de manera electrónica, es decir cibernética, se puede usar, de manera más amplia y efectiva, el celular, el dispositivo comunicativo por excelencia, que ha sustituido masivamente al teléfono. Estos tres dispositivos facilitarían, no sólo la comunicación integral sino también el control informático, así como su inmediata administración.
Esta idea se explaya en otras consecuencias, como las relativas a la aplicación del celular integral en el conjunto de actividades sociales; por ejemplo, en la recaudación de los impuestos; así como un control sobre todas las transacciones mercantiles y financieras. También en el registro de bienes inmuebles, en el registro de derechos en general. Esta incorporación plena de la tecnología cibernética a las relaciones sociales, podría mejorar en mucho la eficacia del conglomerado de prácticas sociales, entre ellas, obviamente el trabajo, así como la educación. El autor menciona, como ejemplos administrativos, a las prácticas relativas a la compra, a la venta, a las transacciones, a la administración de los bienes, al registro de los ciudadanos. Ampliando la aplicación cibernética, se refiere a la utilidad para el Estado. En este sentido, podría también ayudar al Estado a ser más eficiente en su propia gestión. En general, los beneficios serían tanto para la sociedad como para el Estado. Disminuirían los litigios, se diría adiós al dinero negro, se despediría a la corrupción. Ocasionando también efectos positivos multiplicadores; como en lo relativo a la garantía de los derechos, a la mejora de los circuitos y la atención del transporte. Repercutiendo en la cuantificación de los flujos demográficos cotidianos, periódicos, a mediano y largo plazo; facilitando también la planificación integral. Repercutiendo, también positivamente, en el avance a la solución de otros problemas pendientes, como los relativos a la imperiosa tarea de disminución de la delincuencia, incluso su desaparición. Se avanzaría a conformar ciudades inteligentes, capaces de autocontrol y corrección inmediata de errores, apoyando al control y cuidado de la ciudad, mejorando la eficacia en la atención a la salud.
Para el autor, esta revolución en el uso de los dispositivos cibernéticos exige cambios de concepción. Por ejemplo, cambios en el concepto de privacidad. En este tema el autor sugiere cambiar la resolución 12 de La declaración Universal de los Derechos Humanos de Naciones Unidas; la que dice que:
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias y ataques.
Esta posición llama la atención, pues es difícil combinar la tesis de una revolución cibernética, que puede considerarse de avanzada, en lo que respecta al uso tecnológico, con una tesis conservadora, al servicio de la seguridad del Estado o de los requerimientos policiales. Esto no deja de ser peligroso, incluso usando la excusa de control al lavado de dinero, a los tráficos y otras transacciones ilícitas. Una revolución tecnológica-cibernética, que implique, además, ampliación de los usos, requiere fundamentalmente de profundización de la democracia, de accesos plenos a los bienes comunes, entre ellos al bien del espectro electromagnético, que es un bien común de la humanidad, expropiada por los privados y públicos, por las empresas y los estados. Una propuesta como la que hace Carlos Barragán, si se es consecuente, implica devolver a las comunidades y sociedades el acceso a los bienes comunes, expropiando a los expropiadores, al Estado y a las empresas privadas, devolviendo a las sociedades y comunidades el intelecto general, la ciencia, la tecnología, que son bienes comunes, que pertenecen a la humanidad. No se puede, desde ningún punto de vista, justificar la expropiación de lo común para beneficio privado o burocrático.
Se entiende que la propuesta del libro de Barragán La revolución del celular fue hecha en el contexto del G77. Fue formulada como propuesta para este grupo de países, que trató en su agenda, tópicos de desarrollo. No sabemos si la propuesta fue atendida por alguna de las comisiones. La misma que no deja de ser sugerente, a pesar de las contradicciones expuestas. Que el referente haya siso este grupo de países, que ya no corresponden al bloque de países de los no alineados, bloque antimperialista, no es un obstáculo para que se pueda discutir la propuesta; sin embargo, hay que hacerlo en el contexto de la crisis de los gobiernos progresistas, crisis política que ha evidenciado sus contradicciones profundas, sobre todo las relativas a la ausencia de democracia participativa y la falta de construcción de alternativas a la dependencia, al desarrollo y a la modernidad.—
[1] Ver de Carlos Freddy Barragán Vargas La revolución del Celular. La Paz 2014.