No se descartan el bloqueo de caminos y la toma de plantas hidrocarburíferas en Tarija, Chuquisaca y Santa Cruz, regiones donde la APG tiene a sus afiliados
Guaraníes anuncian movilizaciones para día antes de la llegada del Papa
Erbol
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Viernes, 3 Julio, 2015 - 13:07
La Asamblea del Pueblo Guaraní (APG) decidió movilizarse desde el próximo 7 de julio, día antes de la llegada del Papa Francisco a Bolivia, si es que hasta esa fecha el Gobierno no establece una mesa de diálogo para tratar los decretos supremos que cuestionan (2195, 2298 y 2366) por vulnerar los derechos de los indígenas, informó el presidente de esa organización, Domingo Julián.
Los guaraníes se reunieron de emergencia el 1 y 2 de julio en la localidad de Camiri del departamento de Santa Cruz, donde resolvieron rechazar las tres normas aprobadas recientemente por el Gobierno. Alegaron que los cuestionados decretos vulneran sus derechos.
Julián dijo que se invitó al Ejecutivo a ser parte de la reunión, con el fin de que explique sobre los tres decretos, pero ninguna autoridad llegó al encuentro. Frente a ello, los guaraníes dieron un plazo hasta el martes 7 de julio para que el gobierno habrá una mesa de diálogo.
“Si hasta ese día no llega nadie del Gobierno, nos (veremos) obligados a movilizarnos (…) sabemos que llega el Papa ¿pero qué más podemos hacer? Si uno quiere el diálogo por lo menos nos puede decir: ‘no lo haremos tal día, sino en otra fecha’, creo que eso es algo bueno que uno espera, pero al no contestar nada (llamadas), esa es una situación que nos preocupa y nos obliga a movilizarnos”, declaró el dirigente guaraní.
Julián no quiso adelantar detalles de la movilización, sólo dijo que por el momento no se descartan el bloqueo de caminos y la toma de plantas hidrocarburíferas en Tarija, Chuquisaca y Santa Cruz, regiones donde la APG tiene a sus afiliados.
Resolución
La asamblea de emergencia de los guaraníes resolvió apoyar al Defensor del Pueblo que interpuso una acción de inconstitucional abstracta del DS 2195, ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). Los indígenas esperan que esa instancia se pronuncie sobre esta medida, entre tanto se mantendrán en vigilia.
También demandaron la declaratoria de inconstitucionalidad de las tres normas cuestionadas (2195, 2298 y 2366) porque consideran que vulneran sus derechos establecidos en la Constitución Política del Estado (CPE) y leyes internacionales, como la consulta previa.
“(…) el numeral 15 del Parágrafo II del Artículo 30 de la Constitución Política del Estado, establece como un derecho de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, el ser consultado mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles. En este marco, se respetará y garantizará el derecho a la consulta previa obligatoria, realizada por el Estado, de buena fe y concertada, respecto a la explotación de los recursos naturales no renovables en el territorio que habitan”, señala la Resolución.
Domingo Julián indicó que ninguno de estos decretos fue consensuado con su sector, menos socializado, considerando que la actividad hidrocarburífera se sobrepone a los territorios de los guaraníes.
Pedidos
Los guaraníes piden que se mantenga la integridad del DS 29033 de 16 de febrero del 2007, que hace referencia a la ejecución de procesos de consulta y participación de los pueblos Indígenas en actividades hidrocarburíferas.
Asimismo, exigen que se retome el trabajo técnico y político de la propuesta borrador de la Ley de Áreas Protegidas y Parques Nacionales
Datos
-Decretos Supremos No. 2195: Regula de manera porcentual los recursos de compensación.
-Decreto Supremo No. 2298: Modifica la consulta y participación de los indígenas en actividades hidrocarburíferas, establecidas inicialmente en el DS No. 29033.
-El Decreto Supremo No. 2366: Autoriza las actividades hidrocarburíferas en áreas protegidas, donde en algunos casos habitan pueblos indígenas.
“(…) son atentatorios y vulneran el ejercicio de los derechos de los pueblos indígenas a ser consultados y participar en la toma de decisiones que afecten sus territorios (por lo cual han sido) identificando de (tener) INDICIOS DE INCONSTITUCIONALIDAD”, finaliza la Resolución.