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Bolivia: Construcción colectiva de la decisión política y de la ley


Raúl Prada Alcoreza :: 07.01.18

El Título VI de la Constitución está dedicado a la Participación y Control Social. Es el capítulo donde se deja claro, que bajo el sistema de gobierno democrático, participativo, representativo y comunitario, se ejerce la construcción colectiva de la decisión política y de la ley.
Fuera de todos los señalamientos y corroboraciones del comportamiento inconstitucional del “gobierno progresista” que hicimos[1], casi durante una década, esta notoria ausencia en sus actos politicos de la participación y control social, convierten a sus promulgaciones de leyes, a sus políticas aplicadas, en inconstitucionales. Las decisiones políticas del entorno palaciego, avaladas por el servil Congreso, de mayoría oficialista, son, por lo tanto ilegitimas. En consecuencia, no son de obligación ni acatables por parte de la ciudadanía; la que, mas bien, tiene el derecho al desacato, a la interpelación y actuar en defensa de la Constitución.


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