En un escenario propio de posconflicto, en donde los victimarios deben reconocer su delito, contar la verdad y aceptar la reparación para sus víctimas, los 6 comuneros sentenciados, presentes ante su juez natural, la Asamblea Indígena, confesaron uno a uno su participación en los asesinatos de Mauricio Girón, exconcejal y miembro de la comunidad Nasa y Benancio Taquinás, líder espiritual y guardia indígena.
Asamblea Indígena Nasa Ratifica Fallo Condenatorio Contra Desmovilizados de las Farc
2.marzo.2018
Cric
Asamblea indígena nasa ratifica fallo condenatorio contra desmovilizados de las Farc
Indígenas de Jambaló condicionaron la libertad a 6 comuneros y reafirmaron las condenas de 12, 30 y 60 años de cárcel por asesinato
Por: Luisa Fernanda López Arias
Este caso pone de manifiesto, la necesidad de dirimir competencias entre la JEP, la JEI y la justicia ordinaria en este escenario de posconflicto.
Al aire libre, en un escenario simple, sin despliegue de fuerzas de seguridad pero con la presencia de la Guardia Indígena, víctimas y victimarios se encontraron de nuevo frente a frente: ellas para pedir justicia y reparación y evidenciar que el dolor sigue intacto, ellos para reconocer su crimen y pedir perdón. Más de cuatro horas duró la Asamblea en la vereda Barondillo del resguardo indígena de Jambaló, convocada hace pocos días por las autoridades tradicionales del pueblo indígena Nasa con el fin de revisar, desde la Jurisdicción Especial Indígena, las condenas de varios integrantes de su comunidad que en nombre de las Farc, asesinaron a dos de sus líderes.
En un escenario propio de posconflicto, en donde los victimarios deben reconocer su delito, contar la verdad y aceptar la reparación para sus víctimas, los 6 comuneros sentenciados, presentes ante su juez natural, la Asamblea Indígena, confesaron uno a uno su participación en los asesinatos de Mauricio Girón, exconcejal y miembro de la comunidad Nasa y Benancio Taquinás, líder espiritual y guardia indígena. Los hechos tuvieron lugar en enero y abril de 2013 respectivamente. Los sentenciados alegaron haber perpetrado estos crímenes en ejercicio de su militancia en las filas de las Farc y por órdenes directas de sus comandantes.
Por su parte, los familiares de los comuneros asesinados, exigieron a la Justicia Especial Indígena (JEI) cuya máxima instancia es la Asamblea comunitaria, que ratificara el fallo emitido el 31 de enero del 2016. En esa oportunidad, cerca de 5 mil indígenas nasa pertenecientes a 4 resguardos y acompañados por 20 cabildos del norte del Cauca y representantes de la Defensoría del Pueblo y la ONU, se congregaron en el municipio de Toribío con el fin de juzgar a los culpables de estos dos asesinatos. La Asamblea fue contundente: sentenció a los sindicados a cumplir una pena de entre 12 y 60 años de cárcel dependiendo del grado de implicación, en lo que se conoce como patio prestado o en calidad de “guardados” en un centro penitenciario del Inpec.
Este acto de revisión de los fallos impuestos por la Justicia Especial Indígena se dio como consecuencia del conflicto generado a partir de las solicitudes de varios comuneros-exguerrilleros de las Farc condenados por la justicia indígena, de acogerse a la JEP y recibir los beneficios que ella otorga.
Tres justicias en conflicto
El 19 de octubre de 2017, el Consejo de Estado resuelve una tutela a favor de un integrante de la Farc condenado por la jurisdicción Especial Indígena, el alto tribunal le ordenó a los directivos de la Asociación de Cabildos Indígenas de Toribío, Tacueyó y San Francisco, su traslado desde el sitio de reclusión a la entonces Zona Veredal Transitoria de Buenavista en el municipio de Mesetas, hoy Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación. Allí se encuentran los integrantes de las Farc que fueron condenados por la justicia ordinaria, pero que llevan menos de cinco años detenidos, a la espera de su comparecencia ante la Justicia Especial de Paz (JEP).
En ponencia del magistrado Jorge Octavio Ramírez, la tutela establece que “Dada la naturaleza de lo acordado en el proceso de paz y los objetivos de reconciliación y de construcción de paz, la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) prevalece sobre las demás”. El fallo fue rechazado de inmediato por las comunidades quienes sin embargo, decidieron acatar la orden a medias. Sacaron de la cárcel de Popayán a varios de los comuneros condenados por la JEI, para trasladarlos, no a las zonas de concentración, pero sí a los centros de armonización de los resguardos implicados hasta tanto se dirima este choque de competencias.
En su intervención ante la Asamblea del pasado martes en Jambaló, la líder indígena Lida Emilse Paz, Labio llamó la atención sobre los riesgos que se corren de una revictimización al revisar todos estos casos juzgados, al obligar a las victimas a revivir lo que sintieron hace 5 años, rompiendo con ello, la armonización que venían construyendo.
En respuesta al fallo del Consejo de Estado, los cuatro gobernadores de los resguardos indígenas de Toribío, Tacueyó, San francisco y Jambaló solicitaron ante la Corte Constitucional la revisión del fallo de tutela por considerarlo una vulneración a la Jurisdicción Especial Indígena – JEI.
Urge armonizar la JEP y la JEI
Para el defensor de derechos humanos e integrante de la organización internacional PAX, Samuel Escobar, la tutela del Consejo de Estado quebranta el proceso de coordinación entre la JEP y la JEI que se venía dando luego de la firma del protocolo de coordinación de estas dos justicias, (COJEPI) firmado el 31 de julio de 2016. El documento establece explícitamente “que la JEP debe contar con un enfoque étnico diferencial indígena que responda a las características particulares de la victimización de los pueblos indígenas individuales y colectivas, el cual se aplicará a todos los procedimientos de dicha jurisdicción en el marco de la coordinación con las autoridades de los pueblos indígenas respetando la diversidad étnica y cultural”.
Simultáneamente y como consecuencia del conflicto generado, se estableció una mesa de coordinación entre las autoridades indígenas y delegados territoriales de la JEP, la cual marcó una hoja de ruta o protocolo a seguir con el fin de solucionar la situación de 15 indígenas excombatientes de las Farc condenados por asesinato por las autoridades ancestrales. En el marco de este protocolo, se convocó a la Asamblea de Jambaló y se tiene prevista la realización a corto plazo, de otra en el municipio de San Francisco. Los seis comuneros que comparecieron ante la Asamblea Indígena en Jambaló, además de confesar los delitos por los que fueron condenados a prisión, reconocieron a la Justicia Especial Indígena como la única autoridad competente para conocer y juzgar su caso, y manifestaron su intención de aceptar y cumplir lo que la autoridad indígena disponga en materia de reparación individual y colectiva a las víctimas y sus comunidades.
Así las cosas, persiste un conflicto de competencias entre la JEP y la JEI generado por el fallo de tutela del Consejo de Estado que debe ser dirimido cuantos antes en aras de lograr verdad, justicia y reparación para las víctimas indígenas del conflicto armado. Entretanto, y a pesar de que el fallo de la Asamblea Indígena de Jambaló negó la libertad y el traslado de estos 6 comuneros a los hoy “Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación” para acogerse a la JEP, si se abrió la posibilidad de concederles beneficios una vez que hayan contado toda toda la verdad y se avance en un proceso de reparación tanto individual como colectivo.
Hasta que esto ocurra, estos excombatientes indígenas deberán seguir cumpliendo las condenas emitidas por cerca de 5 mil indígenas del norte del Cauca en un ejercicio autónomo de su derecho a una justicia propia.
Tomado de las2orillas