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Informe final de 90 páginas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre 212 muertos por la represión del gobierno de Nicaragua

La Prensa :: 22.06.18

“En efecto, la información recibida da cuenta de un patrón a través del cual agentes estatales, principalmente agentes de la Policía Nacional de Nicaragua y de sus fuerzas antimotines, grupos parapoliciales, también llamados fuerzas de choque o turbas actuando en aquiescencia con la Policía, han puesto en marcha una respuesta represiva dirigida a disuadir la participación social en las manifestaciones”.
Ya es hora que se entere la izquierda y dejen de hacer la vista gorda en defensa de fantasmas de viejos sueños utópicos que fueron destruidos por la vocación de poder.
Es necesario que hayan más pronunciamientos, ya basta de ilusiones de “unidad” con aquellos que teniendo cuotas de poder se lanzan contra el pueblo al grito de “yo no fui”.

Informe final de la CIDH: 212 muertos en Nicaragua por la represión de Daniel Ortega
El informe final de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos detalla que 1,337 personas resultaron heridas durantes las manifestaciones en contra del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo

Judith Flores 22/06/2018
La Prensa

La acción represiva del Estado contra las manifestaciones que se desarrollan desde el pasado 18 de abril en Nicaragua ha provocado la muerte de al menos 212 personas hasta el 19 de junio y ha dejado a 1,337 personas heridas, revela la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) en su informe final que presenta en una sesión extraordinaria este viernes en la Organización de Estados Americanos.

La CIDH concluye que la represión ejercida por el Gobierno de Nicaragua contra las manifestaciones en el país, “ha tenido como consecuencia una grave crisis de derechos humanos”, tras el uso excesivo de la fuerza por parte de la Policía, grupos parapoliciales y grupos de terceros armados, lo cual se refleja en el saldo mortal y de heridos hasta el 20 de junio . Y que pese al llamado de cese a la represión no ha sido escuchada por el Gobierno en lo cual insistió.

La CIDH observa que este patrón se ha desarrollado a través del uso excesivo y arbitrario de la fuerza, incluyendo el uso de la fuerza letal, el cual se ha realizado de manera deliberada y sistemática por parte de los actores antes mencionados.

“En efecto, la información recibida da cuenta de un patrón a través del cual agentes estatales, principalmente agentes de la Policía Nacional de Nicaragua y de sus fuerzas antimotines, grupos parapoliciales, también llamados fuerzas de choque o turbas actuando en aquiescencia con la Policía, han puesto en marcha una respuesta represiva dirigida a disuadir la participación social en las manifestaciones”, indica la CIDH.

Aquí puede leer el informe final de la CIDH

La Comisión concluye que el Estado de Nicaragua violó los derechos a la vida, integridad personal, salud, libertad personal, reunión, libertad de expresión y acceso a la justicia. Es de especial preocupación para la Comisión los asesinatos, ejecuciones extrajudiciales, malos tratos, posibles actos de tortura y detenciones arbitrarias cometidos en contra de la población mayoritariamente joven del país.

De igual forma, “la CIDH manifiesta su preocupación por la violación al derecho a la salud y a la atención médica, las represalias de personal público por abstenerse de cumplir órdenes contrarias a los derechos humanos; actos de censura y de violencia contra la prensa, por los actos de hostigamiento contra personas defensoras de derechos humanos, irregularidades en el inicio de las investigaciones respecto de los asesinatos y lesiones ocurridos en este contexto, así como otros hechos graves constatados por la Comisión”.

Al igual que reprueba todos los actos de violencia, hostigamiento y amenazas cometidos por particulares contra agentes estatales o personas por ser de reconocida afinidad al gobierno. Reprueba además los ataques a instituciones públicas y medios afines al gobierno. El Estado debe investigar y esclarecer las circunstancias en que ocurrieron estos hechos, así como identificar y sancionar a los responsables.

También urgió la CIDH que todos los actos de violencia sean investigados de manera inmediata, con autonomía e independencia, y en estricto apego a las normas y los estándares internacionales sobre la materia para asegurar el derecho a la verdad, adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar una reparación adecuada a las víctimas y sus familiares, de conformidad con los estándares en la materia.

“En circunstancias de crisis política y conflictividad social como la que se vive Nicaragua, es indispensable generar las condiciones necesarias para el ejercicio irrestricto a los derechos a la libertad de expresión, reunión y participación política”, propone la CIDH.

La CIDH llamó a continuar con las negociaciones en el marco de la Mesa Nacional de Diálogo con el fin de alcanzar una solución pacífica a esta grave crisis de derechos humanos y consideró que el informe representa el punto de partida del trabajo que deberá realizar el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientesde (GIEI), sirve de base para la instalación del Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESEN), que dará seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones del mismo y a las medidas cautelares otorgadas en este contexto, y que permitirá mantener el monitoreo de la situación de los derechos humanos en Nicaragua.

Y destaca las 15 recomendaciones dirigidas al Estado de Nicaragua que fueron establecidas en sus observaciones preliminares de la visita de trabajo entre las que resalta cesar de inmediato la represión a los manifestantes y la detención arbitraria de quienes participan de las protestas, respetar y garantizar el goce pleno del derecho a la protesta, a la libertad de expresión, a la reunión pacífica y a la participación política de la población.

Así como crear un mecanismo de investigación internacional sobre los hechos de violencia ocurridos, con garantías de autonomía e independencia para asegurar el derecho a la verdad e identificar debidamente a los responsables.

Violación al derecho a la vida
El informe de 91 páginas concluido el 18 de junio encontró graves violaciones a los derechos humanos en el país en el contexto de las protestas sociales ocurridas en Nicaragua.

Entre las violaciones a derechos humanos señaladas por la CIDH están el derecho a la vida y a la integridad personal por incumplimiento de los deberes de respeto y garantía del Estado “la cual se funda en actos u omisiones de agentes de cualquier poder u órgano del Estado independiente de su jerarquía, que hayan sido realizados al amparo de su carácter oficial.

Hasta el 6 de junio el Gobierno en representación del Estado de Nicaragua apenas reconocía 98 muertes entre de los cuales hay también policías, sandinistas y población en general, con lo cual indica que las cifras de la CIDH no han sido debidamente verificadas.

La CIDH urgió al Estado de Nicaragua el cese inmediato de la violencia y condenó todo tipo de humillación y hostigamiento que se realice por tratarse de conductas indignas para los derechos humanos que valen para todos sin distinción.

Resalta la CIDH el clima de desconfianza generalizada observada en las víctimas, familiares y representantes a presentar denuncias ante las instituciones encargadas de investigar los delitos cometidos en el marco de las protestas, la falta de investigación adecuada, irregularidades en la determinación de los hechos.

Hace alusión al informe remitido por el Estado que alega que los hechos que analiza la CIDH “no se dan el marco de protestas sociales, sino en el marco de un intento de ruptura constitucional e institucional para cambiar a las autoridades legítimamente electas y derrocar al Gobierno (léase golpe de estado).

La Comisión observó en su informe que un gran número de las muertes ocurridas en las protestas en Nicaragua habrían sido perpetradas por agentes del Estado directamente, “o por medio de grupos de terceros que actúan con su aquiescencia” y las circunstancias en que acaecieron estos hechos evidencian características propias de ejecuciones extrajudiciales dirigido a los manifestantes, en particular contra jóvenes.

Por tanto la Comisión concluye que el Estado de Nicaragua está incumpliendo deberes de respeto y garantía del derecho a la vida y a la integridad personal, al tiempo que condena que la política de represión mediante el despliegue del uso de la fuerza letal se haya extendido aún después de su visita al país, con un alto saldo en pérdida de vidas humanas y de personas heridas.

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En su informe a CIDH destaca la existencia de decenas de personas fallecidas y heridas por armas de fuego y objetos contundentes “en el marco de las manifestaciones, la gravedad y continuidad de las agresiones perpetradas por las fuerzas antimotines, la Policía Nacional y grupos de choque; así como la falta acciones efectivas para desmantelar estos grupos de choque y para cesar el empleo desproporcionado de la fuerza, incluida la fuerza letal, sería contrario al derecho internacional de los derechos humanos”.

La CIDH advierte también que particulares y grupos de civiles han cometido actos de violencia contra fuerzas de seguridad, personas y medios afines al gobierno.

Estos hechos han incluido incendios y daños a instalaciones gubernamentales, secuestros de miembros de las fuerzas policiales o personal trabajando para entidades gubernamentales locales, robos o saqueos a propiedades gubernamentales, que como resultado han dejado cinco policías fallecidos y 65 personas heridas.

La CIDH hace un llamado al cese de las hostilidades y recuerda la obligación del Estado de investigar y sancionar todos los hechos de violencia, pues recuerda que “es obligación del Estado asegurar la gestión de las demandas y los conflictos sociales y políticos de fondo para canalizar los reclamos de los manifestantes”.

“Cuando una manifestación o protesta conduce a situaciones de violencia debe entenderse que el Estado no fue capaz de garantizar el ejercicio de este derecho”, refiere la CIDH, que resalta en su informe “la gravedad de la crisis política que atraviesa el país” y los altos niveles de violencia existentes requiere de obligaciones especiales del Estado para resolver los conflictos y encauzar el diálogo.

Niños y adolescentes entre las víctimas
Igualmente la CIDH expresa su profunda preocupación por la especial afectación que ha tenido el uso excesivo de la fuerza en los derechos de los niños y adolescentes, en gran medida por la importante participación que ha tenido el movimiento estudiantil en las manifestaciones.

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“La información y los testimonios recibidos por la CIDH evidencian que los jóvenes y niños fueron víctimas especialmente vulnerables de la violencia represiva del Estado durante las protestas y con posterioridad a las mismas”, refiere el informe de la CIDH.

En particular, de acuerdo con la información documentada por la Comisión, hasta el 20 de junio, 16 niños y adolescentes fallecieron de forma violenta en el contexto de la represión a las manifestaciones.

Asimismo, de acuerdo con información proporcionada por organizaciones de la sociedad civil, hasta el 17 de mayo, cinco de ellos habrían presentado impactos de bala en la cabeza, cuello y tórax.

“La CIDH recibió con consternación el testimonio de los familiares del niño Álvaro Manuel Conrado Dávila, de 15 años, quien el 20 de abril recibió un disparo de arma de fuego en el cuello mientras apoyaba llevando ‘agua a los muchachos de la UPOLI’ y según fuera informado, en un primer momento, al llegar al Hospital Cruz Azul (del sistema previsional de salud) , se le habría negado atención médica”.

Otro caso mencionado por la CIDH es el de Richard Bermúdez Pavón, 17 años de edad, ocurrido el 19 de abril recibió impactos de bala en el pecho frente a la alcaldía de Tipitapa.

El 20 de abril, también, fueron asesinados por arma de fuego Carlos Alberto Bonilla López y José Abraham Amador, ambos de 17 años.

El 22 de abril, fue reportada la muerte de José Rivas, de 16 años, por impacto de bala en el pecho.

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” En este contexto, la Comisión ha señalado que cuando el Estado se encuentra en presencia de un niño, además de las obligaciones señaladas para toda persona, existen obligaciones adicionales derivadas tanto del artículo 19 de la Convención Americana como del artículo VII de la Declaración Americana. En tal virtud, en primer lugar, el Estado debe asumir su posición de garante con mayor cuidado y responsabilidad por tratarse de un niño, y debe además tomar medidas especiales orientadas en el principio del interés superior del niño”, señala la CIDH en su informe.

Por tanto, la CIDH subraya “que es deber del Estado nicaragüense poner en práctica todas las medidas necesarias para evitar cualquier abuso o exceso contra sus derechos por parte de sus agentes o terceros. En particular, la Comisión condena rotundamente el uso de la fuerza letal contra niños, adolescentes y jóvenes por agentes estatales y por terceros armados”.

Igualmente destaca que el análisis de los testimonios, diversas fuentes de información, fotografías recibidas por la Comisión, “evidencian que desde el inicio de las protestas ha existido participación de grupos de terceros armados y grupos parapoliciales, quienes han realizado acciones violentas en conjunto con la Policía Nacional o con su aquiescencia para amedrentar, vigilar y reprimir, inclusive mediante actos violentos, a los manifestantes que se oponen al gobierno”.

“De la información que dispone la Comisión se desprende que en muchos estos casos dichos grupos actúan por instrucciones de la misma Policía Nacional, o incluso que son organizados, armados y accionan por instrucciones de alcaldes locales o de secretarios políticos barriales”, apuntó la CIDH, que pone como ejemplo el ataque a la Catedral de Managua, el 20 de abril de 2018, calificado “como uno de los eventos más representativos del alto grado de represión en el país y del nivel de coordinación entre terceros civiles armados y agentes del Estado, que habría dejado decenas de heridos”.

La CIDH destaca que el Estado de Nicaragua tiene la obligación de no permitir la existencia de grupos de terceros represivos, investigar los hechos en los que han participado, identificar y sancionar a los responsables que articulan su funcionamiento desde las estructuras desde el Estado y recuperar el uso legítimo y proporcional de la fuerza, en el marco del Estado de Derecho.

Sobre el uso de la fuerza, dice, En ese sentido, la Comisión recuerda que los Estados tienen la obligación de garantizar la seguridad y salvaguardar el orden público, la cual recae en sus agentes de seguridad.

El documento también detalla que 507 personas estuvieron privadas de la libertad hasta el 6 de junio y que hay cientos de personas en situación de riesgo tras ser víctimas de “ataques, hostigamientos, amenazas y otras formas de intimidación”.

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Las autoridades nicaragüenses han invocado el mantenimiento del orden público y la paz social como justificación de su actuación. Sin embargo, la CIDH advierte que la magnitud de la violencia estatal y el tipo de estrategias implementadas hacen evidente la existencia de acciones coordinadas para controlar el espacio público y reprimir los reclamos sociales y no de meros actos ilegales de algunos funcionarios de las fuerzas de seguridad.


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