PACTO NACIONAL EN CORSICA
Firmado por diez organizaciones nacionalistas corsas entre ellas el PNC, Corsica Nazione e Indipindenza el Pacto Nacional que se detalla fue previo al alto el fuego unilateral que el FLNC decretó el 14 de noviembre. Amparado en el derecho internacional, denuncia el colonialismo y neocolonialismo francés y sus consecuencias (art 9).Basado en el derecho de autodeterminación, el acuerdo define a su sujeto, el pueblo corso, desde una perspectiva no excluyente (art 8).
La nación corsa independiente fue sometida por las armas francesas en Ponte Novu en 1769, pero nunca renunció a su propia existencia. Después de 35 años de resistencia contemporánea multiforme, al Pueblo Corso le ha llegado la hora de elaborar y comenzar a concrear un proyecto de futuro».
Así arranca el preámbulo del Pacto Nacional, firmado por las diez organizaciones políticas del movimiento nacional, y consensuado tras un proceso de diálogo de meses acentuado tras el fiasco del referéndum convocado por París el 6 de julio en la isla mediterránea.
Corsica vivía un repunte de los atentados contra intereses franceses en la isla y de la «solución policial» a cargo del Estado francés, que al día de hoy persiste en toda su crudeza.
El 10 de noviembre, y con el Pacto Nacional cerrado y a falta de rúbrica formal por cada una de las formaciones, Corsica Nazione e Indipindenza pedían a la organización armada Frente de Liberación Nacional Corso (FLNC) una «iniciativa a la altura de las circunstancias».
Cuatro días después, el FLNC decretaba la suspensión indefinida de sus acciones militares en cumplimiento de su «deber de crear las condiciones definitivas para la unidad estratégica nacional».
Unidad de un pueblo corso que, como reza el preámbulo, «es una comunidad histórica milenaria que agrupa a mujeres y hombres, corsos de origen y corsos de adopción, residentes en la isla y en la diáspora…»
«Por la naturaleza, por la historia y en virtud de los principios definidos en la Carta de la Naciones Unidas y por la Declarción Universal de Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948, el Pueblo Corso dispone de los mismos derechos que el resto de los pueblos del planeta y, especialmente, del Derecho inalienable a la autodeterminación que permite elegir libremente su destino». Nosotros, las organizaciones firmantes, en la perspectiva de una solución política de la cuestión corsa, nos reconocemos como parte implicada en un proceso evolutivo que no excluya, en último termino, ninguna solución institucional para la isla y que, a corto plazo, reivindique un avance institucional significativo con el poder legislativo garantizando medios y competencias para las instituciones corsas después de definir un cuerpo electoral legítimo sobre la base de una ciudadanía corsa. Esta iniciativa debe desembocar en la obtención del reconocimiento político del pueblo corso y de sus derechos sobre su tierra mendiante el derecho de autodeterminación.
El colonialismo y el neocolonialismo francés han sumergido a nuestro pueblo en una situación económica, social y cultural catastrófica. Nuestro país y nuestro pueblo tienen potencialidades enormes para salir de esta situación de crisis. La primera de estas potencialidades es el hombre corso con su cultura, su lengua, su saber hacer y su juventud en formación. Hace falta, pues, colocar al hombre corso en el centro de un desarrollo identitario, perdurable y sostenible por medio del dominio total de su patrimonio, su cultura y su lengua, a través de un reparto de las riquezas que tenga como objetivo la igualdad social. Este desarrollo, abierto al comercio equitativo, deberá ser diversificado y equilibrado por sectores y en el tiempo. III Levantando acta de la voluntad de todos de trabajar por la desaparición de las causas de la clandestinidad y a pesar de las importantes divergencias sobre la cuestión, las organizaciones firmantes deciden elaborar un calendario que permita introducirse en una reflexión profunda sobre el papel, los medios y los límites de la clandestinidad. A medio y largo plazo, (los firmantes) se comprometen a crear las condiciones para (lograr) los avances políticos decisivos que permitan hacer posible su desaparición desde el momento en que la cuestión corsa sea conducida sobre la vía de una verdadera solución política.