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México: La Suprema Corte y los derechos territoriales de los pueblos indígenas

Francisco López Barcenas :: 20.05.20

Con el retiro del proyecto de sentencia del ministro Laynez Potisek los pueblos y sus acompañantes dan un paso más en defensa de los territorios indígenas, pero no han ganado la guerra. Es de esperarse que en los próximos días se presente otro proyecto que, hipotéticamente, sea diferente en sus argumentos pero con las mismas conclusiones, o diferente en sus argumentos y en sus conclusiones, con base en el cual los ministros y la ministra de la segunda sala de la Suprema Corte habrán de tomar una determinación. No es un caso sencillo. Las empresas mineras lo saben y presionan para defender sus privilegios, tanto que el Presidente de la República acaba de declarar esenciales sus actividades para que puedan iniciar operaciones aun en la pandemia del coronavirus. Pero justo por eso la Suprema Corte debería hacer valer los disposiciones de nuestro sistema jurídico y restituir el estado de derecho.

La Suprema Corte y los derechos territoriales de los pueblos indígenas
 
Francisco López Bárcenas
La Jornada
 
Parecía imposible pero se logró. El miércoles pasado el ministro Javier Laynez Potisek retiró su proyecto de sentencia para la resolución del amparo en revisión 928/2019, después de que éste recibió una andanada de críticas por afirmar que la ley minera no viola derechos de los pueblos indígenas. Al rechazo por los solicitantes de amparo se unieron miles de ciudadanos y cientos de organizaciones defensoras de los derechos humanos –el Congreso Nacional Indígena, entre ellas– y hasta instituciones oficiales: el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas y la presidenta de la Comisión de Asuntos Indígenas de la Cámara de Diputados, tan proclives a asumir las políticas oficiales, esta vez se pronunciaron en favor de los afectados. Entre las voces que salieron a defender a los masehual resaltó la de la representante de los pueblos indígenas América Latina y el Caribe en el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la Organización de Naciones Unidas, cosa que tampoco había sucedido en muchas décadas.

¿Por qué un proyecto de sentencia del máximo tribunal judicial de nuestro país provocó tal rechazo? Es muy probable que la razón central se encuentre en el hecho de que fueron los directamente afectados quienes se dirigieron al ministro ponente, a los integrantes de la segunda sala de la Suprema Corte Justicia de la Nación y al pueblo de México para explicar las razones de su rechazo al proyecto de sentencia. En cartas y videos –no podían hacerlo directamente por el confinamiento a causa del coronavirus– expusieron las razones de su rechazo: los daños que la minería provoca entre los pueblos y en el ambiente, así como el nulo beneficio que aporta a la nación y a los pueblos indígenas. Sus argumentos fueron apuntalados por juristas y una serie de especialistas en derechos indígenas, ambientales y sociales hasta generar una opinión social adversa al proyecto y el ministro ponente prefirió retirarlo a pagar el costo político de mantenerlo y con base en él se resolviera el amparo en revisión mencionado.

Para aquilatar la magnitud de la inconformidad hay que mirar lo que está en juego. El amparo que el año pasado solicitaron varios pueblos maseual que habitan la Sierra Norte de Puebla fue para que se anularan las concesiones mineras otorgadas en su territorio sin consultarlos y se declarara la inconstitucionalidad de varios artículos de la ley minera porque facultan a las empresas a realizar actividades que violentan su derecho al territorio. Lo primero ya fue resuelto positivamente por la juez de distrito que conoció del asunto y ratificado por el tribunal colegiado que conoció del recurso de revisión interpuesto por las firmas beneficiarias de las concesiones y el subdirector del Registro Público de Minería y la subdirectora general de Minas de la Secretaría de Economía, lo que muestra –una vez mas– que en estos casos mineras y gobierno litigan unidos contra los pueblos indígenas.

El derecho al territorio es, entonces, el eje de la disputa. Se trata de un derecho estratégico para la existencia de los pueblos indígenas y para que puedan construir una vida diferente a la que hasta ahora han llevado, sometidos por los poderes económicos y políticos; pero no sólo para ellos, sino también para el resto de la población, porque en sus territorios se encuentra gran parte del capital natural de la nación y ellos –gracias a la relación cultural y de sacralidad que mantienen con ella– los conservan para beneficio de todos. Si podemos tener agua, aire puro, captura de carbono, plantas comestibles y medicinales, evitar fenómenos naturales como el aumento desmedido del clima o la disminución de los huracanes, es por la relación de los pueblos mantienen con la naturaleza. Pero todo eso está en peligro por la incursión de la minería a cielo abierto que con tal de apropiarse del mineral no le importa destruir estos preciados bienes. Eso es lo que se encuentra en juego.

Con el retiro del proyecto de sentencia del ministro Laynez Potisek los pueblos y sus acompañantes dan un paso más en defensa de los territorios indígenas, pero no han ganado la guerra. Es de esperarse que en los próximos días se presente otro proyecto que, hipotéticamente, sea diferente en sus argumentos pero con las mismas conclusiones, o diferente en sus argumentos y en sus conclusiones, con base en el cual los ministros y la ministra de la segunda sala de la Suprema Corte habrán de tomar una determinación. No es un caso sencillo. Las empresas mineras lo saben y presionan para defender sus privilegios, tanto que el Presidente de la República acaba de declarar esenciales sus actividades para que puedan iniciar operaciones aun en la pandemia del coronavirus. Pero justo por eso la Suprema Corte debería hacer valer los disposiciones de nuestro sistema jurídico y restituir el estado de derecho.

 


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