Una pareja de adultos mayores fue sancionada con el corte de agua para riego, debido a que se negó a asumir el cargo rotativo de corregidor o juez de agua en la comunidad Colloma del municipio de Sacaca, departamento de Potosí, donde las autoridades locales aplicaron la sanción ejerciendo su derecho de sus “usos y costumbres”. A consecuencia de este hecho, los afectados acudieron a la justicia agroambiental que convocó a una audiencia de conciliación
Una pareja de adultos mayores fue sancionada con el corte de agua para riego, debido a que se negó a asumir el cargo rotativo de corregidor o juez de agua en la comunidad Colloma del municipio de Sacaca, departamento de Potosí, donde las autoridades locales aplicaron la sanción ejerciendo su derecho de sus “usos y costumbres”.
La magistrada del Tribunal Agroambiental Teresa Garrón explicó que, según las tradiciones de la comunidad, el cargo debió ser ejercido de manera personal por los padres y cuando éstos son adultos mayores deben asumir los hijos.
A consecuencia de este hecho, los afectados acudieron a la justicia agroambiental que convocó a una audiencia de conciliación, donde la esposa afirmó que respetan los usos y costumbres y que siempre han tenido la predisposición de cumplir las obligaciones, entre ellas la de pasar una fiesta patronal. Sin embargo, dijo que en esta oportunidad no la asumen debido a que a traviesa un problema de salud de su esposo que recibe atención médica en la ciudad.
La magistrada Garrón informó que la pareja asumió el compromiso de honrar el cargo en un plazo de dos años a través de los hijos y a cambio, la comunidad ordenaba la restitución del servicio de agua para riego agrícola.
Según el despacho del periodista Iván Ramos para la red Erbol, el juez agroambiental Sandro Quiroga explicó que llegar a un acuerdo no fue fácil, aunque las autoridades comunales admitieron haber cometido un exceso al privarles del turno de riego y aplicarles una multa de 4.000 bolivianos.
Las autoridades judiciales hicieron entender a las partes que había la obligación de cumplir la Constitución Política del Estado que declarar el acceso al agua como un derecho fundamental, pero también había la necesidad de respetar los “usos y costumbres” de la comunidad.
En ese marco, lo que más ha influido para que las autoridades comunales entren en razón, era el hecho de que el esposo se encuentra delicado de salud, motivo por el cual no estaban permanentemente en la comunidad y visitaban de manera temporal.
Sin embargo, la esposa respetando los “usos y costumbres” de su comunidad, se comprometió a asumir el cargo de corregidor o juez de agua en un plazo no mayor a dos años y otras obligaciones. Este acuerdo fue aceptado por las bases y el servicio de agua fue restituido de manera inmediata.