CONTRA LA MUERTE Y POR LA VIDA:
Comunidades se unen para reclamar por las afectaciones de la Hidroeléctrica de la Salvajina. El consejo Regional Indígena del Cauca – CRIC, las comunidades indígenas de la zona de occidente asociadas en la UH WALA VXIC , Resguardo Cerro tijeras de Suarez, las comunidades negras de los consejos comunitarios asociados en ASOCOMPS, las comunidades campesinas de Suarez, Morales, Ríos Vivos, La Universidad Intercultural de los Pueblos y la Asociación NOMADESC, convocan a todos medios de comunicación y del país a la rueda de prensa a realizarse en las instalaciones de la Universidad Autónoma Indígena UAIIN en Popayán el 9 de Noviembre a las 9:a.m. del Año en curso.
La Rueda de Prensa hace parte de la agenda acordada por dichas
comunidades en la exigibilidad al gobierno nacional y a la Empresa CELSIA,
del respeto a la vida, el territorio y garantías para la gobernanza de las comunidades étnicas, tras el incumplimiento de la consulta previa, libre e informada para la Formulación e Implementación de un verdadero Plan de Manejo Ambiental PMA, que Mitigue, compense y Corrija los impactos Ambientales, Económicos, Sociales y Culturales causados por la Central Hidroeléctrica de la Salvajina y la sentencia T/462A de 2014 de la Corte
Constitucional.
La hidroeléctrica de la Salvajina se encuentra ubicada entre los municipios de Morales y Suárez. Fue construida sobre el río Cauca en los años 80, inundando una superficie de 2.124 hectáreas y afectando a territorios de comunidades afro-descendientes, indígenas y campesinas. Aunque según la corporación autónoma del Valle del Cauca –CVC, fue construida para regular inundaciones del rio Cauca y generar energía, la construcción de la represa trajo consigo graves afectaciones a las comunidades que habitan la zona de influencia, dejándolas aisladas y con profundas afectaciones socioeconómicas y
ambientales.
En el año 1986, el gobierno colombiano se comprometió para con las comunidades a resarcir los daños ocasionados por la construcción y operación de la Hidroeléctrica, incumpliendo los 9 puntos pactados el acta de Agosto de 1986.
En 2014, la Corte Constitucional, en revisión de Tutela, falló a favor de los reclamos de las comunidades mediante la Sentencia T/462A, concediéndoles el derecho a la consulta previa, libre e informada, al derecho a la salud, la educación y la libertad de circulación, obligando al gobierno nacional y departamental, así como a la empresa propietaria de La Salvajina, a implementar medidas para corregir los impactos socio- ambientales
ocasionados.
El 8 de octubre del 2021 en una asamblea realizada en la vereda del MesónMorales- Cauca, las comunidades indígenas de manera autónoma mediante la resolución 008 deciden ir en juntanza con las comunidades negra y campesinas a exigir a CELSIA y al Estado Colombiano cumplir con el derecho que tienen las comunidades a ser consultadas libremente e informadas para la implementación del PMA y dar cumplimiento de las ordenes de la corte constitucional.
Popayán Cauca, Universidad Autónoma Indígena e Intercultural UAIIN, Noviembre 9 de 2021.