Por Gustavo Manuel Macayo REENVIO-AvkinPivkeMapu - Thursday, Sep. 01, 2005 at 2:56 PM
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El día 31 de Agosto de este año la Cámara de Apelaciones del Noroeste del Chubut con asiento en Esquel, ha revocado la Sentencia del Dr. Jorge EYO del 8 de marzo de 2005, que había dictado el Sobreseimiento Definitivo de Don Mauricio FERMÍN, miembro de la Comunidad Mapuche Tehuelche VUELTA DEL RÍO de la Reserva Aborigen CUSHAMEN, Provincia del CHUBUT, en la causa Penal que se le sigue desde el año 2.000 por Usurpación de Inmueble. Esta causa se inició a raíz de la denuncia del Comerciante de El Maitén José Vicente EL KHAZEN, y hoy es continuada por sus herederos en calidad de querellantes y actores civiles. El nuevo Fallo lleva la firma de los Jueces ROWLANDS, MARGARA Y MOISÁ.
En esta emblemática causa, en Marzo de 2.003, el entonces Juez de Instrucción José COLABELLI había ordenado el desalojo de Don FERMÍN y su familia, de las tierras que ocupan ancestralmente junto con su Comunidad, cuando el Procurador Fiscal, cuya opinión es vinculante para el Juez, había solicitado el Sobreseimiento, por considerar que “esta causa nunca debió haberse instruido” (Dictamen del Dr. Rafael LUCCHELI). Esta actuación generó la destitución del Juez COLABELLI en Mayo de 2.004 en fallo unánime por parte del Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados del Chubut.
No obstante, la Cámara de Apelaciones local, en una línea totalmente opuesta, y en forma contemporánea con la decisión del Consejo de la Magistratura de elevar las actuaciones de COLABELLI al Tribunal de Enjuiciamiento , confirmó la Medida Cautelar de Desalojo ordenada por el polémico Juez en marzo de 2.003; y ahora, por segunda vez, revoca el Fallo dictado por el Juez EYO, quien actúa como Juez de Instrucción en reemplazo del destituido COLABELLI.
El fallo de la Cámara, esta vez, no se limitó a revocar el Sobreseimiento del anciano Mapuche, (que ya lleva casi 6 -seis- años de calvario sin que se resuelva su situación procesal) sino que además declaró la Inconstitucionalidad de la Norma Procesal que ordena el Sobreseimiento de un imputado cuando hay un dictamen unánime del Procurador Fiscal y el Fiscal de Cámara en ese sentido (Art. 306 Cód.Proc.Penal del Chubut).
Este Fallo que da un inesperado giro dentro del Conflicto histórico que envuelve a la comunidad Mapuche Tehuelche con la Familia EL KHAZEN, es un peligroso antecedente en una causa que ha sido considerado en ámbitos judiciales como un verdadero escándalo jurídico. Y es un fuerte alerta para la Comunidad que podría verse amenazada nuevamente por nuevos intentos de desalojo.
Agradeceremos su amplia difusión.
Atte.
Gustavo Manuel Macayo
Abogado de la Familia FERMÍN y de la Comunidad Mapuche Tehuelche “VUELTA DEL RÍO”