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Abiertas, averiguaciones contra Marcos y EZLN

23.08.06

Martes 22 de agosto de 2006

Suspendidas temporalmente por ley de amnistía: PGR

Son 15 indagatorias adversas al subcomandante

La Jornada

La Procuraduría General de la República (PGR) tiene abiertas 15 averiguaciones previas en contra del subcomandante Marcos y de 14 integrantes de la comandancia general del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), aunque todas están suspendidas temporalmente debido al surgimiento, en 1994, de una ley de amnistía, y a que se creó, en 1995, la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas, la cual ordena la interrupción del ejercicio de la acción penal de los inculpados, siempre y cuando subsista el camino del acuerdo político y el diálogo entre las partes en conflicto.

De acuerdo con información del Ministerio Público Federal, proporcionada mediante la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por el momento la PGR no contempla continuar con el desahogo de las 15 indagatorias penales.

El informe oficial no hizo mención a la existencia de alguna orden de aprehensión -pendiente de ser cumplimentada- relativa a dichas averiguaciones previas, es decir, que al parecer ninguna de esas 15 indagatorias ha sido consignada ante un juez de distrito en materia penal.

Además, la PGR dio información en el sentido de que otros 18 integrantes del EZLN ya fueron detenidos -no se mencionaron los nombres-, luego de que igual número de averiguaciones previas concluyeron en la respectiva consignación ante jueces de distrito.

En tanto, fuentes gubernamentales revelaron que la única forma en que se reactivarían las ordenes de aprehensión mencionadas y que se continuaría con el curso de las averiguaciones previas, sería que el EZLN se negara, de manera definitiva, a retomar el diálogo -actualmente suspendido- como vía política para solucionar el conflicto en Chiapas que surgió el primero de enero de 1994 en el sureste mexicano.

A su vez, la PGR informó -en respuesta a una petición de información- que los delitos que se les imputan a 14 miembros del movimiento zapatista y al llamado delegado Zero son: homicidio, asociación delictuosa, sedición, motín, rebelión, terrorismo, conspiración y violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Según consta en el documento enviado a la unidad de enlace de la PGR, con folio número 00017000062006, la dependencia federal respondió a diversas preguntas, entre ellas cuántos zapatistas han sido consignados y aprehendidos, y cuál es la cantidad de averiguaciones previas abiertas actualmente contra miembros del EZLN, que se hayan iniciado a partir del levantamiento armado de 1994 y que no hayan sido consignadas.

La PGR reveló, mediante el oficio número DGPDSC/UEAQ/1898/2006, que existen 15 registros ministeriales relacionados con el levantamiento zapatista, los cuales no han terminado en el ejercicio de la acción penal correspondiente, es decir, que no han sido consignados penalmente.

“De la información enviada a esta Unidad Administrativa por las Delegaciones (estatales de PGR), en respuesta a lo solicitado, se hace saber que se localizaron 14 registros relacionados con el autodenominado EZLN y uno con el autodenominado subcomandante Marcos; en cuanto a datos generales corresponden al inicio de averiguaciones previas por los delitos de homicidio, asociación delictuosa, sedición, motín, rebelión, terrorismo, conspiración y violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos”.

Asimismo, el documento oficial refiere que los números de las 15 averiguaciones previas son: “12/I/94, 17/I/94, 31/I/94, 24/I/94, 28/I/94, 40/I/94, 41/I/94, 43/I/94, 48/I/94, 49/I/94, 55/I/94, 11/I/94, 50/I/94, 51/I/94 Y 39/I/94″.

Además, el oficio de la PGR refiere que “se ha logrado la detención de 18 integrantes del autodenominado EZLN, derivado del inicio de otras averiguaciones previas”.

Como se recordará, el 21 de enero de 1994 el Congreso de la Unión, a iniciativa del entonces presidente Carlos Salinas de Gortari, emitió una ley de amnistía para impedir que los miembros del EZLN pudieran ser juzgados por los delitos antes mencionados. Sin embargo, la amnistía tuvo como condición el hecho de que los rebeldes depusieran las armas. Al no cumplir con el acuerdo, la amnistía dejó de surtir efecto.

Un año más tarde, ya durante el sexenio de Ernesto Zedillo, el subcomandante Marcos fue identificado como Sebastián Guillén Vicente, y el titular del Ejecutivo federal informó que contra el líder zapatista y otros miembros del movimiento guerrillero se libraron diversas órdenes de aprehensión.

Esas órdenes de captura fueron “congeladas” con el surgimiento de la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas, avalada en el sexenio zedillista, la cual especifica que puede continuar el ejercicio de la acción penal en caso de que se rompan las negociaciones por el tema de los derechos de los pueblos indígenas.


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