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Carta pública del Consejo de Pueblos Atacameños Lickanantay en repudio al accionar malintencionado del estado chileno

11.03.09

CARTA PÚBLICA

El Consejo de Pueblos Atacameños Lickanantay, manifiesta su repudio al accionar
malintencionado de parte del Estado a través de su aparato legislativo, quienes por
instrucción de la Presidenta de la República pretenden aprobar un Proyecto de Reforma
Constitucional sin la participación una participación real en las decisiones que nos afectan
(art. 34 Ley 19.253). Lo anterior obedece, a nuestro parecer a un plan estratégico para
contrarrestar una participación efectiva del Pueblo Originario en posesión plena de
nuestros derechos, en torno a nuestro desarrollo en lo humano, cultural, política y
administrativa en nuestros espacios territoriales.
Nuestro Manifiesto tiene como principal referencia el Proyecto de “Reforma
constitucional de Reconocimiento de los Pueblos Indígenas”, al cual se le ha dado carácter
de suma urgencia, hecho poco común en esta relación Estado de Chile- Pueblos
Originarios. Esta decisión a la luz de los hechos busca “No reconocer nuestros derechos”.
Contradicción absoluta con lo que plantea en su esencia y espíritu los Convenios,
Declaraciones internacionales y Legislación interna (Ley 19.253).
El Convenio 169 (ratificado) y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de
los Pueblos Indígenas, Instrumentos Internacionales que buscan hacerse en parte cargo de
exclusión histórica de los Pueblos Originarios en Chile, marginación que ha tenido como
consecuencia el no reconocimiento de nuestra existencia ancestral como Pueblos. Y
considerando que, “El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los
cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para
cumplir sus propios fines específicos….. (Art. 1°, Constitución de 1980).”.
Es de nuestro derecho manifestar que la referida “Reforma” es una amenaza directa al
derecho que le corresponde al Pueblo Originario en los aspectos que en primera instancia
observamos que.
 Amenaza directamente el derecho la propiedad ancestral comunitaria sobre el
Territorio y el Agua, asunto para nosotros indiscutible, como está establecido en
el Art. 1° de la Ley 19253 y específicamente el art. 64, que protege las aguas de las
Comunidades Indígenas Atacameños y Aimaras, el “proyecto” busca desconocer
este derecho quitando validez a este articulado de la Ley.
 Que el Reconocimiento planteado en el “proyecto”, de los pueblos indígenas no es
precisamente a éstos, sino a “la Nación chilena” como “una, indivisible y
multicultural”.
 Que condiciona la aplicación de los instrumentos internacionales dado que se
manifiesta que los “preceptos no podrán contravenir la legislación nacional ni el
régimen de garantías constitucionales”.
En conclusión por lo expuesto, este proyecto es atentatorio a los derechos de humanos,
excluyente e inconsecuente con la misma carta fundamental existente.
Por lo anterior exigimos al Gobierno, consecuencia y respeto hacia los Pueblos originarios,
prueba de ello debe ser el retiro inmediato de “Proyecto” y que su elaboración tenga una
participación real de nosotros,.. El Pueblo Lickanantay.
CONSEJO DE PUEBLOS ATACAMEÑOS
Paniri Ckausa, Haltun Kunna
Desde la Lickana a 09 de marzo 2009


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