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México: Pronunciamiento en defensa de la autonomía y la guardia comunal de Santa María Ostula


Comunidad Indígena Nahua de Santa María Ostula :: 05.10.22

ANTE LA INCONSTITUCIONAL REFORMA DEL ARTÍCULO 104 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN QUE, EN VIOLACIÓN DE NUESTROS DERECHOS DE AUTOADSCRIPCIÓN Y AUTONOMÍA, UNICAMENTE OTORGA VALIDEZ A LAS RONDAS COMUNITARIAS Y GUARDIAS COMUNALES DE LAS COMUNIDADES QUE HAYAN DETERMINADO SU AUTOGOBIERNO, EJERZAN SU PRESUPUESTO DIRECTO Y HAYAN SIDO RECONOCIDAS CON ESE CARÁCTER POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES, DEFENDEREMOS LA EXISTENCIA, FUNCIONAMIENTO Y PERMANENCIA DE NUESTRA GUARDIA COMUNAL Y DE NUESTRO SISTEMA DE SEGURIDAD COMUNITARIA POR SER ÉSTOS LA GARANTÍA DE NUESTRA INTEGRIDAD TERRITORIAL Y DE LA VIDA Y LA LIBERTAD DE LOS HABITANTES DE LA COMUNIDAD Y DEL MUNICIPIO.


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