El pacto de unidad de organizaciones comunitarias y movimientistas del Perú rechaza la oficial Ley de Consulta. Organización campesina del PC la apoya.

06.Mar.12    Autonomía comunitaria

Estado Peruano consuma violación de derechos de los pueblos indígenas, mediante la reglamentación de una inconstitucional Ley de Consulta

Las organizaciones nacionales de los pueblos indígenas que conformamos el Pacto de Unidad (Aidesep, CNA, Conacami y Onamiap), rondas campesinas, frentes regionales de defensa, organizaciones de base, organizaciones de mujeres y comunidades de la costa, los Andes y la Amazonía del Perú, luego de llevar adelante seis Talleres Macro Regionales y un Encuentro Nacional para la evaluación interna del borrador de reglamento de la Ley Nº 29785, Ley del derecho a la Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo; nos dirigimos a la opinión pública nacional e internacional para expresar lo siguiente:
CONSIDERANDO: Que el presidente Ollanta Humala antes de llegar a su investidura, prometió cogobernar con los pueblos indígenas, quienes con nuestros votos defendimos su candidatura en primera y segunda vuelta; asumió ante nosotros y nosotras el teniendo el mandato histórico de resarcir las sistemáticas violaciones de derechos humanos; y que hasta el momento no ha cumplido su palabra, no garantiza un diálogo intercultural de buena fe, no atiende nuestras demandas, ni ha restituido una Institucionalidad Indígena dentro del Estado. La promesa de la “Gran Transformación” debió empezar por corregir una ley surgida en una coyuntura de profunda agresión racista.
Que la Ley N° 29785, ha costado un largo proceso de lucha de los pueblos indígenas en diferentes escenarios del Perú, además, de la muerte y derramamiento de sangre de nuestros hermanos en Bagua que dio paso a la promulgación de una “Ley de consulta” sin haber sido consultada a los propios pueblos, la misma que contiene artículos inconstitucionales que transgreden el espíritu del Convenio 169 de la OIT y no constituye un verdadero instrumento de protección de todos nuestros derechos colectivos.
Que las organizaciones de los pueblos indígenas hemos trabajado de buena fe, de manera ardua y responsable para evaluar la Ley de Consulta y el proyecto de reglamento, en seis Talleres Macro Regionales y un Encuentro Nacional, cuya conclusión fue la MODIFICATORIA de la Ley antes de su reglamentación; sin embargo el Viceministerio de Interculturalidad ha desconocido este acuerdo y ha impulsando la reglamentación de una norma inconstitucional que viola derechos sustantivos reconocidos en el Convenio 169 de la OIT y el derecho internacional; convirtiéndose en el principal operador de los intereses de la política económica neo extractivista del gobierno de turno y del sector empresarial transnacional.
POR LO QUE:
RECHAZAMOS categóricamente el “Reglamento de la Ley de Consulta”, documento UNILATERAL elaborado por el Viceministro de Interculturalidad, validada por una desigual Comisión Multisectorial de dieciocho Viceministerios con dirigentes de solo dos organizaciones, CONAP y CCP captados vergonzosamente por el Estado y las transnacionales para legitimar una norma inconstitucional, los cuales NO nos representan a los más de 10 millones de indígenas peruanos, por tanto, nos encontramos en un Estado de Derecho violatorio y atentatorio a los derechos Constitucionales, dicho “reglamento” no incluye los valiosos aportes de más de tres mil dirigentes, hombres, mujeres y jóvenes de los propios pueblos indígenas que participaron en los talleres macro regionales, los cuales han sido defraudados y traicionados.
DEMANDAMOS al Estado Peruano los 17 años de violación sistemática de nuestros derechos colectivos y EXIGIMOS el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT, así mismo, que adopte y garantice la decisión de los pueblos indígenas costeros, andinos y amazónicos, quienes exigimos la MODIFICATORIA de los Artículos 1, 2, 4, 7, 15, 19 y la segunda disposición complementaria de la Ley 29785, por las razones siguientes:
Artículo 1.- Debe incluir TODA afectación, no solo “la directa” considerar toda fuente jurídica internacional, como la Declaración de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas y no solo el Convenio 169 de la OIT.
Artículo 2.- Debe proteger TODO derecho indígena, no solo los “colectivos” e INVALIDA todo acto no consultado a los pueblos.
Artículo 4.- Debe ampliar los principios de la consulta de solo 7 a los 18 concertados con el Estado en abril 2010.
Artículo 7.- Considerar indígenas a TODOS los descendientes desde antes de la colonia, y no limitarlos a los descendientes “directos” y quienes conserven “todos” los elementos culturales que excluye a las rondas campesinas y pueblos costeros.
Artículo 15.- Precisar que la “decisión final” estatal, está obligada a lograr el Consentimiento cuando se trata de megaproyectos, depósito de relaves tóxicos, desplazamientos poblacionales o se afecte la supervivencia; a una segunda etapa de diálogo; a no afectar el derecho a un medio ambiente equilibrado.
Artículo 19.- El Viceministerio de Interculturalidad no puede ser juez y parte en los reclamos sobre cuándo debe consultarse al mismo tiempo garantizar se cumplan los acuerdos; aquí se requiere de una Institucionalidad Indígena Autónoma dentro de la estructura del Estado.
Segunda Disposición Final.- Revisar y consultar los actos impuestos que hayan violado el Convenio 169 de la OIT desde 1995 y no convalidarlos, ni confundir con “participaciones”.
EXIGIMOS al Estado Peruano respete nuestro derecho de participación en la elaboración de planes, programas y proyectos de desarrollo que afecten a nuestros pueblos, garantice nuestro derecho al CONSENTIMIENTO mediante la consulta previa, libre e informada, el derecho a participar de manera efectiva en la toma de decisiones e implementación de políticas públicas, para el cual el Estado debe restituir en el menor plazo posible y de manera obligatoria una Institución Indígena Técnica Especializada, autónoma con rango Ministerial.
EXHORTAMOS a la Defensoría del Pueblo, a pronunciarse y hacer público sus informes de los talleres macro regionales y nacional realizados, demostrando así la imparcialidad conforme a Ley le corresponde como un ente defensor de la sociedad, por tanto, inicie las acciones legales de denuncias de maltrato, falta de cumplimiento de acuerdos y mala fe con que han actuado los funcionarios del Estado en los talleres macro regionales, así como la demanda de MODIFICAR los artículos de la Ley 29785.
RECHAZAMOS a aquellas organizaciones de la sociedad civil (ONG) que en la actual coyuntura se han dedicado a buscar beneficios, protagonismo individual, rédito mediático y político y alinearse con el gobierno, soslayando la verdadera agenda y demanda de los pueblos indígenas del Perú a los cuales dicen apoyar.
REPUDIAMOS a aquellos medios de prensa como el diario “La Razón” que, cuya actitud abiertamente provocadora, pretende alentar la persecución de nuestros líderes y organizaciones tildándonos como “ONG”, “anti mineras”, “extremistas”, “violentistas” entre otros calificativos, cuyo objetivo es desinformar a la opinión pública distorsionando la legitimidad y constitucionalidad de nuestras demandas.
RESPONSABILIZAMOS al Gobierno por los sucesos de violencia, represión y derramamiento de sangre, ocurridos en los conflictos que afrontan los pueblos y comunidades por proyectos que NUNCA FUERON CONSULTADOS. Dejamos constancia de la intransigencia del Estado de modificar una Ley de Consulta que debe garantizar el Estado de derecho, por lo que APELAMOS a la solidaridad nacional e internacional para afrontar esta flagrante violación de derechos humanos a nuestros pueblos, y que ahora se pretende consumar y legitimar en el Perú.
Las organizaciones nacionales Aidesep, Conacami, CNA y Onamiap, saludamos la convergencia de Femucarinap, Unca, Rondas campesinas y los Frentes de Defensa, que obedeciendo las demandas de nuestras bases, cuyos acuerdos emanan de la Asamblea Nacional realizada en Lima, del 13 al 15 de febrero, nos RATIFICAMOS EN RESPETAR sus demandas; por lo que REITERAMOS al Gobierno que a través de sus estamentos MODIFIQUE los artículos señalados de la Ley 29785; caso contrario, haremos prevalecer nuestro derecho a la AUTODETERMINACIÓN en nuestros territorios y acudiremos a las instancias jurisdiccionales nacionales e internacionales, ante esta nueva agresión de nuestros derechos colectivos.
Lima, 04 de marzo de 2012

Partido Comunista apoya al gobierno y quiebra el Pacto de Unidad, era de prever:

La Confederación Campesina del Perú (CCP) saludó al Poder Ejecutivo por el proceso de reglamentación de la Ley de Consulta Previa y expresó su conformidad con la etapa de diálogo intercultural a pesar de no haber llegado a un acuerdo en cerca de 20 artículos e incisos del texto final.CCP es una de las dos organizaciones indígenas, junto a Conap, que decidieron continuar el diálogo con el Estado para reglamentar la ley.
La mayoría de sus dirigentes pertenecerían a uno de los partidos políticos aliados del actual gobierno, cuya cabeza visible es un congresista del oficialismo.
CCP pertenece al Pacto de Unidad que está compuesto además por las organizaciones indígenas Aidesep, Conacami, CNA y Onamiap.
Durante la discusión de la norma, CCP se alejó del resto de organizaciones del Pacto, que pedían modificar la Ley de Consulta Previa y proceder luego con su reglamento.
CCP y Conap no pudieron conseguir que en la Comisión Multisectorial (integrada además por 18 viceministerios) se garantice al menos cuatro puntos que los indígenas consideran vitales.
Estos puntos son: sujetos del derecho a la consulta (artículo 3 literal k y artículo 7), definición de medida administrativa (artículo 3 literal i), consulta y recursos naturales (artículo 6) y consentimiento (artículo 5). (Ver texto del Reglamento)
Debido a ello, pidieron al Poder Ejecutivo que tenga a bien tomar en cuenta la posición indígena que representan.
Los rumores de que el Gobierno aprobaría un reglamento de consulta diferente del que se discutió en comisión, generaron preocupación entre los actuales dirigentes de la Confederación Campesina, quienes consideraron que debería aclararse con prontitud.

Declaración de la organización dirigida por el Partido Comunista peruano:

NOTA DE PRENSA Nº 05-2012
LA CONFEDERACION CAMPESINA DEL PERU – CCP, EN DIÁLOGO Y BÚSQUEDA DE ACUERDOS DEL
PROCESO DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONSULTA
 CCP expresa su conformidad con el desarrollo de la etapa de diálogo del proceso de consulta del borrador de
reglamento de la Ley de Consulta.
 CCP exhorta al Poder Ejecutivo a tomar en cuenta la posición de las organizaciones indígenas especialmente
respecto a cuatro puntos vitales: Sujetos del derecho a la consulta (artículo 3 literal k y artículo 7), definición
de medida administrativa (artículo 3 literal i), consulta y recursos naturales (artículo 6) y Consentimiento
(artículo 5).
 CCP expresa su preocupación respecto a versiones que señalan que el Poder Ejecutivo ya tendría un
reglamento de consulta terminado inclusive antes de la conclusión de la etapa de diálogo y negociación.
CCP es consciente que es la primera vez que en nuestro país se desarrolla una etapa de consulta respecto a una
norma que afecta directamente los derechos de los pueblos indígenas. Por lo mismo esta etapa no ha estado
exenta de errores. Sin embargo saludamos al Poder Ejecutivo por resolverlos en la idea de lograr un verdadero
diálogo de buena fe en este proceso de negociación. A futuro sin embargo estos errores no se deben repetir. Es
necesario contar con una metodología clara desde el inicio del proceso de consulta, las sesiones de negociación no
deben ser demasiado largas, no debe existir ningún apuro por aprobar la norma etc.
CCP exhorta al Poder Ejecutivo que cambie su postura y considere las propuestas de las organizaciones indígena:
las comunidades campesinas y nativas SON pueblos indígenas, TODAS las medidas administrativas que otorguen
derechos respectos a recursos naturales ubicados en tierras de pueblos indígena DEBEN ser consultadas, Que se
DEBEN consignar las causales de CONSENTIMIENTO de los pueblos indígenas en los casos que se han establecido
en el desarrollo normativo nacional e internacional. Creemos que ello es vital en la idea del respeto de los
derechos de los pueblos indígenas del Perú.
CCP señala su preocupación frente a la versión sobre la existencia de un reglamento final de la Ley de Consulta
Previa que el Poder Ejecutivo ha preparado antes de concluir el diálogo con las organizaciones indígenas. Ello sería
romper con el principio de Buena Fe y demostraría a todas luces que no le interesa el diálogo y el respeto a los
derechos de los pueblos indígenas. Si fuese así, el proceso de reglamentación de la ley de consulta previa estaría
viciado. Exigimos una pronta aclaración al respecto.
Lima, 02 de marzo de 2012
Confederación Campesina del Perú-CCP
Teléfono (511) 425-1655, e-mail: ccp.peru@.yahoo.es

Nota de Clajadep:
El PC peruano pretende caminar con una pata en el gobierno y otra en las comunidades y movimientos, ya que su estrategia es transformarse en visagra entre unos y otros. Pensamos que van a salir descuartizados en la intentona.