Indígenas colombianos quieren juzgar ellos a malversador. Conflicto jurisdiccional.

14.May.12    Autonomía comunitaria

Indígenas dicen que custodiar a Rojas Birry no es impedir su captura
Por: Elespectador.com
La Organización Nacional Indígena habló de la protección que le prestan al expersonero de Bogotá.

Francisco Rojas Birry, expersonero de Bogotá, involucrado en una supuesta recepción de recursos de DMG.

La Organización Nacional Indígena de Colombia aseguró que la Guardia indígena no ha impedido la captura del indígena y expersonero de Bogotá Francisco Rojas Birry. Se trata, según ellos, de custodiarlo y mantenerlo bajo la Jurisdicción Especial Indígena.

“El indígena emberá, Francisco Rojas Birry, se encuentra bajo la custodia de la Guardia indígena, dispuesta por el Consejo Indígena de Justicia de la Asorewa del Chocó, organización indígena que asume como su juez natural”, de acuerdo con el comunicado de la Onic, que intenta explicar la presencia de éstos en las afueras de la casa del expersonero, quien tiene deudas pendientes con la justicia por haber recibido montos millonarios de la captadora DMG.

“En ningún momento la Guardia indígena ha sido apostada para impedir la captura del indígena Rojas Birry, como lo han mal informado algunos medios de comunicación, al contrario su función consiste en la custodia y en mantener bajo la Jurisdicción Especial Indígena y sus jueces naturales al custodiado mientras el Consejo Superior de la Judicatura dirime el conflicto de jurisdicciones constitucionales propuesto en el marco de la coordinación inter-jurisdiccional contemplada en el Artículo 246 de la Constitución Política de Colombia 1991″, agrega el pronunciamiento.

Francisco Rojas Birry, expersonero de Bogotá condenado el viernes a 8 años de prisión por enriquecimiento ilícito y a quien la justicia quiere detener, sigue bajo custodia de la guardia indígena, que busca juzgarlo bajo sus leyes. “Los pueblos indígenas tienen el derecho a que tales acciones se diriman otorgándoles todas las garantías de la Constitución a los miembros de sus comunidades y la Jurisdicción Especial Indígena se encuentra en la obligación de hacer valer sus derechos de manera plena”.