Situación de los pueblos indígenas en el Paraguay, elaborado por las organizaciones indígenas para la 44º Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA)
Asunción, junio de 2014
Nosotras/os, miembros de las Organizaciones Indígenas presentes en la 44° Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos –OEA- bajo el lema: “Desarrollo con Inclusión Social”, ponemos de manifiesto a todos los presentes y a la comunidad internacional nuestra realidad como Pueblos ancestrales que habitamos el Paraguay:
Nuestros derechos como Pueblos Indígenas, sean estos consuetudinarios, colectivos e individuales, son violentados de manera sistemática, a pesar de los reconocimientos existentes tanto en la Constitución Nacional, leyes nacionales y el marco jurídico internacional vigente.
Cabe puntualizar los despojos que sufrimos los Pueblos Indígenas en nuestros derechos de dominio, posesión y legalización de los territorios tradicionales, así como la discriminación de la que somos víctimas, a pesar de que la propia Carta Magna nos reconoce como grupos de cultura anteriores a la conformación del Estado paraguayo, reconociendo igualmente nuestro derecho a la propiedad comunitaria de la tierra, en calidad y cantidad suficientes para el desarrollo de nuestras pautas tradicionales de vida.
En el mismo contexto, convenios y declaraciones internacionales de Derechos Humanos expresamente reconocen el derecho milenario sobre nuestros territorios que ocupamos o que hemos ocupado tradicionalmente a lo largo de nuestra existencia como Pueblos, disposiciones estas, que conforman el marco jurídico de nuestro país y que son de cumplimiento obligatorio.
Igualmente señalamos que en los niños, niñas y las mujeres indígenas recaen las peores violencias, la trata con fines de explotación laboral y sexual, hechos que acontecen con el silencio de las víctimas y la impunidad de los victimarios, principal consecuencia de la reducción y pérdida de nuestros territorios.
Existen violaciones a nuestro libre tránsito en el plano nacional, en consideración a que detentadores de títulos sobre propiedades que rodean nuestras comunidades nos aíslan y nos mantienen sin acceso, coartando la vigencia plena de nuestros derechos y poniendo en peligro nuestras vidas.
Los Pueblos Indígenas, igualmente, somos en su mayoría transfronterizos, pero debido a políticas gubernativas y el marco legal de los Estados, nos impiden ejercer ese derecho, violando así Convenios internacionales ratificados por casi todos los Estados Americanos, entre los cuales se encuentra nuestro país.
Asimismo, en muchos casos, se producen graves violaciones a nuestros derechos garantizados por las normas jurídicas, dictándose en el Poder Judicial fallos que han atentado y siguen atentando gravemente nuestros derechos fundamentales, como es el caso de las órdenes de desalojos, ejecutadas con violencia e ilegitimidad; en ese sentido, últimamente en la región oriental, se han cumplido órdenes de despojo territorial en contra de las comunidades indígenas Yva Poty, Tacuara’i Marilú, e Y’apo, entre otros. Igualmente el Ministerio Público incumple constantemente los mandatos constitucionales ordenando expulsiones y dando trámites a denuncias e imputaciones infundadas y que carecen absolutamente de soporte jurídico.
En lo que respecta al Congreso Nacional, poco hacen para precautelar nuestros derechos ancestrales y colectivos, considerando que existen varios proyectos de leyes como las de expropiaciones de tierras a favor de comunidades indígenas que no son resueltos con celeridad y no realizan la consulta correspondiente con los pueblos indígenas, en especial en aquellos que nos puedan afectar como Sujetos de Derecho.
El Estado Paraguayo, a través de sus poderes y organismos pertinentes, debe contar con una política pública específica construida con nosotros los Pueblos Indígenas y así desarrollar acciones y programas acordes a la cultura y realidad de cada Pueblo. Es lamentable que las autoridades públicas competentes sigan cercenando el presupuesto destinado a nuestros Pueblos.
Otro derecho violado por las autoridades nacionales, es el atinente a la consulta de buena fe y al consentimiento libre, previo e informado, puesto que decisiones que afectan de manera significativa a los Pueblos Indígenas son implementadas sin nuestra mínima participación.
En lo concerniente a las reivindicaciones territoriales, se pueden resaltar los siguientes casos emblemáticos:
Los derivados de los reclamos efectuados ante los organismos jurisdiccionales internacionales, reconocidos por el Estado paraguayo, por lo que sus fallos deben ser acatados por el gobierno, dando cumplimiento estricto a sus resoluciones.
Es inminente la necesidad de precautelar los derechos de los Pueblos en aislamiento voluntario y contacto inicial, tales como los Pueblos Ayoreo y Mbya Guarani, y que deben ser protegidos por parte del Estado Paraguayo, de lo contrario, se estaría provocando daños irreparables en contra de los mismos.
Otro caso, es el correspondiente a los Pueblos y Comunidades indígenas despojados y expulsados de su territorio, como consecuencia de la construcción de las hidroeléctricas binacionales de Yacyreta e Itaipú, siendo el Estado Paraguayo responsable del daño irreparable ocasionado como consecuencia del traslado y los perjuicios gravosos que siguen sufriendo.
No se puede soslayar el grave deterioro ambiental que sufrimos en lo físico, social y cultural y esto se debe a la violación y destrucción de nuestra madre naturaleza, siendo el Paraguay el país con la mayor tasa de deforestación en el mundo (mil hectáreas por día); otro aspecto relevante es la utilización indiscriminada de agro tóxicos que contaminan y afecta a nuestra seguridad alimentaria y fuentes de agua, alterando la diversidad biológica y cultural de todos los habitantes de América y el mundo.
Los Pueblos Indígenas tenemos derecho a una educación propia e integral acorde a nuestra cosmovisión y cultura. El Estado debe proveer los medios para la aplicación efectiva de la Ley 3231/2007 “Que Crea la Dirección General de Educación Indígena” y su reglamentación Decreto N° 8234/2011, así como también facilitar el acceso a la educación terciaria y universitaria.
Las condiciones de salud en las comunidades indígenas son lamentables, donde puede apreciarse la discriminación y racismo hacia nuestros Pueblos. Solicitamos la sanción y vigencia inmediata de una Ley que regule los sistemas de salud indígena para revertir esta situación.
Para nosotros, los Pueblos Indígenas el desarrollo con inclusión social no solo significa: “no alterar y exterminar el bosque” sino vivir en armonía con nuestro entorno, acorde a la cosmovisión de cada pueblo. No es un acto de beneficencia o caridad que se realiza con los Pueblos Indígenas, sino que tiene un significado muy profundo, el cual debe estar basado en el respeto a la diversidad, la solidaridad, la equidad y tratarnos como lo que somos “Sujetos de Derecho”. Nosotros merecemos el respeto a nuestros valores culturales, que nos dignifican como Pueblos Indígenas.
Reafirmamos que no somos VULNERABLES y POBRES, sino fuimos vulnerabilizados y empobrecidos por las políticas asimilacionistas y Programas de Desarrollo excluyente, impuestos y ejecutados sin el cumplimiento de nuestro derecho al Consentimiento Libre Previo e Informado en todo el Continente Americano.
Nosotros, los miembros de las organizaciones indígenas seguimos realizando grandes esfuerzos para contribuir con el Estado Paraguayo en propuestas de Políticas Públicas para los Pueblos Indígenas, como lo es indubitablemente el Protocolo de Consulta y Consentimiento, además del Acuerdo firmado en el cual se plasma el compromiso para la Implementación del Plan Educativo Plurilingüe, entre otros temas más; por ello y en virtud a las argumentaciones expuestas precedentemente, peticionamos a la Organización de los Estados Americanos y exigimos al Estado paraguayo:
Restituir, legalizar, consolidar y proteger los territorios indígenas, respetando nuestro derecho ancestral sobre los mismos.
La protección de los derechos territoriales de los Pueblos en aislamiento voluntario y la restitución territorial para las comunidades desplazadas por las hidroeléctricas binacionales Itaipu y Yasyreta.
Adoptar como ley de la nación a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, debiendo el Congreso Nacional iniciar el respectivo proceso, de a fin de fortalecer el marco jurídico vigente.
Impulsar y retomar las tareas pertinentes para la consolidación de las políticas públicas relativas a los Pueblos Indígenas con amplia participación de todos los interesados a través de nuestras propias organizaciones representativas.
Implementar de manera conjunta e interinstitucionalmente, las acciones y los planes de trabajo para el cumplimiento efectivo de los sistemas de protección nacional e internacional a favor de mujeres, niños y niñas indígenas.
Evitar la aplicación de normas “ambientales” para cercenar nuestros derechos colectivos creando “áreas protegidas privadas” sobre territorios reclamados en legalización al Estado Paraguayo, para despojarnos de parte de nuestro hábitat milenario.
Confiados en la efectiva intermediación de la OEA para la tutela de nuestros derechos y garantías, aprovechamos la ocasión hacerles llegar nuestras más distinguidas consideraciones, firmando al pie los representante de las Organizaciones Indígenas.
Ángel Vera
Federación de Asociaciones Indígenas Guaraníes de la Región Oriental
Juan Servín
Grupo de Seguimiento a la Educación Indígena
María Luisa Duarte
Consejo Continental de la Nación Guaraní
Daniela Benítez
Asociación de Mujeres Artesanas Nivachei
Catalino Sosa
Consejo Continental de la Nación Guaraní
Hipólito Acevei
Federación por la Autodeterminación de los Pueblos Indígenas (FAPI)