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Ideología jurídico-política. Legitimación constitucional, potencia social y proceso constituyente


Raúl Prada Alcoreza :: 11.09.16

El discurso jurídico-político tiene su referente nuclear en la Constitución. En las interpretaciones positivistas, por así decirlo, la Constitución corresponde al contrato social, que se expresa en el acuerdo fundamental político, que funda a la sociedad y al Estado. En las interpretaciones más románticas, la Constitución viene a ser el corazón mismo de la nación. Allí se encuentra la nación expresada en su composición jurídica, en su realización política, el Estado-nación. El espíritu de la nación o la consciencia nacional se habría objetivado en la concepción jurídico-política, expuesta en el texto constitucional. Las instituciones del Estado y de la sociedad, nacerían de los postulados constitucionales.
El desborde de la potencia social no es constituyente, en el sentido que el acontecimiento de la potencia social no se encamina a plasmar una Constitución, sino a crear mundos alternativos, otros mundos posibles. Empero, revisando las historias políticas de la modernidad, en un momento determinado o, si se quiere, en un intervalo o lapso de tiempo, el desborde de la potencia social se ajusta, se adecúa, no hacia las posibilidades desencadenadas por la potencia social, sino a una nueva versión institucional, a una nueva versión de lo instituido y lo constituido. Con esto, la potencia social ha sido limitada, en sus posibilidades creativas, aprisionando sus fuerzas, como en un motor, para conducirlas hacia la reproducción novedosa del poder.


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