AIDESEP demanda al Congreso de la Rep?blica, por violaci?n del derecho a la Consulta Previa
Aidesep
15/03/2019
Lima, 15 de marzo de 2019.- La Asociaci?n Inter?tnica de Desarrollo de la Selva Peruana ? AIDESEP, representante nacional de 09 organizaciones regionales, 109 federaciones y 1 809 comunidades ind?genas amaz?nicas, plantea demanda de acci?n de cumplimiento y sigue en el segundo Juzgado Constitucional de Lima en contra del Congreso de la Rep?blica por violaci?n al Derecho a la Consulta Previa de los Pueblos Ind?genas, establecido en el Art?culo 6.1 del Convenio 169 de la Organizaci?n Internacional del Trabajo (OIT). Instrumento Internacional de Rango Constitucional, ratificado por el Congreso de la Republica Mediante Resoluci?n Legislativa, N? 26253 en enero de 1 994 y vigente desde febrero de 1995.
Dicha demanda en contra del Poder Legislativo; tiene como prop?sito la modificaci?n de su Reglamento Interno, para cumplir con su obligaci?n de realizar la Consulta Previa a los pueblos ind?genas, antes de aprobar proyectos de ley y/o leyes, que vayan afectar la vida de los PP.II., adem?s, de establecer los cambios institucionales necesarios para dar cumplimiento al Convenio 169 de la OIT.
Para el presidente de AIDESEP Lizardo Cauper, esta demanda tiene como prop?sito establecer justicia legislativa, para de esta manera institucionalizar las condiciones de aplicaci?n del Convenio 169 de la OIT, para que las leyes que se aprueben en el Congreso cuenten con una participaci?n activa y efectiva de los PP.II. y sus organizaciones representativas a fin de garantizar los derechos fundamentales, colectivos e individuales.
?Un claro ejemplo de lo que no debemos repetir, es lo ocurrido en el 2 009 durante, el gobierno de Alan Garc?a, cuando de manera inconsulta pretendieron imponer 11 Decretos Legislativos que afectaban nuestros derechos y que nos oblig? a movilizarnos en defensa de nuestros territorios; y con un alto costo en vidas humanas?, afirmo Lizardo Cauper.
Para el Apu ind?gena Nacional, originario del pueblo Shipibo, lamentablemente, la historia y los errores no cuenta para nuestros legisladores, pues lejos de enmendar y aplicar el Derecho a la Consulta Previa a las medidas legislativas que afectan a pueblos ind?genas, mediante un proceso de Consulta Previa, Libre e Informada, contin?an con viejas pr?cticas que vulneran derechos como la Ley de Hidrocarburos, Cambio Clim?tico, leyes declarativas para la construcci?n de carreteras e infraestructura, entre otras.
?Nosotros como pueblos ind?genas debemos ser consultados sobre las decisiones que se tomen en nuestros territorios, tal como lo establece el Convenio 169 de la OIT y que el Per? ha suscrito, es nuestro derecho?, sentenci? Lizardo Cauper presidente de AIDESEP.
Finalmente, afirm? que los pueblos ind?genas no est?n en contra del desarrollo, pero si es necesarios que sean part?cipes de estos procesos para garantizar que no se vulneren sus derechos.
Dato:
El art?culo 6.1 del Convenio de la OIT establece que al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deber?n: a) Consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a trav?s de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente??
Muchas gracias por su difusi?n