Venezuela: Suspensi?n de la realidad efectiva

La ?revoluci?n? de la que se habla, que implica transformaciones estructurales e institucionales radicales, ha sido truncada en las primeras de cambio, cuando se restaura el Estado, cuando se cae al c?rculo vicioso del poder, cuando se usa las instituciones para dominar, cuando emerge una nueva clase econ?mica sostenida por la administraci?n p?blica; lo que se llam? la burocracia sovi?tica por el marxismo cr?tico, lo que se llama, ahora, con los ?gobierno progresistas?, la burgues?a rentista.
Es menester la conformaci?n de espacios de deliberaci?n independientes del monopolio ideol?gico y del monopolio de los medios de comunicaci?n. Es urgente recuperar la informaci?n para poder elaborar interpretaciones adecuadas, pr?ximas a lo que denomin? el positivismo objetividad. Estas son como las condiciones de posibilidad hist?ricas-pol?ticas-culturales para que los pueblos, libres de los monopolios ideol?gicos y medi?ticos, libres de los chantajes del poder, puedan deliberar, formar consensos y tomar decisiones democr?ticas.



Ra?l Prada Alcoreza

Publicado el: 8 mayo, 2019

En la era de la simulaci?n, cuando la desinformaci?n virtual se impone como ?realidad?, cuando los medios de comunicaci?n sustituyen los hechos por noticias sensacionalistas, sobre todo cuando se aprovecha el drama humano, las crisis sociales, que emergen como crisis econ?micas y crisis pol?ticas, adem?s de mostrar los perfiles m?s elocuentes de los dramas sociales, como las cat?strofes migratorias obligadas, debidas a fen?menos, en su contexto, clim?ticos o, mas bien, ecol?gicos, mencionados como consecuencias pol?ticas, tambi?n econ?micas, la realidad efectiva, como experiencia social parece suspenderse o, mas bien, ocultarse. En este contexto saturado por la desinformaci?n y por la manipulaci?n medi?tica, as? como por la propaganda pol?tica y la exacerbaci?n ideol?gica, los servicios de inteligencia juegan a la conspiraci?n y se esfuerzan por desembocar en la guerra. Los gobiernos, entrampados en el c?rculo vicioso del poder, concurren en llamadas a convocatorias de ?defensa de la revoluci?n?, en unos casos, as? como de ?recuperaci?n de la democracia?, en otros casos, cuando precisamente la revoluci?n ha sido truncada tempranamente, cuando precisamente la democracia se ha esfumado por el manejo monop?lico de la casta pol?tica, que deriva en la rutina rotativa del bipartidismo o en algo parecido. Las sociedades y los pueblos se convierten en rehenes de estrategias pol?ticas preestablecidas y de aparatos ideol?gicos, as? como tambi?n aparatos medi?ticos.

En estas condiciones del desborde de la virtualidad, de la irrupci?n medi?tica, tambi?n de la exacerbaci?n ideol?gica, la irresponsabilidad institucional, la llamaremos as?, por m?s parad?jico que parezca, induce a la guerra. Siendo la guerra sobre todo una tragedia, que cargan los pueblos en sus cuerpos atormentados, no puede pues jam?s ser justificada, salvo en la alucinaci?n ideol?gica y en el delirio pol?tico, transmitido medi?ticamente. Si se llega a la guerra, cuando se entra a la l?gica de las armas, nadie podr? detener sus graves consecuencias, que consiste resumidamente en la destrucci?n y en la elocuencia expansiva de la muerte. Pero, esto no parece importarles a las castas pol?ticas que se enfrentan. Estas castas no van a preguntar a sus pueblos al momento de tomar la decisi?n b?lica y llevar a la conflagraci?n. Cuando la destrucci?n y la muerte desaten el apocalipsis no se har?n responsables de lo que pasa; siempre acudir?n a argumentos consabidos, incluyendo los de los ?efectos colaterales?, que son objetivamente devastadores. No se har?n cargo de los cr?menes de lesa humanidad, salvo si se descarga toda la responsabilidad en los derrotados. Pero, con todo, las poblaciones innumerables de los muertos no estar?n para reclamar por sus vidas conculcadas, tampoco ser?n tomadas en cuenta las muchedumbres de voces de las masas de v?ctimas, salvo como refugiados o damnificados. Los responsables ante el apocalipsis desatado no solamente ser?n las castas pol?ticas gobernantes y opositoras, no solamente las m?quinas de guerra y los siniestros servicios de inteligencia, sino tambi?n los pueblos por dejar hacer a los gobiernos belicistas, a las castas pol?ticas y a las m?quinas de guerra, lo ?nico que parece saben hacer: el despliegue de las dominaciones y del control; el desenvolvimiento de la violencia, desde sus formas simb?licas hasta sus formas descomunales y descarnadas; el desboque de la s?ntesis descomunal de la irracionalidad humana, su compulsi?n a la guerra.

Si usamos figuras ilustrativas, que se convierten en conceptos cuando se estructuran categorialmente y suponen la s?ntesis de la idea, como hemos venido haciendo, podemos conjugar y combinar la figura, concepto e idea del c?rculo vicioso del poder con la figura, concepto e idea del eterno retorno de la guerra. De la figura de c?rculo vicioso se deduce que no hay salida sino su recurrente y reiterado repetir circular; empero, este recurrente repetir puede derivar tambi?n en el hundimiento en su centro gravitacional, como si fuese un agujero negro. Este hundimiento es la guerra; el c?rculo vicioso del poder es tragado por su propio movimiento intenso que lo arrastra a la conflagraci?n. Las fuerzas concurrentes, que se presentan ideol?gicamente como enemigas, aunque son, en el sentido de las din?micas complejas, complementarias, terminan en el fuego, fundi?ndose en el fuego de la guerra. Se pasa de la figura del c?rculo vicioso al eterno retorno de la guerra, al apocalipsis.

En otras palabras, la no-salida del c?rculo vicioso deriva en la salida tr?gica del hundimiento en la destrucci?n. Ocurre como si el c?rculo vicioso buscara destruirse, cansado de orbitar en el campo gravitatorio del poder. La salida en la no-salida es la guerra, que, obviamente no es una salida, sino la destrucci?n, la no-salida llevada a su extrema radicalidad. Se podr?a decir es como un suicidio social, incluso en un contexto mundial, suicidio civilizatorio. Aunque la historia oficial defina y distinga vencedores de vencidos, en la historia efectiva no los hay, pues el drama y la tragedia atraviesa a ambos. No solo porque las v?ctimas se reparten, aunque sea de manera desigual, en ambos bandos, sino, sobre todo porque el que se considera vencedor se erige sobre cementerios y la desolaci?n de la destrucci?n. Aunque las anteriores guerras, contadas por la historia, aparezcan linealmente, como una sucesi?n hist?rica, aparentemente progresiva, las m?s recientes guerras y, sobre todo, la que aparece como el fantasma de la final, muestran, cada vez m?s claramente, que la genealog?a de la guerra se acerca a la destrucci?n absoluta. En las figuras usadas, a la destrucci?n misma del eterno retorno de la guerra. La compulsi?n del c?rculo vicioso del poder, por las dominaciones, sobre todo, la compulsi?n a la guerra hace patente la irracionalidad inherente a estas compulsiones, en el desenlace de la destrucci?n.

La gendarmer?a del imperio, el orden mundial de las dominaciones, a trav?s de su gobierno ultraconservador, impulsa una guerra contra Venezuela. El ?gobierno progresista? de la Rep?blica Bolivariana, que, despu?s de perder las elecciones a la Asamblea Nacional, donde gan? por amplia mayor?a la ?oposici?n?, se inventa una convocatoria, sin pies ni cabeza, a una nueva Asamblea Constituyente, 18 a?os despu?s de convocada la Asamblea Constituyente de 1999, impulsa tambi?n a la guerra. Este acto es como desconocer a la propia Constituci?n bolivariana que instituy? a la Rep?blica Bolivariana de Venezuela.

Descripci?n de la antesala del desenlace

Acudiremos, en esta descripci?n, a un resumen apropiado de los eventos enlazados, que definen la crisis pol?tica de la coyuntura nacional. La descripci?n sucinta y en forma de secuencia de cronograma. En esta descripci?n sobresalen los contrastes entre la elecci?n de la Asamblea Nacional y la forzada e improvisada elecci?n de la Asamblea Constituyente, preludio a las elecciones nacionales, tambi?n forzadas. Se puede observar que la crisis pol?tica deriva en una suspensi?n indebida y violenta de la Constituci?n de 1999. Este hecho convierte no solamente en ilegitimo al r?gimen impuesto por Nicol?s Maduro y Diosdado Cabello, sino contrario al mismo r?gimen establecido por la propia revoluci?n bolivariana. Este acto inconstitucional expresa patentemente la profundidad de la crisis pol?tica, el vac?o jur?dico pol?tico del r?gimen impuesto por una Asamblea Constituyente inconstitucional, como la hemos nombrado en otros ensayos 1. Los espesores de la coyuntura parecen dibujar el perfil de un momento altamente peligroso, en el sentido de cobijar desenlaces de alta intensidad. Esta lectura parece ratificar la interpretaci?n que expusimos: las tendencias del drama pol?tico que parecen empujar a la tragedia, las contradicciones pol?ticas que parecen empujar al desenlace b?lico; actores pol?ticos, los gobiernos, que sobresalen por su irresponsabilidad al promocionar la guerra, como indiferentes ante sus consecuencias catastr?ficas; un pueblo convertido en materia y objeto de poder de la concurrencia de fuerzas nacionales e internacionales; los dem?s pueblos como inhibidos ante el despliegue de aparatos ideol?gicos, medi?ticos, institucionales y b?licos.

Asamblea Nacional Constituyente inconstitucional

La Constituci?n de 1999 aument? el per?odo presidencial de cinco a seis a?os, abri? el recurso de revocar a servidores p?blicos mediante refer?ndum, agreg? un nuevo l?mite de dos mandatos presidenciales. Convirti? la legislatura bicameral en uno unicameral, en una Asamblea Nacional. El pa?s conocido como la Rep?blica de Venezuela se renombr? como Rep?blica Bolivariana de Venezuela. La Constituci?n Bolivariana fue aprobada por refer?ndum con m?s del 80% de los votos en diciembre de 1999. La Asamblea Nacional Constituyente de 2017 es la encargada de redactar nuevamente una Constituci?n para Venezuela, asumiendo facultades plenipotenciarias, por encima de los dem?s Poderes P?blicos del Estado. La convocatoria fue promovida por Nicol?s Maduro el primero de mayo de 2017, mediante decreto presidencial N? 2830, el cual contempla la convocatoria y las bases comiciales.

El 30 de julio fueron realizadas elecciones para escoger a los 545 constituyentes que la conformar?an y el 4 de agosto se instal? formalmente en el Sal?n El?ptico del Palacio Federal Legislativo, tambi?n sede de la Asamblea Nacional. En sus inicios fueron juramentados Delcy Rodr?guez como presidenta de la ANC, Arist?bulo Isturiz como primer vicepresidente, Isa?as Rodr?guez como segundo vicepresidente, Fidel Ernesto V?squez Iriarte como secretario de la ANC y Carolys P?rez como subsecretaria. Su duraci?n qued? fijada por un lapso de dos a?os, decisi?n tomada por los propios constituyentes. Se estableci? su hemiciclo de sesiones en el Sal?n Protocolar del Capitolio Federal, donde funcionaba el antiguo Senado del extinto Congreso de la Rep?blica. En sus inicios estuvo conformada por 545 integrantes, pero para enero de 2018, ?sta perdi? al menos 40 miembros, que ocuparon cargos como alcaldes o gobernadores, tomando en cuenta adem?s el deceso de dos de ellos.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dicta la decisi?n 156 mediante la cual se atribuye a s? mismo las funciones de la Asamblea Nacional (AN) y se extienden los poderes del presidente de la Rep?blica, Nicol?s Maduro, seg?n la Sala Constitucional ?hasta que persista la situaci?n de desacato? del parlamento. Al momento de darse las sentencias, la reacci?n de la Asamblea Nacional, as? como de varios organismos internacionales y de la regi?n, fue mayoritariamente negativa. Algunos calificaron dichas acciones como un ?autogolpe de Estado? y que se estaba ?disolviendo a la AN?, lo que suscit? protestas en Caracas y otras ciudades del pa?s. Ante dichas acusaciones y antes de la anulaci?n de las sentencias, el TSJ afirm? que sus acciones no estaban disolviendo la Asamblea, sino que ?estar?an supliendo sus labores? hasta que esta hiciera los procedimientos necesarios para salir de su estado de desacato. La Fiscal General Luisa Ortega D?az, representante del Ministerio P?blico (MP), manifest? su desacuerdo ante las medidas, adoptadas por el alto tribunal tach?ndolas de ?ruptura del orden constitucional?, lo que fue entendido como un ?breve conflicto? entre los poderes p?blicos tradicionalmente aliados al Poder Ejecutivo Nacional. El presidente Maduro, quien calific? el roce entre el MP y el TSJ como un ?impase?, convoc? a un Consejo de Seguridad de la Naci?n, para discutir la situaci?n con los entes p?blicos, a excepci?n de la Asamblea Nacional y la Fiscal?a General, cumpliendo con el art?culo 323 de la Constituci?n. El presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela, Julio Borges, quien fue invitado a participar, no asisti?. La Fiscal General de la Rep?blica, Luisa Ortega D?az, quien horas antes hab?a catalogado el hecho como una ?ruptura del orden constitucional?, tampoco asisti?. Despu?s de esta convocatoria el Tribunal Supremo de Justicia public? una aclaraci?n sobre las sentencias 155 y 156. Finalmente, el presidente Nicol?s Maduro se?al? este ?impase? como una muestra de ?plena independencia? de poderes en Venezuela, posici?n contrariada por analistas jur?dicos y pol?ticos para quienes la propia actuaci?n de la sala constitucional del TSJ ante el Consejo de Defensa de la Naci?n ratificaba su falta de independencia. Se desataron protestas exigiendo la renuncia de los magistrados, la realizaci?n de elecciones postergadas y el adelanto de las elecciones presidenciales previstas para 2018.

El 16 de junio, durante una consulta popular convocada por la Asamblea Nacional, el gobierno organiz? un simulacro de elecci?n para la Asamblea Constituyente. Seg?n el diputado Henry Ramos Allup, 203.032 personas participaron en dicha simulaci?n. El gobierno invit? a la oposici?n a participar en el proceso. Un d?a despu?s, Nicol?s Maduro orden? la captura de varios l?deres opositores como Leopoldo L?pez y Antonio Ledezma por considerar que violaron las restricciones de su arresto domiciliario. Posteriormente Maduro dijo a la oposici?n: ?R?ndanse, est?n derrotados?. El 30 de julio se realizaron las elecciones de los candidatos a la Asamblea Nacional Constituyente, en el primer bolet?n emitido por la presidenta del CNE, se inform? que participaron 8.089.320 de venezolanos, lo que representa el 41,53 % del padr?n electoral. Sin embargo, seg?n Julio Borges, presidente de la Asamblea Nacional, quien habla de un ?fraude evidente?, habr?an participado solo unos tres millones de venezolanos. Antonio Mugica, representante de Smartmatic, la empresa a cargo del sistema electr?nico de votaci?n advirti? que hab?an detectado una diferencia de al menos un mill?n de votos. En sus palabras, ?la diferencia entre la cantidad anunciada y la que arroja el sistema es de al menos un mill?n de electores?.

La Constituci?n Bolivariana de Venezuela de 1999 contempla la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente. Especialmente en los art?culos 347, 348 y 349. Sin embargo, existen juristas que sostienen que el art?culo 348 no faculta al presidente para convocar la ANC, solo le permite tener la iniciativa de tal proceso, que solo el pueblo tiene la potestad de convocarla, en virtud del art?culo 347 constitucional. La mayor?a de las encuestas de inter?s nacional afirman que una extensa mayor?a de la poblaci?n civil concuerda con dicha interpretaci?n, que por ello rechazan la convocatoria ejercida por el presidente Maduro.

Una de las primeras medidas adoptadas por la ANC, el 5 de agosto, fue la destituci?n de la fiscal general Luisa Ortega D?az, que estaba previamente suspendida por el Tribunal Supremo de Justicia. Dada la destituci?n, la Guardia Nacional impidi? a Ortega entrar en el edificio. Tarek William Saab, hasta entonces defensor del pueblo, fue nombrado nuevo fiscal general. El 16 de agosto comenz? a funcionar la Comisi?n de la Verdad, Justicia y Reparaci?n de las V?ctimas, creada por la ANC para estudiar los casos de violencia pol?tica entre 1999 y 2017. La comisi?n estaba dirigida por la presidenta de la ANC, Delcy Rodr?guez. El constituyente Earle Herrera propuso en sesi?n extraordinaria el 11 de agosto, que las elecciones regionales pautadas para el 10 de diciembre sean adelantadas al mes de octubre, sin embargo, la presidenta de la ANC Delcy Rodr?guez decidi? diferir la discusi?n de esta propuesta para una pr?xima sesi?n. En la sesi?n del 12 de agosto se aprueba la propuesta y ANC procede a convocar las elecciones regionales. Posteriormente el gobernador electo del Estado de Zulia, Juan Pablo Guanipa, decide no prestar juramento ante la Constituyente ya que consideraba era algo ?contrario a la ley?, la ANC hab?a ordenado a que ning?n Consejo Legislativo juramentara a quien no se subordinara a ella, por tal motivo pasado los 10 d?as m?ximos reglamentarios para su juramentaci?n es destituido por el ?rgano legislativo estatal, designando a una gobernadora encargada y convocando nuevas elecciones, fij?ndose la fecha para el mismo d?a que las elecciones municipales. Por decreto del 26 de octubre de 2017 la ANC orden? la convocatoria a elecciones para las 335 alcald?as del pa?s. Posteriormente el Consejo Nacional Electoral las program? para el 10 de diciembre. La ANC estableci? que todos los alcaldes que resultaran electos deb?an juramentarse ante los constituyentes de cada estado para poder asumir sus funciones.

El 10 de diciembre de 2017 se llevaron a cabo las elecciones municipales que estaban pautadas legalmente para diciembre del 2016. En dichos comicios los principales partidos pol?ticos opositores, Voluntad Popular y Primero Justicia, decidieron no participar debido a las pocas garant?as electorales que ofrec?a el CNE, pues seg?n los presidentes de estos partidos, el CNE funciona como un miembro del gobierno chavista. Luego de efectuadas las elecciones, Maduro amenaz? a Voluntad Popular y Primero Justicia de impedir que participaran en las elecciones presidenciales previstas para 2018. ?Voluntad Popular (VP) y Primero Justicia (PJ) han desaparecido del mapa pol?tico venezolano y hoy desaparecen totalmente porque partido que no haya participado hoy y haya llamado al boicot de las elecciones no puede participar m?s?.

El 20 de diciembre de 2017 la ANC estableci? por decreto que los partidos que no participaron en elecciones anteriores deb?an volver a revalidarse ante el Consejo Nacional Electoral, a pesar de que ya lo hab?an hecho a principios de a?o. El 20 de diciembre de 2017 la Asamblea Nacional Constituyente suprime por decreto ambos distritos metropolitanos, con el motivo de que ?se alejaban de sus funciones?. Varios dirigentes de la oposici?n venezolana criticaron gravemente estos hechos por violaci?n a la Constituci?n, a las leyes y por la cantidad de personas desempleadas debido a esta acci?n. El 23 de enero de 2018 la constituyente de Maduro decret? que las elecciones presidenciales previstas para finales de 2018, se realizar?an antes del 30 de abril. El decreto de la constituyente fue rechazado por la oposici?n venezolana, OEA, mayor?a de los pa?ses de Am?rica y todo el continente europeo, por haber sido convocadas estas elecciones por un organismo de cuestionable legalidad, adem?s de que deroga la Constituci?n venezolana vigente a?n al adelantar un proceso que legalmente est? pautado para finales de 2018.

Diosdado Cabello propuso adelantar las elecciones parlamentarias legalmente previstas para 2021; a su juicio el Parlamento venezolano dej? de existir a ra?z de las sanciones ilegales que el TSJ le aplic? al ?rgano legislativo, anulando todas sus facultades constitucionales. Dicha proposici?n fue secundada por Nicol?s Maduro, quien hizo entrega formal de la propuesta por escrito al pol?mico organismo, a?adiendo a la propuesta de Cabello, la realizaci?n de elecciones de Consejos Estatales y Municipales. El 23 de febrero, Tibisay Lucena, presidenta del CNE, declar? en rueda de prensa que el d?a 22 de abril se har?an solamente las elecciones presidenciales pues no estaban preparados t?cnicamente para realizar todas los comicios propuestos por Maduro. El 1 de marzo Lucena rectifica la fecha de los comicios, fijando para el 20 de mayo de 2018 la realizaci?n de las elecciones presidenciales conjuntamente con las elecciones de Consejos Estatales. Despu?s de m?s de un a?o sin conocimiento sobre la constituci?n siendo redactada por la Asamblea Constituyente, el medio Panorama public? un presunto borrador del texto constitucional compuesto por 411 art?culos, contrastado con 350 art?culos de la constituci?n de 1999, citando fuentes vinculadas a la Constituyente. Entre los cambios m?s importantes se destacar?an la extensi?n del per?odo presidencial por siete a?os, comparados con los seis a?os de la constituci?n vigentes, el establecimiento de Venezuela como un ?Estado federal centralizado pol?ticamente y desconcentrado administrativamente?, a diferencia del ?Estado federal descentralizado?, adem?s del cambio de redacci?n del art?culo 350, el cual hace referencia a la desobediencia civil. El borrador del texto constitucional tambi?n limita el derecho a la propiedad privada, a la libertad econ?mica y al derecho de la ganancia, adem?s del derecho a la manifestaci?n, la protestas y la libertad de expresi?n y constitucionaliza el control social. Es el primer borrador de texto constitucional con un pre?mbulo que contiene una menci?n pol?tica y partidista de Hugo Ch?vez, llam?ndolo ?amado y eterno comandante?. Hernann Escarr? ha indicado que el texto se inclina a incluir la forma de organizaci?n y gobierno de las comunas, acoger a las llamadas milicias como un componente de las Fuerzas Armadas e incluir un apartado para castigar severamente a quienes incurran en el delito de traici?n a la patria. Por su parte, Efecto Cocuyo public? una lista oficial de los integrantes de la comisi?n de la Constituyente encargada de la redacci?n del texto, conformada por 29 integrantes, 20 de los cuales son constituyentes, el resto abogados, asesores y asistentes administrativos; comisi?n presidida por Escarr?.

Hay controversia en torno a la constitucionalidad de esta convocatoria. Uno de los puntos cuestionados es sobre si el presidente est? facultado para convocar una Asamblea Nacional Constituyente (ANC). Parte de los juristas afines al gobierno afirman que el Ejecutivo s? est? facultado por el art?culo 348 de la Constituci?n. Otra parte de los expertos sostiene que el art?culo 348 no faculta al presidente para convocar la ANC, solo le permite tener la iniciativa de tal proceso y que solo el pueblo tiene la potestad de convocarla, en virtud del art?culo 347 constitucional. La mayor?a de las encuestas de inter?s nacional afirman que una extensa mayor?a de la poblaci?n civil concuerda con dicha interpretaci?n, que por ello rechazan la convocatoria ejercida por el presidente Maduro. Otro punto controvertido son las bases comiciales del proceso que, seg?n el art?culo 2 del decreto 2830, ser?an ?sectoriales y territoriales?. Varios expertos en derecho, incluyendo la Federaci?n de Colegio de Abogados de Venezuela, argumentan que este aspecto viola el principio de universalidad del voto consagrado en el art?culo 63 de la constituci?n.

Dentro del Poder P?blico Nacional han surgido cr?ticas y rechazos al proceso. La mayor?a opositora dentro del Parlamento, Eustoquio Contreras, Germ?n Ferrer e Ivonne Tellez diputados por la coalici?n Gran Polo Patri?tico en la Asamblea Nacional (AN), Luis Emilio Rond?n rector del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luisa Ortega D?az fiscal general de la Rep?blica, Danilo Antonio Mojica Monsalvo y Marisela Godoy magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Gabriela Ram?rez consultora jur?dica del TSJ, mayor general Alexis L?pez Ram?rez secretario del Consejo de Defensa de la Naci?n (CODENA), rechazaron la convocatoria con el argumento com?n de que tal proceso no fue convocado por el pueblo como lo establece el art?culo 347 de la constituci?n y por el car?cter sectorial y territorial de las bases comiciales planteados en el art?culo 2 del decreto.

El 7 de junio de 2017 la Sala Constitucional del TSJ dict? la sentencia 378, en donde decidi? que el presidente est? facultado para convocar una constituyente sin referendo consultivo previo, ya que ?l actuaba en nombre de la soberan?a del pueblo:

?El art?culo 347, cuya interpretaci?n se solicita, debemos necesariamente articularlo con el art?culo 348, ambos del texto constitucional. En efecto, el pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario y, en tal condici?n, y como titular de la soberan?a, le corresponde la convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente. Pero la iniciativa para convocarla le corresponde, por regla general, a los ?rganos del Poder P?blico (el presidente o presidenta de la Rep?blica en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; y los Concejos Municipales en cabildos, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos) quienes ejercen indirectamente y por v?a de representaci?n la soberan?a popular. La ?nica excepci?n de iniciativa popular de convocatoria es la del quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral.
De tal manera que, el art?culo 347 define en quien reside el poder constituyente originario: en el pueblo como titular de la soberan?a. Pero el art?culo 348 precisa que la iniciativa para ejercer la convocatoria constituyente le corresponde, entre otros, al ?presidente o presidenta de la Rep?blica en Consejo de Ministros?, ?rgano del Poder Ejecutivo, quien act?a en ejercicio de la soberan?a popular.
En los t?rminos expuestos anteriormente, la Sala considera que no es necesario ni constitucionalmente obligante, un refer?ndum consultivo previo para la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente, porque ello no est? expresamente contemplado en ninguna de las disposiciones del Cap?tulo III del T?tulo IX?.

Extracto de la sentencia 378 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

Al d?a siguiente de conocida la decisi?n del Poder Judicial, la Fiscal General de la Rep?blica introdujo ante el TSJ un recurso de aclaratoria sobre la sentencia, donde solicita explicar cuatro puntos: Retroceso de derechos humanos, vigencia de la democracia participativa y protag?nica, diferencia entre convocatoria e iniciativa de convocatoria a una ANC y modificaci?n del texto constitucional sin aprobaci?n del Pueblo. En respuesta a estas controversias; el presidente Maduro anunci? que har?a la propuesta al CNE de convocar a un refer?ndum consultivo para la nueva constituci?n, alegando que una vez que los tentativos cambios sean anunciados, estos se someter?an a unas elecciones aprobatorias, de manera que el pueblo apruebe o desapruebe una nueva constituci?n. La propuesta fue entregada por el comando de campa?a Zamora 200 al CNE el 5 de junio.

El 8 de junio, Luisa Ortega D?az interpuso ante la Sala Electoral del TSJ contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, subsidiariamente, medida cautelar innominada de suspensi?n de efectos de la Constituyente, solicitando la nulidad de las decisiones del Consejo Nacional Electoral relacionadas con la convocatoria a la ANC por considerar que el decreto presidencial no cumple con los extremos legales y argumentando que ?el pueblo venezolano es quien tiene la potestad de realizar dicha convocatoria?. Dicho recurso fue apoyado por el Foro Penal Venezolano, cuyo director Alfredo Romero, inform? que la instituci?n prestar? su plataforma para apoyar a los ciudadanos que se quisieran adherir al mismo. El 12 de junio la Sala Electoral del TSJ declar? como inadmisible el recurso interpuesto por la fiscal general, alegando que el amparo cautelar es inoficioso por la ?inepta acumulaci?n de pretensiones?. Despu?s de declarada la inadmisibilidad, dos tribunales de Nueva Esparta rechazaron otro recurso contra la Constituyente introducido por un grupo de ciudadanos del estado.

Seg?n el Observatorio Electoral Venezolano, el Consejo Nacional Electoral obvi? en su cronograma electoral 14 auditor?as, varias etapas del proceso y se salt? 70 de 100 actividades previas a cualquier elecci?n contempladas en la Ley Org?nica de Procesos Electorales (LOPRE). Tras una denuncia formulada por los dirigentes opositores Diego Arria, Marina Corina Machado, Antonio Ledezma y Ceciclia Sosa, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela en el exterior declar? el 25 de octubre la nulidad de la Asamblea Constituyente, solicitando su disoluci?n y haciendo un llamado a su desconocimiento. Entre las observaciones que se hacen, para criticar su elecci?n tenemos:

1. Irrespetan la base poblacional (1,1 %, Art. 186 CRBV) para la elecci?n de representantes nacionales.

2. Irrespetan las magnitudes poblacionales de los municipios, igualando a uno los constituyentes por cada municipio, y a dos en los municipios capitales, sin soporte alguno en la Constituci?n.

3. Irrespetan el rango nacional del universo poblacional.

4. Irrespetan la representaci?n proporcional acogiendo el sistema mayoritario de elecci?n uninominal, con excepci?n de los municipios capitales y el municipio Libertador del Distrito Capital, que elige 7 constituyentes.

5. Inventan universos sectoriales controlados por la burocracia gubernamental y con registros de electores y electoras absolutamente no confiables 2.

Conclusiones

Estamos ante aparatos ideol?gicos, aparaos medi?ticos, aparatos de Estado, m?quinas pol?ticas, m?quinas econ?micas, m?quinas de guerra, que tienen una relaci?n problem?tica con la realidad efectiva; buscan recortarla o, si se quiere, deformarla, otorgarle el perfil y el contenido que le atribuye el poder. Tanto el orden mundial, as? como el orden nacional, esculpen, por as? decirlo, la realidad a su manera, buscando moldearla de acuerdo con sus presupuestos, mejor dicho, prejuicios. Una vez efectuados estos recortes, una vez obtenido el molde, estos aparatos y estas m?quinas de poder trabajan en lo recortado, en lo moldeado, como si ?sta fuese la realidad misma, cuando es la realidad producida por el poder.

En lo que respecta a la crisis m?ltiple de la Rep?blica Bolivariana de Venezuela, el orden mundial de las dominaciones y el orden nacional de las dominaciones han hecho sus respectivos recortes de realidad y, por m?s contrastados que sean estos moldes, es decir, las interpretaciones dominantes, ambos ?rdenes tienen como referentes a los modelos ideol?gicos logrados y sobre los mismos act?an. Las din?micas complejas de la realidad efectiva han desaparecido ante estas miradas; lo que se tiene son esquematismos dualistas, por ambos lados, que legitiman las actuaciones del poder, a nivel mundial y a nivel nacional. Los pueblos concretos, las sociedades singulares, los problemas concretos y singulares han desaparecido ante estas miradas del poder; lo que tienen ante sus ojos son escenarios donde los pueblos son presentados o como v?ctimas o como partidarios de las acciones emprendidas. Si habla el pueblo lo hace como ventr?locuo de los protagonistas del poder, los representantes jer?rquicos de las castas pol?ticas enfrentadas. Lo que importa es la voz misma del poder; la voz patriarcal de los ?rdenes de dominaciones enfrascados en la lucha. Los medios de comunicaci?n transmiten estas tramas oficiosas de los enemigos. Por m?s dicot?micas que sean las versiones vertidas, tan distintas en las pretensiones de verdad, lo que entran en concurrencia son estas narrativas del poder. Lo que efectivamente ocurre poco importa; las acciones pol?ticas y diplom?ticas se gu?an por lo que debe ocurrir, seg?n las interpretaciones del poder.

Si en el horizonte aparece la guerra como amenaza suprema, entonces, el dramatismo pol?tico adquiere mayor intensidad. Ambos bandos se amenazan con la guerra; se acusan mutuamente de la responsabilidad ante el posible estallido de la conflagraci?n. Lo que llama la atenci?n es que no se detienen ante esta posibilidad, no se ponen a reflexionar sobre esta amenaza destructiva y desgarradora, no se hace un alto en el camino y se busca evitar la guerra, tampoco alejarse de esta posibilidad. Se sigue jugando con fuego.

Ahora bien, si hay diferencia entre la realidad efectiva y la ?realidad? recortada por el poder, ?por qu? esta diferencia no amortigua o detiene los juegos de poder? En otras palabras, ?por qu? la ?realidad? moldeada por el poder se termina convirtiendo en la realidad producida por el poder, que golpea a los pueblos y las sociedades? Al respecto se puede decir que los pueblos y las sociedades parecen terminar atrapados en las redes de los juegos de poder, formando parte de la realidad recortada o si se quiere manipulada. Para que esto ocurra tienen que haber renunciado a gran parte de lo que son, a sus din?micas corporales y sociales, a las complejidades de sus ?mbitos de relaciones, asociaciones y combinaciones de asociaciones. Es esto precisamente lo que parece que ocurre. Las presiones de los aparatos y m?quinas de poder son persistentes, sistem?ticas e intermitentemente intensas, sobre todo en momentos de crisis, que los pueblos y sociedades caen enredados en las redes del chantaje del poder, en la econom?a pol?tica del chantaje.

Los recortes de realidad no est?n fuera de la realidad efectiva, forman parte de ella; por lo tanto, no es que los ?rdenes de poder mencionados se encuentran fuera, como en la irrealidad; se encuentran dentro, solo que, en compartimentos acotados y restringidos, hasta se podr?a decir como en burbujas. Es desde estos espacios acotados, controlados, restringidos, convertidos en ?realidad?, que inciden e irradian, incluso afectando a ?mbitos din?micos de la realidad efectiva. Llamemos a uno de los recortes de realidad geopol?tica del sistema mundo capitalista, llamemos al otro recorte de realidad geopol?tica de la forma de gubernamentalidad clientelar; es en estos recortes donde los aparatos ideol?gicos y las m?quinas de poder que buscan lograr sus objetivos, las finalidades de sus estrategias de poder. Ambos recortes de realidad no son ajenos entre s?, mas bien, se suponen, incluso el recorte de la forma de gubernamentalidad clientelar se encuentra dentro del recorte de la geopol?tica del sistema mundo capitalista. Ambos recortes se interpretan a su modo, desde sus propios c?digos, desde sus propias narrativas; interact?an y se confrontan en los escenarios montados.

En ambos recortes de realidad se usan argumentos de preestablecidos modelos justificativos de acciones; se puede hablar de la ideolog?a en acci?n, tambi?n de los aparatos de comunicaci?n en acci?n. Uno de estos modelos es el discurso de ?defensa de la democracia?, que tiene su larga data y acompa?? a las intervenciones norteamericanas de marras y recientes. El otro discurso es el de ?defensa de la revoluci?n?, que tambi?n tiene su propia historia y arqueolog?a. Desde la primera revoluci?n proletaria triunfante, de la que emergi? la URSS, hasta la revoluci?n bolivariana en crisis, el discurso de la ?defensa de la revoluci?n? o de la ?patria socialista?, as? como, recientemente, de la ?patria bolivariana?, act?a como inhibidor de la cr?tica y como un chantaje ideol?gico para polarizar las fuerzas sociales, sobre todo para mantener la unidad del bloque social-popular. En consecuencia, aunque se trata de modelos discursivos contrastados, lo que comparten es la funci?n que cumplen con respecto a sus convocatorias, as? como con respecto a la b?squeda de legitimidad de sus acciones. El debate entre ambas formaciones discursivas desaparece para caer en la diatriba, difundida por los aparatos ideol?gicos y los aparatos medi?ticos. Las v?ctimas de estos enfrentamientos verbales son las opiniones p?blicas, para seguir usando un concepto ya desgastado, empero ilustrativo. Son v?ctimas, pues en estas atm?sferas atiborradas de emisiones proliferantes de diatribas desaparece la informaci?n, sobre todo, lo que llamaba J?rgen Habermas el raciocinio.

Si se contrastan estas narrativas del poder con la realidad social efectiva, se observa que de lo que hablan, sus referentes cruciales, por los cuales se efect?an acciones, se ejerce poder, se convoca y se llama a movilizaciones, no existen. La democracia, en pleno sentido de la palabra, como ejercicio del autogobierno del pueblo, no existe; est? sustituida por la democracia restringida, la democracia simulada, de la democracia formal institucionalizada, mediada por delegaciones y representaciones obligadas, que lejos de representar al pueblo expresan los intereses de la casta pol?tica. Por otra parte, la ?revoluci?n? de la que se habla, que implica transformaciones estructurales e institucionales radicales, ha sido truncada en las primeras de cambio, cuando se restaura el Estado, cuando se cae al c?rculo vicioso del poder, cuando se usa las instituciones para dominar, cuando emerge una nueva clase econ?mica sostenida por la administraci?n p?blica; lo que se llam? la burocracia sovi?tica por el marxismo cr?tico, lo que se llama, ahora, con los ?gobierno progresistas?, la burgues?a rentista. Entonces, se habla, se emiten semejantes discursos del poder, se afronta la lucha ideol?gica, sobre referentes desaparecidos. Por lo tanto, no se trata, ni de la ?defensa de la democracia?, ni de la ?defensa de la revoluci?n?, sino de la defensa de castas pol?ticas y econ?micas enfrentadas, en el plano nacional y en el plano internacional.

El problema es que son las sociedades y los pueblos que pagan los costos dram?ticos de estos juegos de poder, que pueden convertirse en conflagraciones b?licas, entonces en acontecimientos tr?gicos. Antes de que ocurra esto, antes de que los desenlaces desemboquen en la fatalidad, es indispensable que las opiniones p?blicas, volviendo a utilizar un concepto discutible, escapen a las redes discursivas del chantaje pol?tico, emitido por los dos modelos discursivos ideol?gicos en boga. Es menester la conformaci?n de espacios de deliberaci?n independientes del monopolio ideol?gico y del monopolio de los medios de comunicaci?n. Es urgente recuperar la informaci?n para poder elaborar interpretaciones adecuadas, pr?ximas a lo que denomin? el positivismo objetividad. Estas son como las condiciones de posibilidad hist?ricas-pol?ticas-culturales para que los pueblos, libres de los monopolios ideol?gicos y medi?ticos, libres de los chantajes del poder, puedan deliberar, formar consensos y tomar decisiones democr?ticas.

[1] Gubernamentalidad y crisis de dominaci?n; tambi?n Alteridad o decadencia.

https://issuu.com/raulpradaalcoreza/docs/gubernamentalidad_y_crisis_de_domin.

https://issuu.com/raulpradaalcoreza/docs/alteridad_o_decadencia_2.

[2] Referencias:

Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela de 2017.

https://es.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Nacional_Constituyente_de_Venezuela_de_2017.