Argentina: Justicia ordena detener al prefecto acusado del crimen del mapuche Rafael Nehuel

P?gina12    15.May.19    Mapuche

?Es notorio que el Ministerio de Seguridad ha asumido, en la actual gesti?n, un rol activo en la defensa irrestricta de los funcionarios de las fuerzas de seguridad involucrados en episodios bajo investigaci?n judicial. Y lo ha hecho no con la mesura, la distancia y el respeto por el Poder Judicial de la Naci?n y la divisi?n de poderes que exige la Rep?blica, sino con intervenciones que no toman en cuenta el tr?mite de las causas judiciales, sus tiempos ni las decisiones de los magistrados”, sentenci? la C?mara Federal de General Roca en un fallo que demoli? el relato oficial sobre el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel.



La C?mara Federal de General Roca contradijo al Gobierno
Ordenan la detenci?n del prefecto acusado del crimen de Rafael Nahuel

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15 de mayo de 2019

La C?mara Federal denunci? que el Poder Ejecutivo “quiso condicionar la pesquisa delineando de antemano un libreto para los protagonistas”.
Por Adriana Meyer

?Es notorio que el Ministerio de Seguridad ha asumido, en la actual gesti?n, un rol activo en la defensa irrestricta de los funcionarios de las fuerzas de seguridad involucrados en episodios bajo investigaci?n judicial. Y lo ha hecho no con la mesura, la distancia y el respeto por el Poder Judicial de la Naci?n y la divisi?n de poderes que exige la Rep?blica, sino con intervenciones que no toman en cuenta el tr?mite de las causas judiciales, sus tiempos ni las decisiones de los magistrados”, sentenci? la C?mara Federal de General Roca en un fallo que demoli? el relato oficial sobre el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel.

En consecuencia, los camaristas ordenaron el procesamiento con prisi?n preventiva del principal acusado, Francisco Javier Pintos, quien dispar? contra Nahuel y otros de sus compa?eros en una incursi?n del grupo Albatros en el territorio recuperado de Villa Mascardi dos d?as despu?s de la represi?n que los expuls?, el 23 de noviembre de 2017.

Los jueces Mariano Lozano, Richard Gallego y Ricardo Barreiro cuestionaron a Bullrich porque “antes de que las pesquisas avancen lo suficiente como para echar m?nima luz sobre los sucesos, se publicaron declaraciones del m?s alto nivel cuestionando a la judicatura, o las medidas probatorias dispuestas o, lisa y llanamente, sentenciando -medi?ticamente- que el o los funcionarios implicados no han cometido delito y que son inocentes”.

Adem?s, seg?n la resoluci?n a la que accedi? P?gina12, criticaron “la discutible concepci?n de la seguridad nacional que alienta episodios que se reiteran con frecuencia cada vez mayor?.

La cita alude a los dichos de la ministra, quien hab?a afirmado que “nosotros no tenemos que probar lo que hacen las fuerzas de seguridad en el marco de una tarea emanada de una orden judicial. Le damos a la versi?n de la Prefectura car?cter de verdad”. A las pocas horas del asesinato de ?Rafita?, Bullrich no se priv? de emitir semejante respaldo pol?tico a pesar de que los investigadores hab?an determinado que no hab?a habido disparos de armas de fuego del lado mapuche.

Tras destacar que hubo ataques y presiones a los jueces por parte de la defensa de los prefectos, el camarista Barreiro expres? que “no es ?sta una causa m?s de las que engrosan la agenda de los tribunales y lo que hace que eclosione un resultado tan ominoso para el estado de derecho como cruel y doloroso para la familia del fallecido, es la discutible concepci?n de la seguridad nacional que alienta episodios que se reiteran en el tiempo con frecuencia cada vez mayor, en espiral de violencia estatal que no puede ser obviada en esta sentencia, cadena fat?dica en la que la muerte evitable de Nahuel Salvo es un eslab?n m?s, acaso no el ?ltimo”.

El juez agreg? que “es claro que el poder estatal para la violencia es infinitamente mayor que el de los particulares, de manera que representa un verdadero abuso de esa capacidad de respuesta desenfundar las armas cuando no se est? ante la irremediable imposibilidad de apelar a los m?todos no letales?.

El camarista Barreiro, a su turno, determin? que tampoco hubo usurpaci?n de territorio alguno por parte de la comunidad mapuche porque se trata de tierras p?blicas, y cuestion? que el juez Villanueva hubiera acusado a Jones Huala y a Gonz?lez por “un delito que nunca se cometi?”. A su criterio, haberlos imputado no aportaba nada jur?dicamente al esclarecimiento de la muerte de Nahuel pero destac? que tal acusaci?n no fue neutral en el caso sino que “su efecto directo fue agregar disvalor a lo obrado por los integrantes de la comunidad mapuche con lo que, de modo indirecto pero groseramente visible, se acrecent? el valor justificante del mayor poder represivo empleado. Veo en ello un aporte indisimulado a la creaci?n del enemigo interno”.

El juez pidi? que sean sobrese?dos pero sus colegas no acompa?aron la iniciativa. “Las cosas no acaecieron como dijo Pintos, en su versi?n dijo que fueron atacados por encapuchados con piedras y palos y tambi?n con dos armas de pu?o y que en ese lugar, acorralados, dispararon primeramente sus armas no letales y luego las de fuego reglamentarias hasta que, tras arrojar una bomba de estruendo lograron escapar hacia abajo”, repas? Barreiro. Pero “nada de eso se respalda con los datos que arroj? el reconocimiento del lugar”, en donde desde la primera se?al de estas acciones ?los restos de cartuchos no letales? hasta la ?ltima, los miembros de la Prefectura habr?an avanzado, hacia arriba en la ladera, bastante m?s de 300 metros, detect?ndose en ese examen in situ la existencia de diez lugares en donde se ubicaron restos de la acci?n con armas.

“?Minti? Pintos? Creo que la respuesta afirmativa es irrebatible”, dijo el juez. Barreiro destac? que el gobierno defendi? el accionar de las fuerzas de seguridad en “innumerables episodios, sin aguardar el menor pronunciamiento judicial, o bien se respald? el uso de la ?mano dura? con invocaciones a las medidas contra el narcotr?fico o el terrorismo apuntalando la construcci?n del enemigo interno. Para este camarista de General Roca, “el Poder Ejecutivo ignora deliberadamente y sin rubor institucional la prohibici?n del art?culo 109 de la Constituci?n Nacional. Si luego ese anticipo, elaborado en la sede ministerial, se transforma en la columna vertebral del discurso del ?nico imputado que se aviene a declarar, el asunto cobra mayor gravedad porque revela un franco prop?sito de condicionar el curso de la pesquisa delineando, de antemano, la versi?n de los protagonistas”.

Tampoco fue “afortunado” ?seg?n el fallo- encargar los peritajes a Gendarmer?a, cuyo resultado indic? que la bala no sali? de un subfusil MP5. “La pericia bal?stica efectuada por Gendarmer?a Nacional carece de todo valor de convicci?n al haber sido elaborada por los subordinados de quien, antes de esa labor pericial -e incluso previo a ser ordenada esa nueva experticia- ya se hab?a manifestado en favor de la inocencia de sus subalternos involucrados en los hechos. La parcialidad es, sin el menor margen para la duda, imp?dicamente visible”.