Los Comunes

Los “bienes comunes” o los “comunes” concentran hoy mucha discusión en círculos de académicos y activistas. ¿Qué son los comunes? ¿Es correcto hablar de “bienes” comunes como si se tratara de recursos físicos, naturales o del conocimiento? O, por el contrario, ¿los comunes son un tipo de relación social, una forma de gestión social de diferentes elementos y procesos necesarios para la vida de una comunidad humana? ¿Qué define a un común: el objeto o la relación social que involucra?
En este capítulo hablaremos sobre todo de “comunes” antes que de “bienes comunes” para destacar que estos son esencialmente procesos de gestión social sobre diferentes elementos y aspectos necesarios para una colectividad humana. Estas relaciones sociales de colaboración se dan en torno a algún tipo de elemento material, natural, digital o del conocimiento, pero lo que los hace ser “comunes” es la práctica de esa gestión comunitaria que les permite “cuidar” aquel elemento sobre el cual intervienen y, al mismo tiempo, reproducir y enriquecer sus formas de organización social.



Los Comunes

Christophe Aguiton[1]
https://systemicalternatives.org/2017/03/17/los-comunes/

Los “bienes comunes” o los “comunes” concentran hoy mucha discusión en círculos de académicos y activistas. ¿Qué son los comunes? ¿Es correcto hablar de “bienes” comunes como si se tratara de recursos físicos, naturales o del conocimiento? O, por el contrario, ¿los comunes son un tipo de relación social, una forma de gestión social de diferentes elementos y procesos necesarios para la vida de una comunidad humana? ¿Qué define a un común: el objeto o la relación social que involucra?

En este capítulo hablaremos sobre todo de “comunes” antes que de “bienes comunes” para destacar que estos son esencialmente procesos de gestión social sobre diferentes elementos y aspectos necesarios para una colectividad humana. Estas relaciones sociales de colaboración se dan en torno a algún tipo de elemento material, natural, digital o del conocimiento, pero lo que los hace ser “comunes” es la práctica de esa gestión comunitaria que les permite “cuidar” aquel elemento sobre el cual intervienen y, al mismo tiempo, reproducir y enriquecer sus formas de organización social.

Origen

El origen de los “comunes” (commons en inglés) viene de la Inglaterra medieval, donde los agricultores tuvieron acceso a pastos y bosques de dominio señorial. La “Carta Magna”, impuesta por los barones ingleses al rey Juan en el año 1215, que definía las libertades de las cuales se beneficiaron los miembros del reino, fue modificada en 1225 incorporando un segundo texto denominado la “Carta de los bosques” (Bollier, 2015). Este documento especifica los derechos de acceso de los “comuneros” a los pastos y a los bosques. Estos comunes británicos fueron cuestionados en los siglos XVI y XVIII por los propietarios de tierras que querían colocar cercas para el pastoreo de ovejas con la finalidad de abastecer a la industria textil en auge. Aunque esta realidad de los comunes británicos corresponde al contexto de la organización social y económica del medioevo, situaciones parecidas se han dado en varias sociedades pre-capitalistas de diferentes continentes y, de manera muy diversa y compleja, en formas de gestión de pueblos indígenas que ejercían la práctica de gestión de los “bienes comunes”.

La naturaleza de los comunes

Los “comunes” son un modo particular de relación social con los bienes materiales o inmateriales. Elementos naturales como el agua o el aire existen como tales y sólo se convierten en comunes cuando una comunidad humana gestiona sus relaciones con estos elementos de manera colectiva, por ejemplo, la distribución de agua para riego en una comunidad.

En 1954, el economista y Premio Nobel Paul Samuelson señaló que una de las características de los bienes públicos es que no son bienes excluibles ni bienes rivales (Samuelson, 1954). Un bien es excluible cuando es posible impedir que una persona haga uso de él. Un bien rival es el que, al ser usado por una persona, reduce su uso por parte de otra. Por ejemplo, la luminaria pública no es excluible ni rival porque no se puede privar a nadie de su uso, y su utilización por parte de un individuo no impide ni limita el uso que haga otra persona de dicho alumbrado público. Esta descripción de Samuelson generó problemas en la medida en que algunos economistas aplicaron estos criterios como si fueran características específicas de los “comunes”, confundiendo los bienes públicos con los “comunes”.

Esta confusión se problematizó aún más cuando algunos destacaron que los bienes comunes, aunque no son excluibles, si pueden ser rivales. Este es, por ejemplo, el caso de los recursos pesqueros en alta mar, del cual es muy difícil excluir a un pescador, pero su utilización por un grupo de pescadores puede disminuir el uso o disfrute de otros pescadores.

Las reflexiones sobre la relación con los bienes de la naturaleza y la sostenibilidad, tanto social como ambiental, empezaron a tener mucha más relevancia durante los años sesenta cuando una fuerte ola de activistas y científicos reflexionaron sobre los límites de los llamados recursos naturales y el crecimiento poblacional.

En 1968, Garrett Hardin publicó un artículo denominado “La Tragedia de los Comunes” donde afirma que “los individuos, motivados solo por el interés personal y actuando independiente pero racionalmente, terminan por destruir un recurso compartido limitado (el común) aunque a ninguno de ellos, ya sea como individuos o en conjunto, les convenga que tal destrucción suceda” (Hardin, 1968).

Hardin trata de demostrar que los bienes comunes están condenados por el hecho de que los usuarios, pescadores o agricultores van primero a comer o utilizar aquello que sale de un bien común antes de hacer uso de sus recursos propios. Según él, recursos como el agua, la tierra, las semillas, los parques y la naturaleza están sujetos al uso depredador y poco eficiente de la población que crece desmesuradamente en el planeta. El mensaje de la “tragedia de los comunes” se interpreta como que la comunidad es incapaz de lograr acuerdos racionales sobre el uso de su propiedad comunal y, por tanto, se debería privilegiar la propiedad privada o introducir a un agente externo, como el Estado a través de la propiedad pública, para alcanzar una gestión eficiente de esos recursos.

En oposición a las teorías de Hardin y otras aproximaciones sobre los comunes, Elinor Ostrom, politóloga norteamericana, obtuvo el premio Nobel de Economía en 2009 demostrando que los bienes comunes pueden ser controlados eficientemente cuando un colectivo de seres humanos asegura su gestión y su mantenimiento. En su libro “El Gobierno de los Comunes: La evolución de las instituciones para la acción colectiva”, publicado en 1990, argumenta sobre ello después de un minucioso trabajo de investigación sobre experiencias de gestión de los comunes en varias partes del mundo, y concluye que la “gobernanza policéntrica” basada en diseños complejos para manejos complejos en realidades complejas es la que subyace en la gestión de los comunes (Ostrom, 2010). Ostrom postula que las comunidades y la gente son capaces de generar sistemas de gestión sostenibles creando consensos sociales para la gestión de los llamados “recursos”. Bajo esta perspectiva, predomina la noción de abundancia -versus la de escasez- como sostén del paradigma de los comunes.

En su trabajo, ella identifica ocho principios que caracterizan las estructuras de gestión de los comunes:

Organizaciones con integrantes claramente definidos: se sabe cómo y por qué pertenecen al grupo.
Coherencia de las reglas para la gestión de los comunes: sobre quiénes, cuándo y cuánto del bien común se puede “usar” o gestionar.
Sistemas democráticos de elección colectiva de representantes.
Sistemas de vigilancia: los encargados deben responder ante la organización.
Sistemas de sanciones para los que falten a las reglas.
Mecanismos para resolver conflictos.
Reconocimiento mínimo de derechos de organización autónoma ante autoridades estatales o municipales.
Las actividades alrededor del recurso de uso común se realizan desde las organizaciones interesadas.

El aporte de Ostrom no está exento de algunas críticas por su apreciación de la naturaleza como “recursos” que podrían ser gestionados por una colectividad humana, olvidándose que éstos son parte de ecosistemas y del sistema de la Tierra, que tienen sus propios ciclos vitales y que no pueden ser “gestionados” de manera antropocéntrica, si es que se pretende una sostenibilidad de esos ecosistemas. Esta realidad se hace muy visible cuando se analizan los comunes de varios pueblos indígenas que, desde su visión, consideran a la naturaleza como su hogar, como su madre y su base vital, a la cual no se proponen “gobernar” sino más bien convivir con ella y cuidarla.

Bienes comunes y bienes públicos

Los comunes han adquirido notoriedad porque son una respuesta a la privatización generalizada que promueve el actual proceso de globalización neoliberal. Sin embargo, esta no es la única respuesta. También han surgido otros conceptos como los “bienes públicos globales” o los “bienes comunes de la humanidad”. Estas propuestas señalan la responsabilidad de la comunidad internacional en la resolución del cambio climático o la crisis financiera y se proponen evitar que estas crisis sean dejadas al libre albedrío de las leyes del mercado o la especulación financiera. Sin embargo, el inconveniente de estos enfoques es que agrupan en un mismo concepto las nociones de bienes comunes y de bienes públicos.

Ricardo Petrella planteó como “bienes vitales, esenciales para la vida, el aire, el agua, el capital bioético, los bosques, el sol, la energía y el conocimiento que deben ser reconocidos como un bien común de la humanidad” (Petrella, 1996). Así mismo, François Houtart propuso a las Naciones Unidas, el año 2009, la adopción de una “Declaración Universal de los bienes comunes de la humanidad” que incluye como bienes comunes a la democracia, el multiculturalismo, la lucha contra el cambio climático, y también los servicios de salud, educación, transporte público, electricidad y otros (Houtart, 2009).

A diferencia de las anteriores propuestas, nos parece importante distinguir entre bienes públicos y bienes comunes para marcar la diferencia con las visiones de izquierda del siglo pasado, que sobretodo giraban alrededor de la oposición capitalismo versus socialismo. O en otros términos, propiedad privada de los medios de producción y ley de mercado, por un lado, versus, nacionalización de los medios de producción y planificación económica, por otro.

El aporte de la visión contemporánea de los comunes muestra que hay una alternativa al capitalismo y a la esfera pública dominada por el Estado. Esta es una opinión compartida por muchos activistas e intelectuales que trabajan sobre los comunes como Michel Bauwens, Silke Elfrich y David Bollier, quienes crearon el “Grupo de estrategias sobre los comunes”[2] y otros autores como Pierre Dardot y Christian Laval. Este enfoque de los comunes es importante en un momento en el cual la gestión económica del Estado ha mostrado sus límites. Por ejemplo, muchas empresas públicas fueron manejadas de manera muy similar a las empresas privadas en la planificación centralizada de la economía de la Unión Soviética, así como en países de economía de mercado donde se nacionalizaron industrias, después de la Segunda Guerra Mundial.

La esfera pública es aquella en la que la sociedad delega a instituciones especializadas del Estado la gestión de actividades que no son privadas, como los servicios públicos de escuelas, hospitales, centros de investigación, entidades de gestión política (gobierno, autoridades locales), etc. En última instancia, la esfera pública incluye todo lo relacionado con el Estado, en el sentido más amplio. En cambio, los comunes son el espacio donde los interesados se implican de manera directa. Un involucramiento de características muy diversas, que incluye a cooperativistas que trabajan todos los días en su empresa, a aldeanos que cortan leña unos días al año, o a lectores y colaboradores ocasionales de Wikipedia.

No existe una relación solamente binaria entre lo público y lo privado, entre el mercado y la planificación estatal. En la realidad, existe una relación ternaria entre lo público, lo privado y los comunes. Por ejemplo, en el mundo de la cartografía tenemos, por un lado, una multinacional privada con un cuasi-monopolio privado con “Google Maps” y “Google Street View”; por otro lado, tenemos agencias públicas de mapeo, la mayoría militares; y por último, están los “activistas de la web” que crearon otra opción denominada “OpenStreetMap”, que es un mapa de libre colaboración y acceso que tiene cada vez mayor éxito. En el caso de Francia, el Instituto Geográfico Nacional (IGN) perdió en la competencia porque no podía vender mapas digitales que Google ponía a disposición del público de manera gratuita. De otra parte, “OpenStreetMap” adquirió fama porque fueron capaces de construir, en muy pocos días, un mapa de Puerto Príncipe, Haití, después de su destrucción por el terremoto el 12 de enero del 2010.

También está la opinión de quienes señalan que en verdad hay una relación cuaternaria entre lo público, lo privado, los comunes y la naturaleza. Esta última tiene sus propios procesos de auto-regulación y una dinámica que tiene que ser tomada en cuenta a la hora de cualquier proceso de “gestión”.

Tipología de los comunes

En su concepción original, los bienes comunes eran los bienes naturales, como los bosques y pastizales, a los cuáles los campesinos ingleses de la Edad Media podían acceder para asegurar su subsistencia. Por extensión, el concepto de los comunes se aplicó a todos los recursos naturales manejados en común en sociedades pre-capitalistas: áreas de pastoreo, sistemas comunitarios de riego, pesca, silvicultura, etc.

En los últimos tiempos, se empezaron a conceptualizar los bienes comunes del conocimiento en respuesta al endurecimiento de las reglas de propiedad intelectual. A principios de la década de 1980, aparecieron los “softwares libres” que no estaban protegidos debido a que el “software”, es decir, los programas, no estaban sujetos a un cargo monetario separado del “hardware”, que eran los equipos de computación que vendía la industria de la informática. Está situación cambió cuando IBM lanzó, en 1981, un plan de contingencia para competir con los nuevos empresarios de Silicon Valley, como Apple, que comercializaban los primeros microordenadores. Microsoft patentó su sistema operativo para facturarlo de forma independiente de la PC “personal computer” de IBM. Esta transformación en la industria del software dio lugar a la creación, en 1985, de la FSF, la “Free Software Foundation” que sería la organización de apoyo para las licencias de software libre, entre las cuáles la más conocida es la “General Public Licence” (GPL10)[3]. Para Richard Stallman, fundador de la FSF, y el movimiento por el software libre, éste es “un bien común de la humanidad” que debe ser accesible a todos. Este es un movimiento que ha crecido constantemente hasta el punto que, en la actualidad, la mayor parte del software es libre o basado en software libre.

En la década de los 2000, los comunes del conocimiento se expandieron a través de dos iniciativas. La primera fue la introducción de los Creative Commons[4] que son un conjunto de licencias que pueden liberar cualquier obra intelectual, foto, texto, música, etc. de los derechos de autor y de propiedad intelectual. Gilberto Gil, uno de los más grandes artistas brasileños y ministro de cultura en el gobierno de Lula, difundió varias de sus obras bajo la licencia Creative Commons. La otra iniciativa se desarrolló en el mundo académico y experimenta el embate de las normas de propiedad intelectual al enfrentarse al “monopolio de hecho” de grandes editoriales que controlan las publicaciones académicas. Una situación en extremo absurda ya que la gran mayoría de los investigadores y los docentes de educación superior perciben un sueldo y no reciben nada por sus publicaciones académicas. En respuesta a esta situación, y para permitir que las universidades de los países del sur, que a menudo carecen de los medios para pagar las suscripciones a revistas académicas caras, fue lanzado el “Open access initiative”[5], el año 2002 en Budapest. De esta forma los investigadores del mundo pueden publicar los resultados de su trabajo de manera libre.

La creciente preocupación ambiental y la conciencia de la gravedad de los problemas, como el cambio climático y la contaminación del aire y los océanos, ayudaron a que surja la idea de que los comunes podrían ser el enfoque correcto. Entre las muchas iniciativas que se han tomado para evitar la privatización de los comunes, y las que más éxito han alcanzado, son las vinculadas al agua. Los ejemplos más notables fueron las guerras del agua en Bolivia en las cuales se ganaron peleas en contra de la privatización en Cochabamba y El Alto. Otro ejemplo notable, es el referéndum en Italia en el cual prevaleció el SI al “agua como bien común”. Estas victorias, sin embargo, no han devenido en un incremento de la capacidad de la población para gestionar el agua como bien común. En Bolivia, la gestión pública del agua no produjo los resultados deseados, y la transición a una “gestión público-social”, que era el reclamo de los movimientos en contra de la privatización, encontró resistencia tanto de las autoridades como de las burocracias sindicales y la tecnocracia de las empresas públicas del agua. De esta manera, estos comunes que involucran a la naturaleza se quedaron a medio camino, como proyectos sin una concreción real.

El gran desafío de los comunes vinculados a la naturaleza es que ahora involucran a millones e incluso miles de millones de personas. En las sociedades pre-capitalistas los comunes de la naturaleza eran gestionados por decenas o cientos de pastores o campesinos, en cambio ahora, algunos comunes, como el clima, requieren de una gestión comunitaria de carácter planetario.

Por último, están los comunes que involucran a cooperativas, mutuales, asociaciones y empresas sociales que están inmersas en la economía social solidaria. Se trata de comunes muy diversos, como puede ser una cooperativa retomada por sus trabajadores después de un conflicto social o un banco mutualista con una cartera de miles de millones de euros. Estas estructuras pueden ser híbridas y tener diferentes dinámicas que las terminan alejando de los comunes. Sin embargo, es de señalar que las cooperativas fueron la primera respuesta del movimiento obrero y el movimiento socialista del siglo XIX como alternativa al capitalismo industrial, basado en la explotación y la alienación de los trabajadores.

En resumen, tenemos “comunes” muy distintos unos de otros. Las diferencias y tensiones son numerosas y muchas veces dificultan la clasificación y delimitación de los mismos. La escala, objeto, formas de autogestión y dinámica de los mismos complejizan su análisis. El propósito de la producción y su relación con el mercado es otro elemento a considerar que incide sobre los “comunes”. No es lo mismo producir para el autoconsumo de una comunidad que producir para el mercado local, nacional o mundial. Los comunes no se desarrollan en el vacío sino que están en permanente interacción con otras formas de gestión pública y privada en ecosistemas que no son inmutables en el tiempo.

Existen diferentes tipos de “comuneros”. Por un lado, están los que quieren acceso universal al conocimiento, como los productores de software libre que quieren la más amplia difusión de todos los códigos, y por otro lado, están las comunidades indígenas que sólo comparten sus saberes ancestrales de manejo de semillas con los miembros de su comunidad o con “aquellos en quienes confían”.

Esta diversidad, complejidad y tensiones que existen entre los “comunes” lejos de debilitar su enfoque lo enriquece y nos obliga a partir de la realidad antes que de esquemas que, muchas veces, no abarcan las múltiples dimensiones de los procesos de gestión y de construcción de lo común que se dan por fuera de lo público y lo privado.

Derechos, “commoning” y el cuidado de los comunes

En el seno de la modernidad occidental y el capitalismo encontramos dos mitos: la soberanía ilimitada del Estado tal como lo define Hobbes en el Leviatán, y la fe en la institución de la propiedad que permite a John Locke vincular la propiedad privada y la prosperidad general. Serge Gutwirth e Isabelle Stengers, seguidos por Fritjof Capra y Ugo Mattei, nos recuerdan que el equilibrio entre los derechos de propiedad y el poder del Estado está en constante evolución (Gurtwirth y Stengers, 2016) (Capra y Mattei, 2015). Estamos en una fase histórica donde el Estado renuncia a una serie de sus prerrogativas para defender a la propiedad privada, porque el Estado, al final de cuentas, es también un propietario. Entre la soberanía estatal y la soberanía de la propiedad privada no hay lugar para los comunes, que se rigen por un conjunto de derechos y obligaciones en virtud de otras lógicas. Para Ostrom es posible desglosar los comunes en un conjunto de derechos que pueden ser adjudicados a diferentes usuarios: acceso, gestión, alienación, exclusión y eliminación. Los derechos de uso -que incluyen acceso, eliminación y exclusión- están relacionados con los orígenes históricos de los “comunes”, como ser el derecho al pastoreo y a los bosques, pero no se aplican realmente a los “comunes” del conocimiento donde existe el derecho de acceso pero no el de exclusión porque no existe rivalidad entre sus usuarios.

Burns Weston y David Bollier van más allá de la simple descripción de los diferentes tipos de derechos y hacen hincapié en la importancia del “commoning”, que es el hecho de “hacer en común”, de actuar colectivamente para el desarrollo de los comunes. El “commoning” es la lógica que está presente en los diferentes tipos de comunes. El concepto “commoning” permite describir las prácticas que son similares en la gestión de los comunes, excluyendo aquellas que se realizan a través de la propiedad privada o que son asumidas por el Estado y sus instituciones. El concepto de “commonig” se basa en una cultura de cooperación y reciprocidad (Weston y Bollier, 2013). Capra y Mattei desarrollan un enfoque innovador al distinguir una práctica extractivista de una generadora. El sistema jurídico actual se basa en una mentalidad extractivista que atomiza la sociedad en base a la noción de individualismo por la cual todo trato humano es reducible a una relación de propiedad. En cambio, el derecho al “commoning” es generador porque se basa en relaciones de cooperación, reproducción, acceso e inclusión y promueven nuevas prácticas bajo una lógica imaginativa para el desarrollo de los comunes, aquello que en América Latina se denomina el “pro común”.

“Commoning” es un derecho generador que promueve conceptos claves para el funcionamiento de todos los comunes. Podemos entonces proponer un principio que una a todos los comunes: el “cuidado”. Ostrom ha mostrado aquello que ha permitido perdurar a los comunes a través de diferentes ejemplos de gestión de recursos por diferentes actores locales, a través de normas sociales y acuerdos institucionales. En los diversos ejemplos de comunes podemos ver que, más allá de sus diferencias, sólo la gestión directa y el “cuidado” que realizan las comunidades permiten la sostenibilidad de los comunes. Si los pequeños agricultores dejaran de cruzar y seleccionar sus semillas o variedades de animales, sus prácticas y conocimientos acumulados tendrían mayor riesgo de ser monopolizados por multinacionales, como Monsanto, u organismos paraestatales, como el INRA en Francia. Si los millones de contribuyentes de Wikipedia dejaran de escribir y actualizar sus textos, la mayor enciclopedia del mundo desaparecería o terminaría siendo absorbida por un grupo privado o una estructura pública. Si los habitantes de un pueblo ya no quieren continuar con la gestión de los bosques comunales, estos escaparán a su control. Entonces hay que considerar que en todos los campos existe una presión corporativa, e inclusive estatal, para controlar estos bienes comunes e insertarlos en las dinámicas capitalistas, depredadoras y extractivistas, como parte del modelo dominante.

Bienes Comunes y derechos fundamentales

Como se mencionó anteriormente, en el siglo XIX, durante la aparición de las teorías socialistas y comunistas, se extendió la aspiración de contar con cooperativas o asociaciones obreras de producción que permitieran emanciparse del salario. Mutuales y sociedades de ayuda y asistencia gestionadas por trabajadores completaban el rol de las cooperativas y aseguraban tareas de solidaridad ante enfermedades y la vejez. Estas asociaciones se basaban en un capital común, inalienable e inseparable, que atrajo “comunes” del campesinado feudal. Este fue el principio de una separación entre la propiedad colectiva y la capacidad de uso de una persona para participar en la producción material.

Al final del siglo XIX y principios del siglo XX empezó a desarrollarse otra visión. La propiedad colectiva se fue transformando en una propiedad pública bajo el control del Estado y las autoridades locales. Dos elementos importantes explican esta transformación:

Al final del siglo XIX emergió un mundo totalmente nuevo debido a los aportes de la segunda revolución industrial, la aparición de la “gran empresa” bajo el modelo alemán, el desarrollo de redes técnicas – las vías férreas, la electricidad y el teléfono – mientras terminaba el primer período de globalización y se afirmaban las grandes potencias que se dividieron el mundo. En este contexto, la socialdemocracia y el movimiento comunista desarrollaron una visión del socialismo orientada a continuar con el avance de estas redes técnicas y de la gran industria bajo un Estado planificador.
En la misma época, las aspiraciones populares y las necesidades de una industria moderna convergieron para desarrollar un servicio público de educación gratuita y obligatoria, y sistemas de protección social para cubrir riesgos, enfermedades, accidentes de trabajo y la jubilación. Es entonces que apareció la idea de que los derechos universales no se limiten a los derechos democráticos tal y como estaban enunciados en la declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano, de la revolución francesa de 1789, sino que incluyan “derechos positivos” como los derechos sociales y económicos (derecho a la educación, a la vivienda, etc.) que serían reconocidos, en 1948, por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

En este contexto, los comunes del siglo XIX, heredados de las sociedades feudales y de las cooperativas obreras de producción, entraron en declive por dos cuestiones: por un lado, no correspondieron a los criterios de progreso y eficiencia que hicierion posible la gran empresa y la planificación estatal; y por otro lado, no permitieron pensar en derechos sociales de carácter universal.

Pasó casi un siglo para que la cuestión de los comunes regrese al centro de la discusión a través del movimiento altermundialista y de círculos académicos. Varias razones explican el regreso de los comunes: el balance negativo de experiencias de administración económica por el estado y el sector privado; el rechazo a las privatizaciones; la crisis de la idea de progreso como fue concebida a principios del siglo XX (inclusive por los estados socialistas que desarrollaron visiones industrialistas); y, finalmente, la aparición de nuevas categorías de comunes, como el conocimiento y la naturaleza. Los comunes de la naturaleza, que abarcan el clima, los océanos, la atmosfera y otros componentes del sistema de la Tierra, están amenazados por las actividades humanas en el actual período histórico, que se denomina el Antropoceno.

Estas nuevas categorías de comunes se caracterizan porque van de la mano de la definición de nuevos derechos universales: “derecho de acceso al conocimiento” para los comunes de la era digital, y “derechos fundamentales” de tercera o cuarta generación para los comunes de la naturaleza.

Después de los derechos civiles y políticos y de los derechos económicos y sociales, se empezaron a definir derechos más generales como “el derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado y respetuoso de la salud”, integrado en la constitución de Francia en el 2005; o derechos todavía más amplios cómo los “derechos de la naturaleza” que abarcan a elementos no humanos del sistema de la Tierra y que son defendidos por la Declaración Universal de Derechos de la Madre Tierra, propuestos por Bolivia ante las Naciones Unidas[6]. El desarrollo de nuevos derechos fundamentales dará un nuevo impulso al concepto de los “comunes” y, así mismo, provocará una reflexión más amplia sobre la relación entre los comunes, la naturaleza, y su relación con lo privado y lo público.

Bienes comunes y democracia

A la luz de la experiencia histórica, el interés más importante en la defensa y expansión del dominio de los comunes es que se constituyen en uno de los enfoques más favorables para ejercer el cuidado de lo común, a través de una real propiedad social y una democracia directa, que no se reduzca a un momento de lucha o de experiencia revolucionaria; o de una relación vital, no necesariamente de propiedad, sino de interdependencias y eco-dependencias, como lo sugieren las ecofeministas considerando los aportes de las reflexiones contemporáneas sobre la crisis del clima, la alimentación o el agua.

La delegación del poder a las instituciones políticas puede corregirse a través de la democracia participativa por la introducción de mecanismos de revocación de los elegidos o por la extensión del derecho al referéndum. Sin embargo, la experiencia nos muestra que hay serias dificultades para poner en práctica estas medidas y, mucho más, para que estas acciones de innovación política puedan perdurar en el tiempo, como es, por ejemplo, el caso de los presupuestos participativos que nacieron en 1988, en Porto Alegre, Brasil. Los comunes requieren de un involucramiento participativo y no solamente de la transformación de las estructuras de poder político. En esa medida, los comunes son un mecanismo para empezar a ejercer, en la práctica, alternativas de sociedad.

Así, los comunes permiten restablecer una tradición del socialismo del siglo XIX, de Owen a Fourier, que coloca en el centro del proceso de emancipación las prácticas sociales a nivel de la educación, las cooperativas, la vida comunitaria, las relaciones entre hombres y mujeres, etc.

Los comunes del conocimiento y los comunes de la naturaleza nos permiten pensar en nuevos derechos fundamentales, y en algunos casos, nos brindan la posibilidad de ejercerlos sin pasar por la esfera pública. El internet es un ejemplo bastante interesante. En los años noventa, empresas privadas como AOL y servicios públicos como Minitel, en Francia, realizaron los primeros intentos de ofrecer nuevas bases de conocimiento y nuevos medios de comunicación para el público en general. Hoy, el internet ha superado aquellas primeras experiencias y se ha impuesto en el mundo entero, motivo por el cual existen muchos defensores de la idea de que su acceso debería ser considerado como un derecho fundamental. Desde los años ochenta, gracias a una comunidad de ingenieros y universitarios que construyeron la red con programas de software libre, el internet logró desarrollarse con una identidad colaborativa y abierta a todo el mundo. Ciertas características permiten definir al internet como un bien común de la humanidad que es administrado por una comunidad técnica capaz de auto gestionarse y donde, al no ser manejada por los Estados, se generan constantemente diversos conflictos y debates. Estos conflictos se experimentan de dos maneras: 1) la intención de controlar el internet a través de mecanismos nacionales creados en nombre de la defensa de la propiedad intelectual, la lucha contra el terrorismo y la pedofilia, y 2) la propuesta de establecer un sistema interestatal que se encargue de gestionarlo. Estas cuestiones son centrales en las movilizaciones que se desarrollan en varios países del mundo contra el ACTA (del inglés Anti-Counterfeiting Trade Agreement, en español Acuerdo comercial anti-falsificación) y explican el surgimiento de nuevas corrientes políticas, como los partidos piratas, o nuevos movimientos sociales como el “Students for a Free Culture” (Estudiantes por una cultura libre) que tuvo un impacto importante en Estados Unidos, entre 2007 y 2010.

La radicalización de la democracia acompañada de prácticas sociales de apropiación colectiva como los comunes y el surgimiento de la defensa de los derechos fundamentales que no están manejados por el Estado podrían constituir un eje de intervención central para una izquierda que busca una transformación social que permita dar pasos hacia un socialismo que no se confunda con el reforzamiento de las estructuras estatales. Esta intervención podría, por un lado, impulsar leyes y políticas que amplíen las libertades y derechos favoreciendo el desarrollo de los diferentes tipos de comunes y, por otro lado, promover el involucramiento de todos en las diferentes formas de propiedad colectiva, difundiendo sistemas de valores basados en compartir y en cuidar del otro. Las formas particulares de esta intervención pueden ser muy variadas y ligadas a mantener y mejorar la producción de los comunes agrícolas y las cooperativas, y a generalizar las prácticas individuales y sociales apoyadas en valores comunes para el cuidado de los bienes comunes.

Hibridaciones y trayectorias comunes

Las relaciones sociales que están en el centro de los comunes son contrarias a la lógica capitalista y a la gestión pública-estatal. Sin embargo, en la realidad existen una serie de interrelaciones y realidades híbridas porque los comunes no pueden escapar a la influencia de su entorno.

Todo indica que el capitalismo no se hubiera podido desarrollar sin el Estado moderno. Esta interdependencia conlleva una influencia reciproca sobre los métodos de gestión, la organización del trabajo, la construcción de las instituciones en varios campos, la investigación, la educación, la innovación, la protección social, la gestión de mercados, etc.

En el ámbito de los comunes, una de las primeras transformaciones fue la adopción, por parte de cooperativas y mutuales, de estructuras muy similares a las de grandes grupos capitalistas. Hoy en día, las cooperativas agrícolas y los bancos mutualistas se encuentran a la vanguardia de ese proceso de transformación. En los países desarrollados, las cooperativas agrícolas se encuentran en una carrera hacia el gigantismo. En Estados Unidos, son un sector que factura 140 mil millones de dólares. En Francia, representan el 40% del sector alimentario y factura 60 mil millones de euros. Al mismo tiempo, estas cooperativas agrícolas adoptan cada vez más prácticas agroindustriales y formas de gestión muy parecidas a las multinacionales. El sector bancario vive un proceso similar. La diferencia entre los bancos mutualistas y los bancos privados es cada vez menor. Estas transformaciones se explican por tres elementos: primero, la globalización neoliberal que empuja a las cooperativas a asumir métodos de gestión que les permitan hacer frente a la competencia internacional; segundo, el distanciamiento de los cooperativistas “de base” que cada vez se involucran menos en la gestión y cuidado de sus cooperativas; y, finalmente, la exacerbada autonomía de los dirigentes de las cooperativas que promueven el distanciamiento de las bases y aceleran la integración de sus cooperativas con el mundo y las dinámicas de las multinacionales capitalistas.

El segundo proceso de transformación a destacar es cómo la economía colaborativa comienza a estar bajo el control de algunos negocios digitales. La economía circular y la economía colaborativa son conceptos diferentes a los de los comunes. Sin embargo, son parte de la tendencia general a favor de compartir, reciclar y de pequeños circuitos entre productores y consumidores. Un elemento central de los comunes del conocimiento, el digital, ha facilitado la implementación de estas prácticas a través de dispositivos y plataformas que facilitan el compartir. Sin embargo, el ámbito digital de los comunes permite a grandes y poderosos actores beneficiarse de los efectos de la red y apuntar hacia un posible monopolio. Es el caso, entre otros, de las redes sociales como Facebook o Twitter, de las herramientas de trabajo de google y las plataformas colaborativas como Uber, Airbnb o Blablacar.

Frente a estos tipos de “privatización”, dos formas de reacción se están desarrollando. La primera es apuntar a quienes trabajan en estas plataformas para que gocen de los mismos derechos de todo trabajador. Ese es el caso de Estados Unidos, donde hay iniciativas para que a los choferes de Uber se les otorgue el status de asalariados y así puedan acceder a los beneficios sociales que conlleva dicho estatus. La otra reacción, proveniente del mundo de los comunes, busca desarrollar alternativas “libres” de estos grandes consorcios de la economía digital: programas libres, plataformas realmente colaborativas basadas en la cultura del intercambio y sin ánimo de lucro, etc.

Para terminar con la complejidad de los procesos de los bienes comunes y la hibridación, es importante tomar en cuenta el surgimiento y el desarrollo de una lógica de los comunes dentro los servicios públicos, en las instituciones y en las grandes empresas. Si la presencia de los padres de familia para el funcionamiento de los establecimientos escolares es considerada “antigua” y la intervención de los enfermos en los servicios de salud apareció con la epidemia del SIDA en los años ochenta; hoy, esta intervención, es facilitada por las herramientas digitales que permiten a los pacientes interconectarse, incidir sobre su tratamiento y acceder a medicamentos. Lo digital facilita también las iniciativas de control de las instituciones y de las empresas, gracias al accionar de colectivos de ciudadanos que filtran o sistematizan la información y hacen posible la publicación de información en blogs o páginas web.

Debates a profundizar

Un tema que merece una mayor reflexión es aquel vinculado a los modos de gestión de los comunes. La práctica del “cuidado”, que está inmersa en los comunes, quiere decir implicarse, involucrarse y, por consecuencia, estar estrechamente vinculado a la gestión de los comunes. Las formas que adquiera esa intervención pueden ser muy variadas. Los casos de los grandes comunes como Wikipedia o del internet en sí mismo, son particularmente interesantes porque tienen funcionamientos similares a algunos movimientos de reciente aparición como los “Indignados” u “Occupy” que se basan en tres principios: participan quienes lo deseen, las decisiones se adoptan por consenso, y, los acuerdos alcanzados son socializadas al nivel local más amplio posible.

Esta forma de funcionamiento, sin embargo, presenta ciertos problemas porque tiende a dejar de lado el debate político y no transparenta realmente los procesos de toma decisión que ocurren fuera de las grandes asambleas. Esto nos plantea una cuestión central para la gestión de comunes cada vez más amplios: ¿qué entendemos realmente por “democracia real”? ¿Cuáles son sus elementos constitutivos? ¿Cómo profundizar esa democracia real para que no acabe siendo cooptada o distorsionada por formas político partidarias o estatales?

No sólo se trata de la democracia al interior de los comunes sino en relación al Estado. ¿Cuál debe ser la postura de los comunes frente al Estado? ¿Qué tipo de transformaciones deben producirse en el Estado desde la perspectiva de los comunes? ¿Es posible “comunizar” el Estado o por el contrario el más grande aporte de los comunes es crear una suerte de contrapoder al Estado preservando siempre un tipo de autonomía de los comunes frente al poder estatal? ¿Cómo combinar ambas estrategias de transformación radical del Estado y, al mismo tiempo, de construcción de un contrapoder de los comunes al Estado? De hecho, muchas realidades, sobre todo en los países del sur, nos muestran dinámicas acaparadoras del Estado que tienden a reglamentar y tener dominio legal y fiscal sobre todas las actividades, en particular, las relacionadas con la gestión territorial, a pesar de los innumerables instrumentos que se han ido creando en sistemas legislativos locales y multilaterales, afectando de este modo la existencia de las estructuras de los comunes vigentes.

Así mismo, es fundamental reflexionar sobre cuál es la visión de prosperidad, modernidad o futuro que tienen los comunes. En la actualidad toda forma de gestión privada, estatal y comunitaria responde a una cierta dinámica que implica un ahora y un mañana. ¿A dónde se quiere llegar con los comunes? ¿Hay una visión crítica compartida en el movimiento de los comunes sobre el desarrollo, el progreso, el productivismo y la modernidad? ¿No es este un tema esencial para el potenciamiento de los comunes en el siglo XXI?

Por último, es fundamental reflexionar sobre la relación de los comunes con la naturaleza. Es decir, cómo se construye y se alienta la promoción y necesidad de comunes no antropocéntricos en el siglo XXI. Los comunes más antiguos practicados por pueblos indígenas no eran antropocéntricos. Estas relaciones eco-sociales, en un momento de crisis planetaria, son más necesarias que nunca, por lo que tienen que darse a una escala jamás antes vista. ¿Qué formas de gestión de los comunes son las más apropiadas en relación al clima, los océanos y los glaciares? Hasta ahora se han ensayado iniciativas inter-estatales que han sido poco efectivas. ¿Cómo construir formas de gestión para estos comunes de carácter planetario? ¿Cómo generar una conciencia global que realmente asuma el desafío de nuestro tiempo de “cuidar” la Tierra?

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[1] Este capítulo ha contado con la colaboración de Elizabeth Peredo Beltrán (Bolivia)

[2] http://commonsstrategies.org/who-we-are/

[3] http://www.gnu.org/licenses/licenses.fr.html

[4] https://creativecommons.org/

[5] http://www.budapestopenaccessinitiative.org/

[6] http://www.worldfuturefund.org/Projects/Indicators/motherearthbolivia.html