Consulta del Tren Maya demostró que los pueblos continúan siendo objeto de política pública y no sujetos de derecho: Equipo Indignación
Desinformémonos
Ciudad de México | Desinformémonos. La consulta oficial para aprobar el megaproyecto del Tren Maya en la Península de Yucatán demostró que «los pueblos originarios continúan siendo objeto de política pública y no sujetos de derecho», señaló el Equipo Indignación luego de publicar tres observaciones sobre el proceso de consulta que el gobierno federal llevó a cabo los pasados 14 y 15 de diciembre, con la que las autoridades dejaron ver que «todo el discurso detrás de la supuesta ‘entrada del progreso al sureste mexicano’ revela un lenguaje tutelar, asimétrico y racista».
De acuerdo con los defensores que integran Indignación, para la consulta sobre el Tren Maya las comunidades indígenas no conocieron el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) del proyecto ni fueron informadas sobre el modelo de desarrollo que éste implica, así como tampoco se definieron quiénes eran los «sujetos de consulta» ni los parámetros del ejercicio.
Sobre la falta de información del modelo de desarrollo que entraría con el Tren Maya, el Equipo Indignación señaló que las comunidades indígenas no recibieron información previa sobre los subcentros urbanos y los «polos de desarrollo» que se instalarían en las estaciones del tren ni se hizo referencia al tipo de empleos que se generarían, con sus características salariales y de prestaciones sociales, y «en general a los beneficios económicos que recibirían las poblaciones en comparación con los que obtendrían los grandes inversionistas».
«El temor de que un gobierno que llegó al poder montado en un discurso anti-neoliberal termine impulsando un modelo de desarrollo de marcado corte neoliberal que beneficie a los inversionistas, aporte muy poco económicamente a las comunidades y a sus individuos y devaste sus territorios, bienes naturales y sus culturas y conocimientos, es una preocupación más que fundada», destacó Indignación.
Respecto al MIA, los activistas manifestaron su preocupación sobre que «las fases de consulta y deliberación se hayan realizado sin que el gobierno haya presentado las manifestaciones de impacto ambiental», con lo que las características de una consulta «previa e informada» establecidas por el Convenio 169 de la OIT dejaron de cumplirse.
Finalmente, Indignación criticó que «una de las mayores deficiencias del proyecto del TM (Tren Maya)» fue que no se definió claramente ni por parte de los pueblos mayas ni por parte del Estado mexicano quiénes serían los sujetos de consulta. «No hubo un proceso en donde participaran todos los habitantes de los pueblos por el cual se hubiera nombrado autoridades representativas. La consulta, al parecer, se diseñó considerando como representantes del pueblo maya a los alcaldes municipales y las autoridades ejidales ya elegidos», explicaron los defensores.
Ante las irregularidades en el proceso de consulta, el Equipo Indignación señaló que es necesario que el Estado mexicano «tome en serio el derecho a la libre determinación de los pueblos originarios y obre en consecuencia», así como remarcó que fue «patente» el nivel de asimetría que continúa existiendo entre el Estado Nacional y los Pueblos Originarios.
El Tren Maya
OBSERVACIONES DEL EQUIPO INDIGNACIÓN A.C. TRAS LA CONSULTA AL PUEBLO MAYA PENINSULAR
CHABLEKAL, YUC.
18 DE DICIEMBRE DE 2019
La propuesta del gobierno
El Gobierno Federal (2018-2024) ha lanzado el proyecto conocido como “Tren Maya” ™, que pretende conectar las principales ciudades y circuitos turísticos en los cinco estados del sureste mexicano de la región maya (Yucatán, Campeche, Quintana Roo, Chiapas y Tabasco), por medio de 1.460 km de vía férrea y 18 estaciones de tren. Más allá del tren como medio e instrumento de comunicación y transporte, el Gobierno ha presentado el TM como “la implementación de un nuevo paradigma en turismo que no solo busca preservar los ecosistemas, sitios turísticos y culturas locales en la medida de lo posible, sino también generará un contexto que propicie el reconocimiento y respeto de los pueblos originarios y la ecología de la región; además de integrar a la población en la dinámica de crecimiento económico”. Según este ambicioso objetivo, el proyecto del TM es mucho más que un tren: se anuncia como medio para generar tres finalidades medulares en los lugares por donde pasará: preservará los ecosistemas (finalidad ecológica), promoverá el reconocimiento y respeto de los pueblos originarios (finalidad de libre determinación) e integrará a los mayas al crecimiento económico (finalidad económica). Los días 14 y 15 de diciembre de 2019 se realizó en cinco estados del sureste, en 84 municipios involucrados en el trazo de la vía del tren, la fase deliberativa de la consulta sobre el TM, después de una sesión de información que se tuvo unos quince días atrás. En el caso de Yucatán, se realizaron asambleas regionales en Dzitás, Chichimilá, Tunkás, Tixpéhual y Maxcanú. Previamente a la consulta, Indignación AC reflexionó con algunos pueblos sobre los posibles impactos sociales del TM. Durante el proceso de consulta, integrantes del equipo se desplazaron para ser testigos del ejercicio. En este documento expresamos nuestra opinión sobre el proyecto TM en general, y sobre la realización de la consulta en particular.
2
Introducción:
“Integrar a la población a la dinámica de crecimiento económico”
Aunque la información se ha compartido a cuentagotas desde que el proyecto TM fue anunciado, la declaración gubernamental de que es un proyecto “de ordenamiento territorial, infraestructura, crecimiento económico y turismo sostenible” sustenta una de las principales preocupaciones que el proyecto despierta: el modelo de desarrollo que maneja. Muchas organizaciones, tanto sociales, académicas y de investigación, señalan que más que el tren mismo, lo que importa en este nivel económico son los lugares donde se pondrán las estaciones, concebidas como subcentros urbanos de corte turístico que, al detonar la economía de la zona, produciría –según dogma neoliberal de difícil comprobación– bienestar social a los habitantes de la zona maya.
3
Primera Observación:
Este tipo de propuestas no son nuevas. Ha sido este mismo discurso el que ha convertido las costas del estado de Quintana Roo, denominadas también como “Riviera Maya”, en un ejemplo de depredación ambiental, desigualdad estructural y de inseguridad social. No hay nada que nos asegure, salvo la palabra del gobierno, que no se repetirá lo mismo en el proyecto del TM: desarrollos urbanos mal planeados con crecimiento descontrolado y servicios insuficientes, grandes ganancias para constructores y en su caso para quien se beneficie con la operación del TM, empleos precarios y mal pagados para la población y pérdida de tierras y territorios de ejidos y comunidades campesinas e indígenas. La Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en su artículo 23, sostiene que los pueblos originarios tienen el derecho a decidir el modelo de desarrollo que les conviene. Pues bien, nada sobre estos subcentros urbanos fue puesto a consulta en las jornadas pasadas. El temor de que un gobierno que llegó al poder montado en un discurso anti-neoliberal termine impulsando un modelo de desarrollo de marcado corte neoliberal que beneficie a los inversionistas, aporte muy poco económicamente a las comunidades y a sus individuos y devaste sus territorios, bienes naturales y sus culturas y conocimientos, es una preocupación más que fundada. Esta preocupación viene a reforzarse debido a que se ha dado a conocer que el TM tendrá como instrumento de financiamiento para los subcentros urbanos y “polos de desarrollo” establecidos en las 17 estaciones, un Fideicomiso de Inversión en Infraestructura y Bienes Raíces (FIBRA) que, a decir de investigadores en la materia, son los instrumentos de inversión inmobiliaria que han favorecido en los últimos años la expansión de unidades habitacionales, torres de oficinas, centros comerciales, hoteles, parques industriales y otras infraestructuras, agrupados en portafolios de inversión bajo el control del capital global, en los que los capitales locales participan en
4
forma subordinada . Las FIBRAs han sido los mecanismos 1 que han permitido que el capital transnacional se fije y se territorialice en distintas partes del mundo . 2 Por eso era necesario que en los procesos de información y consulta se hubiera hecho referencia al tipo de empleos que se generarían, con sus características salariales y de prestaciones sociales; en general a los beneficios económicos que recibirían las poblaciones en comparación con los que obtendrían los grandes inversionistas. Nada de esto se habló en la consulta, por lo que juzgamos que resultó deficiente en lo que a información completa se refiere.
Flores, A. 2019. Cartografía del tsunami inmobiliario: el movimiento 1 urbano popular y los vínculos urbanorurales del boom inmobiliario en la ciudad de México. En Espiral, Revista De Geografías Y Ciencias Sociales, 1(1), 007-028. https://doi.org/10.15381/espiral.v1i1.15843. http://revistasinvestigacion.unmsm.edu.pe/index.php/espiral/ article/view/15858/13632
Un estudio detallado de estos pronósticos puede consultarse en el 2 análisis sobre la expansión de megaproyectos en la Península de Yucatán presentado por GeoComunes y el Consejo Civil Mexicano para la Silvicultura. Cfr: Flores Adrián, Deniau Yannick y Prieto Sergio. 2019. El Tren Maya. Un nuevo proyecto de articulación territorial en la Península de Yucatán. México: GeoComunes / Consejo Civil Mexicano para la Silvicultura Sostenible, disponible en www.geocomunes.org/ Analisis_PDF/TrenMaya.pdf 5
“El Tren Maya busca preservar los ecosistemas”
A pesar de las declaraciones a la prensa nacional de que no se tocará ningún árbol en la implementación del TM, estudios calificados sostienen que, al menos en el ramal más crítico del proyecto, que es el tramo Los Laureles – Constitución, situado en las reservas de Calakmul y Balam-kú, “la construcción de la vía férrea incrementará los efectos de barrera y borde causados por la carretera, sobre todo en áreas críticas como la cueva de los murciélagos y los pasos naturales de fauna. El desarrollo urbano-turístico tendrá una repercusión directa en la ocupación de espacios naturales y exacerbará los efectos de barrera (bloqueo y atropellamiento) y de borde (ruido y vibraciones) causados por la carretera y el tren, así mismo, tendrá un efecto indirecto sobre el aumento de tráfico vehicular y la demanda de infraestructura; ambos perjudiciales para la calidad del hábitat” . 3 Para que el TM ofrezca garantías suficientes de que el medio ambiente no resultará gravemente afectado, es necesaria la presentación de las Manifestaciones de Impacto Ambiental (MIA’s). Nos parece especialmente grave que las fases de consulta y deliberación se hayan realizado sin que el gobierno haya presentado las manifestaciones de impacto ambiental. ¿Cómo se garantizará que las comunidades cuyos territorios se verán afectados tengan la información
El estudio completo, titulado “Impacto de la Vía Férrea y del 3 Crecimiento Turístico Asociado al Tren Maya; medidas de mitigación y cambios al diseño para las reservas de Calakmul y Balam-kú”, realizado por académicos de diversas universidades e instituciones educativas de prestigio, puede verse en: https://www.researchgate.net/profile/Jorge_Benitez4/publication/ 330994315_Impacto_de_la_Via_Ferrea_y_del_Crecimiento_Turistico_As ociado_al_Tren_Maya_medidas_de_mitigacion_y_cambios_al_diseno_p ara_las_reservas_de_Calakmul_y_Balam-ku/links/ 5c800984299bf1268d404647/Impacto-de-la-Via-Ferrea-y-delCrecimiento-Turistico-Asociado-al-Tren-Maya-medidas-de-mitigacion-ycambios-al-diseno-para-las-reservas-de-Calakmul-y-Balam-ku.pdf 6
Segunda Observación:
completa sobre la afectación al medio ambiente que provocará el TM si no se cuenta con las MIA’s? Que la MIA debiera haberse presentado antes de la realización del proceso de consulta es, además, de sentido común, porque en el caso de que una MIA determinase que el proyecto es ecológicamente inviable ¿a qué habrían servido las consultas? El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre pueblos indígenas y tribales, fue adoptado en 1989 y ratificado por México en 1990. En él se establece que una consulta indígena es un requisito para que el gobierno mexicano pueda iniciar un megaproyecto, como el TM. Desde nuestro punto de vista, la característica de ser una consulta previa e informada deja de cumplirse desde el momento de que un elemento de la importancia de las MIA, deja de estar al alcance de los pueblos consultados.
7
“Promoverá el reconocimiento y el respeto de los pueblos originarios”
Más allá de la inseguridad sobre la viabilidad económica del TM, su alineamiento con las políticas neoliberales y/o de sus afectaciones al medio ambiente, poco se ha hablado del derecho del pueblo maya a la libre determinación y la manera como –dentro de este derecho mayor, reconocido en el artículo 3 de la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas– han de realizarse las consultas a los pueblos originarios. Como bien señala el “Protocolo para la implementación de consultas a pueblos y comunidades indígenas de conformidad con estándares del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes” de la 4 Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (hoy Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas): “El derecho a expresar el consentimiento o lograr acuerdos y la obligación correlativa que tiene el Estado de consultar constituyen un derecho sustantivo intrínsecamente
Disponible en www.semar.gob.mx/Pueblos_Indigenas.pdf4
8
Tercera Observación:
relacionado con su derecho a la autonomía y libre determinación”. Pues bien, una condición básica para concretar el derecho a la consulta es, según este mismo documento, “Que la consulta se dirija a las personas impactadas (de manera directa e indirecta, positiva o negativamente) o a sus representantes legítimos (respetando sus procedimientos de elección de representantes, sus formas y procedimientos en la toma de decisiones y garantizando la inclusión de las mujeres y la niñez)”. En este campo encontramos u n a d e l a s m a y o r e s deficiencias del proyecto del TM. No se definió claramente ni por parte de los pueblos mayas ni por parte del Estado mexicano quiénes serían los sujetos de consulta. De allí que, al menos en la península de Yucatán, no conocemos cuál ha sido el parámetro de la consulta, dado que no tenemos información de que existan hasta el momento “representantes legítimos” del pueblo maya peninsular. Los cada vez más frecuentes conflictos entre comisariados ejidales y colectivos mayas organizados hacen que las instituciones ejidales difícilmente sean consideradas como una representación legítima del pueblo maya, al menos no en todos los casos. Eso sin contar con que la enorme mayoría de las instituciones ejidales no garantiza, como lo solicita el Protocolo, la inclusión de las mujeres y de la niñez. En nuestra observación pudimos constatar, según información recabada con participantes en las asambleas regionales, que no hubo un proceso en donde participaran todos los habitantes de los pueblos por el cual se hubiera nombrado autoridades representativas. La consulta, al parecer, se diseñó considerando como representantes del pueblo maya a los alcaldes municipales y las autoridades ejidales ya elegidos. Somos del convencimiento de que solamente con una información completa y con el acceso pleno que a ella tengan las comunidades y quienes técnicamente puedan
9
trabajar con ellas y con sus intereses, se podrían instrumentar las consultas necesarias, informadas, previas y con conocimiento sobre el TM. La manera cómo se desarrolló la consulta no nos permite suponer que el TM se llevará habiéndose cubierto los requisitos de información y de consulta real como los que se mencionan. Una anotación final que nos parece pertinente, dado que quedó patente en esta consulta, tiene que ver con el nivel de asimetría que continúa existiendo entre el Estado Nacional y los Pueblos Originarios. La consulta se ha realizado “para” los pueblos en vez de aprovechar la oportunidad de un cambio de paradigma y comenzar a hacerla “con” los pueblos. No se decidió con ellos los tiempos entre las fases informativa y deliberativa, ni se alentó la deliberación participativa en las comunidades de manera que llegara una voz consensuada de las comunidades y/o se definieran mecanismos de representatividad que, al menos en Yucatán, no existen. Los pueblos originarios continúan siendo objeto de política pública y no sujetos de derecho. Todo el discurso detrás de la supuesta “entrada del progreso al sureste mexicano” revela un lenguaje tutelar, asimétrico y racista. Más allá de esta consulta y del tema del TM, nos parece importante insistir en la necesidad de que el Estado Nacional tome en serio el derecho a la libre determinación de los pueblos originarios y obre en consecuencia.