programas prioritariosy, por lo tanto, exentos de la suspensión de actividades, los megaproyectos Tren Maya, Corredor Transístmico, Aeropuerto Felipe Ángeles y la refinería de Dos Bocas, entre otros. La misma indicación se encuentra en el acuerdo de la Secretaría de Salud del 6 de abril, que considera indispensable la producción de insumos para la construcción de dichas obras. Frente a esto, la sentencia emitida por la juez segunda de distrito de amparo y juicios penales federales del estado de Chiapas determinó la suspensión provisional del megaproyecto ferroviario, pues el derecho a la salud tiene
valor preponderante; asimismo, afirma que
de continuar dichas obras se expondrá a numerosas personas a actividades en zonas públicas en pleno confinamiento, poniendo en riesgo su derecho a la vida.
El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) anunció el inicio de la construcción del primer tramo del Tren, que va de Palenque a Escárcega, a principio de mayo. En esta etapa, declaró, se emplearían 850 personas; junto con el número previsto de empleos indirectos, preveía 2 mil 975 personas movilizándose en plena fase 3 de la pandemia. Lo que incrementa el riesgo de contagio acelerado en nuestro municipio y las probabilidades de muerte
, expresa el texto del amparo.
Detener el avance de la obra y adoptar medidas precautorias es la exigencia de la queja interpuesta ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos por organizaciones mayas de la península de Yucatán el pasado 6 de mayo.
El respeto al derecho a la salud no es una demanda coyuntural, pues la falta de acceso a los servicios básicos es estructural en las regiones indígenas y rurales en Chiapas. Palenque, con 120 mil habitantes, tiene un hospital de 30 camas; esto es, una por cada 4 mil habitantes. En Ocosingo, dos hospitales y 65 camas para 219 mil personas, una media parecida. No hay unidades de cuidado intensivo, aunque en Palenque, por la contingencia, se instaló un centro con 12 camas y dos ventiladores.
A ello se suma la generalizada falta de agua entubada y la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, así como del hábitat en las zonas interesadas por el cultivo y el procesamiento de palma africana y otros productos agroindustriales. El conjunto de las condiciones en la región representa una violación rotunda al nivel de vida adecuado
que demanda la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 25).
Las instituciones encargadas afirman que el megaproyecto Tren Maya tuvo una aprobación generalizada en la cuestionada consulta
realizada en diciembre 2019. Las intervenciones de los representantes agrarios de las comunidades que participaron en las Asambleas Regionales Consultivas expresan el apoyo
a la obra junto con la solicitud de servicios básicos, entre los que destaca la reiterada exigencia de clínicas, consultorios, hospitales, personal médico y medicamentos. Al igual que en el caso del Corredor Transístmico, la Secretaría de Bienestar ofreció la resolución de tales demandas condicionándola, indirectamente, con la anuencia al proyecto.
La emergencia sanitaria pone de manifiesto la necesidad de asegurar el respeto a garantías básicas, a la salud, en el contexto de extrema vulnerabilidad de la población indígena y rural frente a la pandemia. El impulso de obras destinadas a la industria turística, como el Tren Maya, no tiene ninguna relación con el derecho a la salud y a la vida.
Los pueblos indígenas saben que el cuidado mutuo es el corazón de la salud. La autonomía zapatista y su sistema de salud, que incluye promotores, hueseras, hierberos e infraestructura propia, ha permitido un gran avance en la calidad de vida, señala Saúl Hernández, coordinador de Salud y Desarrollo Comunitario AC. Los zapatistas se adelantaron a las medidas de sana distancia
y, desde marzo, cerraron el acceso a su territorio. En las zonas Selva y Norte, elaboraron guías y manuales de orientación para prevenir contagios.
Parar los megaproyectos que traen violencia, marginación y muerte: la demanda, rompiendo las barreras del aislamiento sanitario, poco a poco se transforma en acciones. El instrumento legal del amparo contra la muerte
exige al gobierno el respeto a la naturaleza, a la madre tierra y a las culturas originarias: en sustancia, el respeto a la vida.
* Profesora-investigadora, dirección de Etnología y Antropología Social, INAH
** Periodista