Gobierno venezolano militariza extracción forestal y minera en Bolívar y Delta Amacuro
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El 22 de diciembre, en plena temporada navideña y flexibilización de la cuarentena en Venezuela, el gobierno de Nicolás Maduro publicó en Gaceta Oficial Nº 42.032 un decreto presidencial para la creación de la Zona Económica Especial Militar de Desarrollo Forestal (Zeemdef) en la altiplanicie o meseta de Nuria, entre los municipios Sifontes del estado Bolívar y Antonio Díaz del estado Delta Amacuro, una zona cercana al territorio esequibo.
El decreto presidencial permite a la FANB retomar el control de esta zona y establece la simplificación de trámites y permisos para actividades diversas de extracción de recursos naturales en la zona, entre las que mencionan a la minería.
De esta manera se establece que el área pasará a ser regida por el Ministerio para la Defensa y se oficializa la creación de la Empresa Militar para el Aprovechamiento Sustentable de Productos Forestales y Recursos Naturales S.A. (Emasproforn) que servirá de ente comercial para la extracción de recursos naturales.
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¿Cuál es el alcance y objetivos de esta zona militar para la extracción de madera y minerales?
El documento detalla que uno de los objetivos de la denominada zona especial militar de desarrollo forestal es “aprovechar los recursos forestales y desarrollar la actividad de transformación industrial de los recursos naturales maderables y su comercialización, con el propósito de satisfacer las necesidades logísticas de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en conjunto con la iniciativa privada nacional y extranjera”.
Se desconoce la extensión territorial específica de esta zona especial militar, que será en el ente administrativo encargado de regir el área, pero la Gaceta indica que al menos una de las coordenadas está incluida dentro del bloque 4 del Arco Minero del Orinoco.
También el decreto presidencial del 22 de diciembre de 2020 contempla la creación del Servicio Desconcentrado para la Gestión de Protección de Productos Forestales y Recursos Naturales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, bajo la gestión de la Guardia Nacional, para la gestión de esta zona económica especial.
El artículo 6 del documento indica que este Servicio tendrá como objeto principal la planificación, administración y vigilancia de estas zonas en cuanto a la guardería del ambiente, el aprovechamiento de recursos forestales, resguardo de los procesos ecológicos en los bosques, suelos, aguas, riquezas naturales, fauna, flora, parques nacionales, monumentos naturales, cualquier otra área Bajo Régimen de Administración Especial (Abrae), “así como el saneamiento ambiental y el resguardo minero”. Este servicio estará a cargo de esta y otras zonas económicas especiales militares en materia forestal y de recursos naturales.
Entre la larga lista de atribuciones otorgadas a este servicio, se detalla por ejemplo en el numeral 14: “Efectuar el estudio y ejecutar los procesos aplicables para el aprovechamiento de semillas, material genético, cortezas, resinas, plantas y materias primas en todo tipo de selvas tropicales u otro tipo de bosques, pudiendo entre otros objetivos realizar la investigación y desarrollo de nuevas medicinas, todo tipo de actividades de investigación y desarrollo en el campo de la biología, la botánica, la identificación de nuevas especies o variedades, biotecnología y otras actividades de carácter científico, productivo, industrial o manufacturero.”
También se indica que el ente se encargará de la tramitación para la obtención de exoneraciones y beneficios fiscales según el tipo de actividad requerida, “así como actividades de fomento para la obtención de financiamientos o planes de inversión en las distintas contrataciones que se celebren u obtención de proyectos productivos endógenos, sustentables y sostenibles dirigidos a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, en unión cívico-militar, en apoyo a la iniciativa privada”.
Si bien las atribuciones de este órgano incluyen garantizar y ejercer la vigilancia, control y protección del ambiente, también podrá autorizar y emitir permisos para construcciones, talado, dragado y cualquier otra actividad que se realice en los espacios o zonas ambientales bajo el resguardo de la FANB. De igual manera, se le otorga la atribución de autorizar y emitir permisos para la ocupación de terrenos para tendidos eléctricos, acueductos, gasoductos, vías de acceso, pistas de aterrizaje, embalses y estaciones de servicios en los espacios bajo su resguardo.
La Zeemdef prevé la creación de “mecanismos de simplificación de trámites correspondientes para la obtención de permisos de forma expedita y sencilla” a las personas naturales y jurídicas, “públicas o privadas, nacionales o extranjeras y demás organizaciones”, que se dediquen a actividades económicas, incluida la minería, así como “actividades productivas con las potencialidades disponibles en la zona, de conservación, de turismo, deportivas, culturales, de investigación, inversión, desarrollo sustentable, actividades ecológicas, minería, entre otras afines”.
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Ley Antibloqueo y extractivismo galopante
Diversas de estas atribuciones indicadas en el documento permiten entrever una clara intención de militarizar la extracción de recursos naturales en la región, evadiendo así las propias disposiciones constitucionales y legales de la nación que prevén los mecanismos de protección de Áreas Bajo Régimen de Administración Especial por su diversidad socioambiental.
Ya en febrero de 2019, el gobierno de Maduro había aprobado la creación de una empresa mixta forestal denominada Mavetur (Empresa Mixta Maderas de Venezuela y Turquía), entre la empresa estatal venezolana Maderas del Orinoco, antiguamente Proforca, y la compañía turca Glenmore Proje Insaat, S.A., una de las inversiones extranjeras contempladas y amparadas por el nuevo instrumento jurídico aprobado en el 2020 de manera irregular como supraconstitucional de la Ley Anibloqueo.
En mayo de 2019, Maduro anunció también la creación de la primera Zona Económica Espacial Militar, en Aragua, para fortalecer la capacidad productiva del país. Según el gobernante, el sector militar constituye uno de los motores de la economía nacional. Aseguró entonces que la FAN «con su disciplina, organización y capacidad de acción y extensión territorial puede ser un motor súper especial».
Estas llamadas zonas económicas especiales militares están contempladas en el artículo 25 de la llamada Ley «Constitucional» de la FAN, aprobada por la constituyente en enero de 2020, que las define como un espacio geográfico donde se identifican y ubican potencialidades, condiciones generales y especiales para realizar actividades productivas endógenas, sustentables y sostenibles dirigidas por la Fuerza Armada Nacional en unión cívico militar, con el objeto de satisfacer sus necesidades básicas, contribuir con el fortalecimiento de la industria militar y con el Desarrollo Nacional, dentro del ámbito de influencia de los Ejes de Desarrollo Económico Estratégico establecido por el Ejecutivo Nacional».
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La meseta de Nuria, Imataca, bajo control militar de sus recursos
La meseta de Nuria suele reconocerse también con el nombre geográfico de Imataca, y el Acta Botánica de Venezuela de Julián Steyermark precisa que se extiende desde las inmediaciones de Upata, municipio Piar, hacia el sureste, pasando por El Palmar y terminando hacia el Esequibo. Se trata de una zona mayoritariamente cubierta por una selva densa, pero también hay sabanas onduladas con selvas de galerías y pasos de morichales.
La altiplanicie de Nuria, ubicada entre Bolívar y Delta Amacuro, forma parte de la región amazónica venezolana que concentra 32% de los puntos de minería ilegal de la Amazonía, de acuerdo con el atlas Amazonía bajo presión.
El decreto presidencial que contempla la creación de los entes militares detallados para la extracción de recursos forestales y naturales en general no excluye la práctica de actividades económicas como la minería en esta zona especial de desarrollo forestal, que resguarda una variedad de especies de flora superior a la de zonas cercanas como la Sierra de Imataca, según estudios de Steyermark.
Tanto la extracción de recursos forestales, que viola la Ley de Bosques de nación, como la extracción de minerales, que iría en contra del régimen de Áreas Bajo Régimen de Administración Especial por su biodiversidad estarán en franca violación de lo establecido en distintos instrumentos legales del país que buscan resguardar el ambiente, por lo que no resulta sorprendente que se estipule la administración directa del sector militar como actor central de esta estrategia de extractivismo rapaz de los recursos naturales de Venezuela.
Organización multipropósito que orientada a la visibilización y estudio de las desigualdades e impactos socio-ecológicos que se generan a raíz de la transformación e intervención de la naturaleza, y al apoyo y acompañamiento de luchas socio-ambientales en el país