Aborto en Venezuela | La ardua lucha por la legalización del derecho a decidir

En Venezuela el aborto es ilegal. De hecho, nuestro código penal que data desde 1915, tipifica el aborto como un delito; es permitido sólo cuando la gestante corre riesgo de muerte y tal restricción en lugar de disminuir el número de abortos, los incrementa



 

Aborto en Venezuela | La ardua lucha por la legalización del derecho a decidir

 

En Venezuela el aborto es ilegal. De hecho, nuestro código penal que data desde 1915, tipifica el aborto como un delito; es permitido sólo cuando la gestante corre riesgo de muerte y tal restricción en lugar de disminuir el número de abortos, los incrementa

 

 

Gracias a la convocatoria de la Revista Amazonas (2018), Las Comadres Púrpuras realizamos la presente investigación.

El aborto inducido, o como también se conoce, la interrupción voluntaria del embarazo no planificado, no deseado, no esperado es un tema polémico, que genera grandes diferencias de opiniones y confrontaciones que involucran lo moral, lo religioso y lo personal. Mientras que, por otro lado, el aborto espontáneo no refleja mayores cuestionamientos sociales ni juicios morales.

La interrupción voluntaria de un embarazo es una realidad y ocurre de manera frecuente. Las mujeres desde los principios de la humanidad han recurrido a interrumpir su embarazo de manera voluntaria para evitar continuar con uno no deseado. Ninguna «mujer se embaraza para luego abortar». El aborto ocurre como último recurso, ya que las mujeres quedan embarazadas sin quererlo a pesar del uso de los métodos anticonceptivos. Como sabemos los métodos anticonceptivos bien sean naturales, hormonales o de barrera, no son 100% efectivos. Es decir que existe un porcentaje de riesgo en el que la mujer se puede quedar embarazada. Las mujeres más desfavorecidas, quienes no cuentan con recursos económicos, son las que más riesgos tienen a quedar embarazadas. Además, la falta de educación formal y de información en materia de salud sexual y salud reproductiva incrementa el riesgo.

En Venezuela el aborto es ilegal. De hecho, nuestro código penal que data desde 1915 (con una última reforma en el 2005), tipifica el aborto como un delito; es permitido sólo cuando la gestante corre riesgo de muerte y tal restricción en lugar de disminuir el número de abortos, los incrementa. La Organización Mundial de la Salud (OMS) plantea que en los países donde el aborto está completamente prohibido, éste se permite solamente para salvar la vida de la mujer o preservar su salud física, en contextos donde 1 de cada 4 abortos es seguro, lleva a pensar que restringir el acceso al aborto legal no reduce el número de ellos. Es decir, su ilegalidad no reduce su práctica.

Los abortos inseguros se practican con personas poco o nada capacitadas para realizarlos, muchos de ellos llevan a la ingesta de brebajes tóxicos o la introducción de objetos punzantes por la vagina, lo que pone en riesgo la salud de las mujeres ya que trae como consecuencia abortos incompletos. Es decir la presencia de restos del embrión en el interior de la mujer provoca hemorragias, infecciones cervicales, vaginales y uterinas e inclusive puede producir infertilidad y muerte. Sin embargo, no todas las mujeres están expuestas a la realización de abortos inseguros. Quienes tienen acceso económico pueden realizarse un aborto en clínicas privadas con condiciones sanitarias seguras y con personal de salud calificado o también pueden acceder a las pastillas mifepristona o misoprostol, mientras que las mujeres más pobres son víctimas de la ilegalidad. Las mujeres empobrecidas son quienes ponen en riesgo su salud y son las que mueren por abortos mal practicados. Por ende, el aborto inseguro es problema de salud pública.

Según la feminista venezolana Teresa Sosa (2009)1), la lucha por la despenalización del aborto en Venezuela se inició a principios de la década de los 80, con la publicación del libro: En defensa del Aborto en Venezuela (1979), escrito por la autora, bióloga, socióloga y feminista venezolana Giovanna Machado. Para Sosa, este libro acaparó titulares en los medios de comunicación del país, promovió debates en distintos espacios y se convirtió en un texto pionero de la lucha en Latinoamérica.

Cabe resaltar que el motivo que inspiró a Giovanna Machado a investigar y escribir tal obra fue la muerte de una mujer en 1976. Una como cualquier otra, que decidió escoger el momento de ser madre y recurrió al aborto para interrumpir su embarazo. Arriesgó su vida en la práctica de un aborto inseguro y clandestino y, días después su cuerpo fue hallado en una carretera.

Hacia 1981, la Federación Médica Venezolana (FMV) en su XXXVI Reunión Ordinaria de la Asamblea por la modificación de la Ley del Ejercicio de la Medicina, presentó como ponencia central el “El aborto en Venezuela”. Dicha ponencia argumentaba que el aborto debía ser visto como un problema de salud pública y además se reconoció que en los países donde las leyes son favorables para la práctica del aborto había contribuido significativamente a la reducción de la problemática.

En la FMV el gremio médico aprobó la práctica del aborto en las siguientes circunstancias: por razones médicas de la madre (cuando estuviere en estado de gravedad o en peligro su vida), por razones de malformaciones en el feto o cuando la mujer haya sido víctima de violación sexual. Asimismo, se recomendó al Congreso Nacional -hoy Asamblea Nacional- la modificación de la legislación vigente a fin de que se pudiera interrumpir el embarazo legalmente bajo las causales ya señaladas, pero por otro lado, rechazaba el aborto libre y permitía a los profesionales de la medicina interrumpir el embarazo siempre que existiera evidencia de que el mismo fuera por fines terapéuticos, en caso de violación sexual, o cuando existieran lesiones físicas o intelectuales que impiden o interfieran la vida del feto.

Se planteó también que tales procedimientos sólo podían ser practicados a solicitud de los padres, o de la madre cuando no exista unión legítima o no haya reconocimiento del padre, o a solicitud del representante legal de la mujer mediante consentimiento expreso y por escrito. Los médicos especialistas eran los únicos en certificar tales solicitudes y debían ser aceptadas por una Comisión Especial designada a tal efecto. Para ello, la FMV determinó la creación de una comisión encargada de solicitar al Congreso Nacional la revisión del Código Penal y así realizar las reformas pertinentes en materia de aborto.

Para ese momento el Congreso de la República estaba a la espera de la reforma de la Ley del Ejercicio de la Medicina. En el seno de la ponencia participaron académicas venezolanas; se contó además con la presencia de los medios de comunicación. Pero la arremetida de la Iglesia Católica se hizo presente y esto ocasionó que el Congreso de la República rechazara la propuesta en materia del aborto. Ya es bien sabido el poder que ejerce la Iglesia Católica en toma de decisiones del gobierno nacional y sobre todo cuando se trata del derecho de las mujeres a decidir sobre sus vidas.

La FMV, como primer esfuerzo en la despenalización del aborto en Venezuela constituye un hecho importante. Sin embargo, se debe destacar que el énfasis que se le da al aborto como problema de salud pública, que en realidad lo es, sólo constituye un arista del problema. Paralelamente, colocar a los profesionales de la medicina en un lugar central a la hora de tomar la decisión sobre el aborto y quienes en definitiva tienen la potestad de realizar o no la interrupción, pone a la mujer en una condición de tutelaje sin la posibilidad y libertad de tomar la decisión por ellas mismas.

Posteriormente, hacia mediados de 1986 se elaboró un proyecto de reforma del Código Penal presentado al Congreso de la República en el que despenalizaba el aborto en casos de violación sexual. Este proyecto fue analizado por la doctora Sonia Sgambatti en su trabajo de ascenso como profesora de la Cátedra de Medicina Legal de la Facultad de Medicina de la Universidad Central de Venezuela, en el que expone sus argumentos a favor del aborto. Sin embargo, el código penal no fue reformado.

En los años 90, Venezuela entra en un proceso de inestabilidad política y económica, debido a los sucesos históricos de la rebelión popular “el Caracazo” de 1989 debido al paquetazo económico, el intento de Golpe de Estado por parte de Hugo Chávez en 1992, el enjuiciamiento y destitución del entonces Presidente Carlos Andrés Pérez, lo que llevó a la presidencia provisional de Ramón J. Velásquez. Estos sucesos dejan de lado y a la sombra la situación de las mujeres en nuestro país.

En 1998, cuando Hugo Chávez Frías gana las elecciones presidenciales y, con la iniciativa de la reforma constitucional que fue aprobada con el 80% de los votos en un referéndum consultivo realizado en abril de 1999, se procede a convocar a una Asamblea Nacional Constituyente. Este fue un momento histórico sin presedente en el que participaron diferentes sectores de la sociedad civil, organizaciones de mujeres, diversos partidos políticos en la redacción de una nueva Carta Magna de cara a los nuevos tiempos.

La participación de los movimientos de mujeres y de la lucha por los derechos sexuales y reproductivos se hizo notar en la construcción de la nueva constitución. Los objetivos contemplaban lograr el reconocimiento y conceptualización de los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos, propiciar debates públicos y posicionar a la RedPob2) La RedPob fue fundada con la misión de promover el cumplimiento de los acuerdos logrados y suscritos en Venezuela en la conferencia de El Cairo. Estuvo integrada por 12 ONGs representativas del área de salud sexual y reproductiva del país. La RedPob, participó en la elaboración de leyes, destacándose el trabajo en la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia (1998) y la inclusión de artículos referidos a los derechos sexuales y reproductivos en la Ley Orgánica de Protección a Niños y Adolescentes (1998). como promotora de estos derechos en el país. El objetivo prioritario de la RedPob fue la no inclusión del derecho a la vida desde la concepción lo que permitió dejar abierta la posibilidad de generar debates posteriores, aunque la despenalización del aborto no fue un tema de mayor peso en el proceso constituyente, era necesario garantizar una nueva Carta Magna lo suficientemente flexible para permitir legislar sobre la despenalización del aborto en tiempos venideros.

Para ese momento, las y los asambleístas reconocían la existencia de dos agendas: la política y la de un movimiento social que luchaba por la consagración de los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos. La salida a esta coyuntura fue lograr un consenso en una redacción que no limitara el avance con respecto a los derechos sexuales y reproductivos.

Algunos de los logros obtenidos fueron:

1) La no inclusión del derecho a la vida desde la concepción;

2) La consagración del derecho de las parejas a decidir libre y responsablemente el número de hijas e hijos que deseen concebir y a disponer de la información y de los medios que les aseguren el ejercicio de este derecho;

3) los avances significativos en las disposiciones dirigidas a garantizar la protección, goce y ejercicio de los derechos humanos por parte de la ciudadanía;

4) La libertad de religión y de culto, con énfasis en que nadie podrá invocar creencias o disciplinas religiosas para eludir el cumplimiento de la ley ni para impedir a cualquier ciudadano/a el ejercicio de sus derechos.

Ahora bien, con la instauración de la Quinta República (la República Bolivariana de Venezuela), se hace necesaria la revisión de los demás instrumentos jurídicos en concordancia con los avances sustentados en la nueva Carta Magna. Es así que se comenzaron a dar las iniciativas para modificar el Código Penal, esta vez la Junta Directiva del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), luego de un arduo trabajo de más de dos años realizado por un equipo de 15 abogados, hace público el Anteproyecto de Código Penal en 2004. Es menester resaltar que aunque este anteproyecto recogía importantes innovaciones hacia la despenalización del aborto, fue hecho a puertas cerradas, no hubo consulta alguna a la sociedad civil ni al movimiento de mujeres.

Recientemente, colectivos feministas del país han dado pasos importantes para impulsar la despenalización del aborto. En 2007 en el marco de la Reforma Constitucional y en el 2010 se dan nuevas iniciativas de reforma del Código Penal. Aunque resultó contradictorio que en tiempos de revolución bolivariana llamada socialista y de izquierda las propuestas para las reformas del Código Penal nunca se aprobaron.

Luego, en el año 2017 representantes de la Red de Colectivos La Araña Feminista, Red de Información para el Aborto Seguro (RIAS) y Frente Cultural de Izquierda (FCI) entregaron un documento a la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) para promover su debate amplio hacia la despenalización. Aún se está esperando respuesta.

Actualmente, en medio de una crisis profunda en lo económico, político y social y, con una nueva redacción de otra Carta Magna (esta vez sin la participación amplia de sectores plurales de la sociedad, partidos políticos y colectivos feministas), las mujeres venezolanas nos enfrentamos a graves problemáticas, y por ende, a grandes desafíos: el incremento de la mortalidad materno/infantil en un 67%3) debido a la precarización de los centros de salud pública, el imposible acceso a medicamentos, la alta desnutrición por el difícil acceso a la alimentación, por citar sólo algunas.

En el mismo marco, las mujeres enfrentan la insifuciencia de métodos anticonceptivos; los pocos que hay, son excesivamente costosos. Si a esto le sumamos la ausencia de una política educativa en materia de derechos sexuales y derechos reproductivos en la educación formal en todos los niveles, se puede decir que existen las condiciones favorables para embarazos no deseados, no planificados. De hecho, Venezuela es el segundo país de la región con más alto embarazos en adolescentes y niñas.

Asimismo, al ser el aborto ilegal, las pastillas mifepristona y misoprostol también son ilegales. Esto favorece la especulación: cada pastilla tiene un valor exorbitante y se necesitan 12 para interrumpir un embarazo antes de las 12 semanas -según protocolo de la OMS- por lo que no todas las mujeres pueden adquirirlas. Esta ilegalidad favorece el contrabando, la compra-venta de las pastillas se realiza de manera clandestina con personas nada confiables, y sumado al desconocimiento que se tiene de las pastillas, se da lugar para el engaño, a que nos vendan pastillas para el dolor de cabeza en lugar de las misoprotol, incrementando el nivel de angustia y estrés de las mujeres que deciden interrumpir su embarazo.

No obstante, los tiempos difíciles requieren siempre de acciones para contrarrestarlos o al menos para no abandonar la lucha por el derecho de las mujeres a decidir sobre nuestro cuerpo. Es así como en marzo del 2018 en el marco del Día Internacional de la Mujer nosotras, las Comadres Púrpuras colectivo feminista, autónomo, venezolano, decolonial publicamos el libro: Gancho, Canela y Sangre: De interrupción venimos a hablar4)

Este libro recoge testimonios de 10 mujeres que decidieron interrumpir su embarazo, tres de esos testimonios reflejan la experiencia de mujeres que acompañaron a otras a hacerlo. Estas voces no son más que el reflejo de la difícil experiencia física, psíquica y espiritual por la que pasa toda mujer que decide interrumpir; así como la violencia a la que es sometida por parte de médicos, médicas y enfermeras de los hospitales públicos cuando llegan en proceso de aborto. Pero, sin lugar a dudas, estos casos también reflejan el empoderamiento femenino, la opción a escoger, la libertad de decidir sobre nuestras vidas a pesar de cualquier sanción. La libertad de decidir si queremos o no ser madres, cuándo serlo y cuántos hijos e hijas tener. La lucha por el derecho a decidir es ardua y no descansaremos hasta alcanzarlo.

 

Notas

 

1 https://palabrademujer.wordpress.com/?s=aborto+en+venezuela
2. La RedPob fue fundada con la misión de promover el cumplimiento de los acuerdos logrados y suscritos en Venezuela en la conferencia de El Cairo. Estuvo integrada por 12 ONGs representativas del área de salud sexual y reproductiva del país. La RedPob, participó en la elaboración de leyes, destacándose el trabajo en la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia (1998) y la inclusión de artículos referidos a los derechos sexuales y reproductivos en la Ley Orgánica de Protección a Niños y Adolescentes (1998).
3. https://www.aporrea.org/actualidad/a245990.html
4,. https://lascomadrespurpuras.com/descarga-gancho-canela-y-sangre/