Nuestro Territorio, Nuestra Decisión
En la primera audiencia de la Corte Constitucional del Ecuador realizada en territorio indigena, los pueblos indigenas exigen que se respete su decisión de mantener sus territorios libres de extracción
PRONUNCIAMIENTO
15 de noviembre, Comunidad A’i Kofán de Sinangoe, Ecuador - Nosotros hacemos este comunicado
desde nuestro territorio ancestral donde están enterrados los huesos de nuestros ancestros, donde
habitan nuestros espíritus, y donde nosotros vivimos en armonía con la naturaleza - cosechando frutas
de la selva, sembrando yuca y plátano en nuestras chacras, curandonos con plantas medicinales, y
gozando y conviviendo con los ríos que salen desde las montañas selváticas que nosotros hemos venido
protegiendo con lanzas por miles de años.
Hoy, es un día histórico para los pueblos indígenas del Ecuador porque es la primera vez que la Corte
Constitucional ha cumplido su obligación de venir a nuestros territorios para entender nuestra forma de
autodeterminación, nuestra cosmovisión, nuestra relación con el territorio, nuestra cultura, nuestra
forma de tomar decisiones colectivas, y sentir el espíritu de nuestra lucha para defender la vida contra
las amenazas imparables que vienen desde hace siglos, y que ahora se expresan en la minería, en el
petróleo, las madereras y las hidroeléctricas. Este hecho no debe ser excepcional, acercarse a los
territorios debe ser el actuar de las autoridades de justicia.
La audiencia que se mantuvo hoy día en nuestra comunidad se trata de dos cosas muy importantes: el
derecho de los pueblos Indígenas de Ecuador de decidir sobre sus territorios, es decir nuestro derecho
esencial a la autodeterminación y al Consentimiento Libre, Previo e Informado, un derecho reconocido a
nivel internacional, pero todavía no reconocido, respetado ni aplicado en el Ecuador; y los derechos de la
naturaleza, es decir, el derecho que tienen los ríos, los bosques, las montañas, las lagunas de existir sin
amenaza, sin contaminación, sin destrucción.
Los jueces y juezas de la Corte Constitucional tienen una alta responsabilidad para decidir a partir de
Sinangoe sobre nuestros derechos, se trata de la vida y la muerte, se trata de nuestro futuro o nuestra
desaparición; después de haber escuchado docenas de testimonios de nuestros mayores, nuestros
líderes, nuestros jóvenes, tienen en su manos la oportunidad y la obligación de pronunciarse con los más
altos estándares sobre nuestro derecho a la autodeterminación, piedra angular para el ejercicio de
nuestros derechos, e imprescindiblemente vinculados con el, nuestro derecho al territorio y a la consulta
y consentimiento previo, libre e informado.
Estamos aquí con más de 300 representantes Indígenas de todo Ecuador, especialmente amazónicos,
que han compartido la lucha por sus territorios y que hoy también tienen casos pendientes de resolver
por la Corte Constitucional como los Waorani de Pastaza, Kichwas del cantón Santa Clara, Kichwas de
Sarayaku, y otras nacionalidades, unidos por la misma petición, nuestro territorio es la base para nuestra
existencia y como pueblos ancestrales nosotros tenemos el derecho a decidir sobre nuestro futuro y el
de nuestro territorio. E igualmente nuestro rol esencial para la protección de los derechos de la
naturaleza.
Cinco de los nueve jueces de la Corte cruzaron el Río Aguarico en la madrugada y fueron recibidos por las
autoridades indígenas para instalar la audiencia presencial y on line. De parte del estado, el Ministerio de
Energía y Minas estuvo presente para defender la extracción minera y petrolera en territorios indígenas
para promover “la riqueza y el progreso para todos”, mientras que otros entidades estatales como el
Ministerio del Ambiente, Agua y la Transición Ecológica, la Agencia de Control y Regulación Minero, y la
Procuraduría General del Estado, no vinieron a nuestro territorio y prefirieron participar a través de una
pantalla, pretendiendo como siempre justificar su actuación omisa, lesiva y violatoria de derechos.
Recordamos que nuestro caso inició en el 2018 cuando Sinangoe descubrió que sin consulta ni
consentimiento el estado otorgó 20 concesiones mineras y estaba en proceso para entregar 32 más en la
cabecera del Río Aguarico. Nuestra comunidad A’i Kofán de Sinangoe inicio un proceso de demanda
constitucional en contra de cuatro ministerios y agencias del estado y en octubre de 2018, los jueces
provinciales de Sucumbios nos dieron definitivamente la razón y ordenaron la reversión de las 52
concesiones mineras; reconociendo la violación de nuestros derechos y el grave riesgo para la
superviviencia de nuestra comunidad que esta minería suponía. Una victoria histórica para nuestra
comunidad y para todos los pueblos indígenas del Ecuador. Ahora, la Corte Constitucional tiene en sus
manos nuestro caso para dejar un precedente nacional de cumplimiento obligatorio para el estado en
relación con todos los pueblos y nacionalidades indígenas del país.
Durante la audiencia, los jueces escucharon los testimonios de nuestros hombres, mujeres, niños y niñas
de la comunidad A’i Kofán de Sinangoe. Wider Guaraman, Coordinador de la Guardia Indigena de
Sinangoe, explicó a los jueces que “Como ancestrales en estos territorios, como pueblos milenarios,
tenemos ese derecho a ser consultados pero que sepan escuchar como último fin nuestro
consentimiento. Si la comunidad dice sí, así será, y si decimos no, así será. La sentencia que ustedes
escriban no solo va a servir para Sinangoe si no para muchos pueblos indígenas. Defendemos la vida.
Defendemos nuestro territorio.”
Niños y niñas de la comunidad entregaron dibujos y cartas a los jueces. Tayra Narvaez, de 12 años, dijo,
“Quisiera que me escuchen porque como niños en este territorio tenemos todo y estamos felices.
Necesitamos que cuiden nuestro territorio y que podamos vivir sin minería y sin contaminación.”
Los A’i Kofán de Sinangoe somos un pueblo pescador, cazador y recolector, íntimamente relacionado con
nuestro territorio, conocidos como grandes tomadores de yagé (ayahuasca). Nuestro territorio son
63,775 hectáreas de bosque primario, donde viven jaguares, osos anteojos y el tapir. Ahí viven nuestros
espíritus y los que llamamos “la gente invisible”, ahí está nuestra identidad como pueblo y solo ahí es
posible vivir, ser y pensar como A’i Kofán.
También intervinieron líderes de la nacionalidad Siekopai, la nacionalidad Sapara, el Pueblo Kichwa de
Sarayaku, el Pueblo Kichwa de Santa Clara, el Pueblo Kichwa-Siona del Río Putumayo y organizaciones
indígenas como la CONAIE (Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador), CONFENIAE
(Confederación de Nacionalidades Indígenas de La Amazonia Ecuatoriana), CONCONAWEP (Consejo de
Coordinación de la Nacionalidad Waorani de Pastaza), PAKKIRU (Pastaza Kikin Kichwa Runakuna ), PSHA
(Pueblo Shuar Arutam), y FENASH-P (Federacion de la Nacionalidad Shuar de Pastaza), entre otras,
quienes presentaron sus amicus ante los jueces, manifestando las mismas vulneraciones a sus derechos.
La reconocida lideresa Nemonte Nenquimo, cuya organización representa a los waorani de Pastaza cuyo
caso también fue seleccionado por la Corte Constitucional, manifestó ante los jueces: “Ustedes jueces
tienen una gran oportunidad. Queremos que hagan una consulta con consentimiento. No se puede
engañar nuestro derecho a la vida, la consulta solamente lleva a la división y destrución. Como mujeres,
exigimos que se respeten nuestros derechos. Vamos a estar de pie de lucha porque sabemos que llega
una gran amenaza a nuestros territorios”. José Gualinga, ex-Presidente del Pueblo Originario Kichwa de
Sarayaku explicó a los jueces, “Minar en nuestros territorios sagrados es como ir a minar las iglesias del
vaticano en Roma o el Notre Dame en París.”
La resolución de este caso por la Corte Constitucional es urgente y de suma importancia por el momento
que vive el Ecuador y el planeta. Ocurre días después de que líderes de todo el mundo firmaron
acuerdos para enfrentar el cambio climático en la COP26 en Glasgow, y meses después de que el
Presidente del Ecuador Guillermo Lasso ha decidido duplicar la explotación petrolera del país y
rápidamente expandir la frontera minera en la Amazonía a través de los Decretos 95 y 151. Los pueblos
indígenas cuidamos el 70% de la amazonia ecuatoriana, casi 7 millones de hectáreas del bosque más
importante del planeta. La deforestación de una sola hectárea de nuestros territorios amazónicos
representa la cantidad de carbón equivalente a 160 autos manejando durante un año entero. No es
posible enfrentar el cambio climático sin la amazonia, y no es posible proteger la amazonía sin nosotros
los pueblos indígenas y sin garantizar nuestros derechos.
La Corte deberá publicar una sentencia dentro de los próximos meses y será de cumplimiento obligatorio
a nivel nacional. La sentencia también dejará un precedente obligatorio para la Asamblea Nacional del
Ecuador para la elaboración de una ley orgánica que regule el derecho a la consulta y consentimiento
previo, libre e informado en el país. Dado el poco tiempo con el que contó la Corte para escucharnos y
considerando que todos nuestros criterios y voces diversas son esenciales para alimentar su criterio una
vez se retiraron, en ejercicio de nuestro derecho propio, nos declaramos en Asamblea Permanente y
remitimos a la CCE un amicus suscrito por todos los Pueblos, Nacionalidades, comunidades campesino
mestizas, organizaciones de DDHH y academia que acompañaron esta audiencia in situ, nos mantenemos
vigilantes hasta la sentencia definitiva en este caso que afectará a todos los pueblos y nacionalidades del
país.
ANEXO: CRONOLOGÍA DEL CASO SINANGOE
2017 Guardia indígena descubre actividades mineras.
Aunque la comunidad de Sinangoe viene resistiendo al ingreso de minería, madereros, colonización,
petroleras y otras amenazas a su territorio ancestral, el 2017 crearon la Guardia Indígena, un grupo de 13
a 20 jóvenes integrantes de la comunidad que se internan en el bosque y realizan recorridos para
identificar posibles amenazas.
De esta manera es que se encontraron con más de 50 mineros en actividades de búsqueda de oro con
motobomba, canalón, tecle o draga en las orillas del Río Aguarico. Cuandose les exigió la salida de la
zona a los mineros, estos amenazaron a varias personas de las comunidades
24 de julio: La comunidad levanta una Alerta Temprana ante las autoridades parroquiales, cantonales y
nacionales.
El Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) Municipal de Gonzalo Pizarro confirmó que las actividades
mineras estaban perjudicando a la Comunidad A’i Kofán de Sinangoe. De la revisión del catastro minero
existían 20 concesiones mineras para exploración y explotación minera de oro, y otras 32 se encontraban
en trámite, en el Río Aguarico y sus cabeceras, Ríos Chingual y Cofanes, que además son utilizados por la
comunidad para su alimentación. Además las concesiones mineras estaban en los límites del Parque
Nacional Cayambe-Coca. Las concesiones se habían entregado sin consulta a la comunidad.
2018 Denuncia y proceso ante las autoridades
La comunidad con el apoyo jurídico de la Defensoría del Pueblo y de la organización Amazon Frontlines,
interpone una Acción de Protección u solicitan Medidas Cautelares en contra de los Ministerios de
Minería, Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM), Ministerio de Ambiente, Secretaria Nacional
del Agua (SENAGUA) y la Procuraduría General del Estado (PGE), por la vulneración de los derechos
colectivos de la comunidad a la Consulta Previa, Libre e Informada, al territorio y a la cultura, afectación
a los derechos de la naturaleza y al medio ambiente sano, afectación a los derechos al agua, a la salud y a
la alimentación.
19 de julio: Inicia la audiencia en el cantón Gonzalo Pizarro, pero se suspende para realizar visita in situ
como prueba
20 de julio: Inspección in situ del Juez de Garantías Constitucionales
3 de agosto: Sentencia en primera instancia dentro del Juicio No: 21333201800266, en la que el juez
constitucional acepta la acción de protección y reconoce la vulneración al derecho a la consulta previa,
libre e informada de la Comunidad de Sinangoe. Las autoridades ministeriales apelaron la sentencia.
16 de noviembre: El Tribunal de la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos rechazó la apelación
interpuesta por los Ministerios e incorpora a la sentencia anterior el reconocimiento a la violación a los
derechos “de la naturaleza, al agua, al medio ambiente sano, a la cultura y territorio, pues la minería
destruye fuentes hídricas, constituyen un riesgo para la salud y el ambiente; pérdida de biodiversidad y
erosión genética por intervención y destrucción de ecosistemas frágiles”.
2019 Selección de la Corte Constitucional
27 de febrero: La Defensoría del Pueblo ingresa la sentencia en la Corte Constitucional por considerar
que el caso cumple con los criterios de selección para generar un pronunciamiento.
21 de octubre: La Corte Constitucional del Ecuador escoge la sentencia del caso Sinangoe, asignada
como la Causa No. 273-19-JP, selección de sentencias de acción de protección para emisión de
jurisprudencia vinculante. Es decir que la Corte, luego de analizar la sentencia y escuchar a las partes,
podrá emitir criterios jurídicos para la aplicación de la consulta previa, libre e informada y que la
respuesta de las comunidades sean vinculantes, es decir se respete el consentimiento.
2021 Audiencia
16 de octubre: Tras dos años de espera sin respuesta y luego de la emisión del Decreto Ejecutivo N° 151,
de política minera y promueve la expansión de estas actividades; una delegación de la comunidad viajó
hasta Quito para exigir a la Corte Constitucional convoque a audiencia e invitó a realizarla en el territorio,
garantizando así el acceso a la justicia de las comunidades indígenas y principios de interculturalidad de
la justicia.
Referencias:
https://sinangoe.amazonfrontlines.org/nuestra-lucha/#juridica
DPE, ACCIÓN DE PROTECCIÓN Y MEDIDAS CAUTELARES PARA COMUNIDAD A’I KOFAN
https://www.dpe.gob.ec/accion-de-proteccion-y-medidas-cautelares-para-comunidad-ai-cofan/
Caso A’i Kofan Sinangoe fue seleccionado por Corte Constitucional para generar jurisprudencia
nacional
https://www.amazonfrontlines.org/chronicles/cofan-ecuador-corte-constitucional/
Palabras finales: Nuestro derecho es a la consulta previa, libre e informada ante cualquier proyecto o
actividad que pueda afectar nuestras vidas y nuestros territorios y ante cualquier ley, decreto o acto
administrativo que también nos afecte. Pero esa Consulta como simple trámite está incompleto, resulta
vacío porque al final el Estado impone sus proyectos y siguen pensando que sus decisiones pesan más
que las nuestras, por eso luchamos por consentimiento, por nuestro derecho a decir y para que esa
decisión se vuelva vinculante, se respete, se garantice; ese consentimiento previo garantice nuestro
derecho a la AUTODETERMINACIÓN, a decidir nuestras formas de gobernar y a buscar libremente el
desarrollo económico, social y cultural, la sola consulta sin consentimiento representa una burla a
nuestras formas de gobierno propio. La consulta sin consentimiento convertiría estos derechos
constitucionales e internacionales en un mero trámite para justificar las actuaciones del gobierno y los
intereses de las empresas. Para nosotros, la violación de nuestro derecho a la consulta significa la
violación a nuestro derecho al agua, salud, cultura, territorio y medioambiente sano. Y es imposible
garantizar los derechos de la Naturaleza en el Ecuador sin garantizar los derechos colectivos.
————————————————–
Resolución Autónoma de Pueblos y Nacionalidades Indígenas
del Ecuador y organizaciones sociales presentes en Asamblea
tras la Audiencia de Definición de Jurisprudencia sobre
estándares de CONSENTIMIENTO en el caso de la Comunidad A’i
Cofán de Sinangoe
15 de noviembre de 2021
Las Autoridades Tradicionales y Políticas de las comunidades, pueblos y nacionalidades
abajo firmantes encontrándonos reunidos en el territorio ancestral de la comunidad A’i
Cofán de Sinangoe tras audiencia de la Corte Constitucional de Ecuador en el marco del
proceso signado con el No. 273-19-JP, acogidos a nuestros derechos constitucionales a
la autodeterminación y a la RESISTENCIA, y conscientes de que solo nuestra autonomía
y unidad en la lucha por la aplicación del derecho al Consentimiento Libre, Previo e
Informado nos garantizará la pervivencia en nuestros territorios, ante la absoluta
incapacidad del Gobierno de Ecuador de superar el colonialismo, racismo histórico y
estructural en el cual se enmarca la vulneración sistemática de nuestros derechos,
decidimos que:
1. Nos declaramos en Asamblea permanente hasta que se profiera la sentencia de
la Corte Constitucional respecto de las garantías de nuestros derechos
territoriales y colectivos cuyos ejes mínimos han de ser los que se desarrollaron
en el escrito de Amicus Curiae colectivo que se radicará ante el Despacho de
sustanciación de la causa que nos encontró, y que fueron abordados
ampliamente sobre los ejes de territorio, seguridad jurídica, libre determinación
y CONSENTIMIENTO por nuestras Autoridades y Representantes Indígenas de
los distintos pueblos y nacionalidades en audiencia pública del día de hoy.
2. Trasladar al Consejo Ampliado de la CONAIE, que tendrá lugar en la comunidad
de Unión Base el día 27 de noviembre, las conclusiones del Encuentro Nacional
Antiminero en el cual se decidió que no admitimos más chantajes,
manipulación y mala información respecto de la garantía de los derechos
sociales, ambientales y de la naturaleza como condicionantes para aceptar el
extractivismo en nuestros territorios.
3. Mientras no exista una ley nacional participativamente elaborada con los
Pueblos y Nacionalidades Indígenas, que regule el marco general de aplicación
del CONSENTIMIENTO del derecho a la Consulta Previa, Libre e Informada, en
concordancia con los estándares internacionales de protección de este derecho,
y de manera específica, lo dispuesto por el Convenio 169 de la OIT y la
Jurisprudencia vinculante a desarrollar por la Corte Constitucional, el Estado de
Ecuador debe suspender el otorgamiento de concesiones o licencias para
actividades extractivas y proyectos que amenazan la vida y el territorio de los
pueblos y nacionalidades indígenas.
4. El reconocimiento del Estado Plurinacional no puede significar que se regule
exclusivamente por el poder legislativo el derecho a la consulta y
consentimiento previo, libre e informado. Es obligación del Estado que, una vez
reglamentado un marco general, brinde las garantías para que cada Pueblo y
Nacionalidad desde su cosmovisión pueda dictar normativa para que se emitan
regulaciones vinculantes en cada caso particular.
5. Es imperativo que la Corte Constitucional resuelva de fondo en un término
expedito la decisión sobre la inconstitucionalidad de los Decretos 95 y 151 de
2021, particularmente el suscitado por la acción presentada el pasado 18 de
octubre de 2021. Exigimos una sentencia de fondo que se pronuncie sobre la
incompatibilidad del extractivismo con la vida misma, en el marco de las
amenazas que representa la declaración de las actividades mineras y petroleras
como un tema de interés nacional, y el grave riesgo de exterminio físico y
cultural en el que nos encontramos los pueblos, nacionalidades y comunidades
arraigadas a los territorios y los defensores de derechos humanos y de la
naturaleza.
¡Nuestro territorio, nuestra decisión!
NOMBRES Y APELLIDOS CARGO CEDULA
Leonidas Iza Presidente CONAIE (Confederación de
las Nacionalidades Indígenas del
Ecuador)
0502440480
Marlon Vargas Presidente CONFENIAE (Confederación
de las Nacionalidades Indígenas de la
Amazonía del Ecuador)
1600370934
Alonso Aguinda Presidente Comunidad San José de
Wisuyá
2100771530
Andrés Ruiz Vicepresidente de la Nacionalidad
Sápara
1600867533
Ángel Justino Piaguage
Lucitante
Dirigente de territorio de la Nacionalidad
Siekopai
2100102991
Victor Quenama Presidente de la Comunidad de A’i Cofán
de Sinangoe
1500283369
Tupac Amaru Viteri
Gualinga
Presidente del Pueblo Originario de
Sarayaku
1600515280
Dario Javier Iza
Pilaquinga
Presidente del Pueblo indígena Kitu Kara 1720890472
Severino Sharupi Presidente FENASH-P (Federación de la
Nacionalidad Shuar de Pastaza)
1600374951
Inés Viviana Nenquimo
Pauchi
Coordinadora general CONCONAWEP
(Consejo Comunidades Waorani de
Pastaza)
1600670812
Josefina Tunki Presidenta PSHA (Pueblo Shuar Arutam) 1400216246
Flora Blanca Huatatoca Vicepresidente PONAKICS (Pueblo
Originario de la Nacionalidad Kichwa del
Cantón Santa Clara)
1600323594
Lineth Rosenda
Calapucha Cerda
Vicepresidente de PAKKIRU (Pastaza
Kikin Kichwa Runukuna)
1600508285
Unkuch Payuput
Marcelo
Gestión Externa PSHA (Pueblo Shuar
Arutam)
1400265094
Nanki Wampankit Dirigente de territorio de la CONFENIAE
(Confederación de las Nacionalidades
Indígenas del Ecuador)