México: De los derechos permitidos a los derechos prohibidos

Ya es un hecho que en la llamada 4T no hay posibilidad de que desde el Presidente de la República se establezcan condiciones para alcanzar la justiciabilidad del derecho indígena , ello a la luz de las violaciones y restricciones que en tres años se han venido colocando, coincidentes, por cierto, con la razón de Estado que prevaleció, al decidir y avalar, sucesivamente los tres poderes, la mutilación y distorsión del alcance de la contrarreforma indígena de 2001. Hoy, como ayer, la problemática de los recursos naturales, es el corazón de la referida razón de Estado. La razón de pueblo, en contraste, es avasallada por la narrativa del llamado desarrollo.



De los derechos permitidos a los derechos prohibidos
 
Magdalena Gómez
La Jornada
 
Ya es un hecho que en la llamada 4T no hay posibilidad de que desde el Presidente de la República se establezcan condiciones para alcanzar la justiciabilidad del derecho indígena , ello a la luz de las violaciones y restricciones que en tres años se han venido colocando, coincidentes, por cierto, con la razón de Estado que prevaleció, al decidir y avalar, sucesivamente los tres poderes, la mutilación y distorsión del alcance de la contrarreforma indígena de 2001. Hoy, como ayer, la problemática de los recursos naturales, es el corazón de la referida razón de Estado. La razón de pueblo, en contraste, es avasallada por la narrativa del llamado desarrollo que, para efectos prácticos, es el sustento del despojo y aunado a ello está el imperativo del factor tiempo pues los megaproyectos del gobierno, por decisión política, deben concluirse en el actual sexenio. Y en ese ámbito se está pasando por encima del derecho a la consulta, libre determinación, al territorio, como el caso del Tren Maya, sin manifestaciones de impacto ambiental que den cuenta del conjunto del proyecto. Para atender la premura se expidió un acuerdo el 22 de noviembre de 2021 considerando de interés público y seguridad nacional los proyectos prioritarios del gobierno. Se ordenó que si en cinco días no se autoriza una solicitud se considera aprobada por el término de un año pasando por encima de las normas establecidas en la legislación. Ya se han logrado dos suspensiones provisionales en torno a este acuerdo y también se está evadiendo su cumplimiento.

El gobierno tiene prisa y los esfuerzos indígenas para defenderse se consideran una amenaza conservadora. Acuden al Poder Judicial con sus derechos fortalecidos con la vertiente internacional a la luz de la reforma constitucional de 2011 y, en especial, si logran alguna suspensión, así sea provisional, no es acatada. A diferencia del relato en días pasados de Arturo Zaldívar, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre la operación de Estado que vivió y sufrió en un caso emblemático durante el gobierno de Felipe Calderón, en estos tiempos tendría que informar de inmediato su respuesta ante las presiones públicas que con frecuencia recibe por parte del titular del Ejecutivo federal respecto al ámbito del Poder Judicial.

El pasado 13 de febrero, en el pueblo yaqui de Tórim, el Presidente recibió la petición pública de que intervenga porque hay jueces que están amparando a opositores al distrito de riego 018, que forma parte del Plan de Justicia Yaqui. Respondió que solicitará al Presidente de la Corte que se desechen los amparos promovidos contra el decreto del 28 de septiembre de 2021. Y afirmó que el argumento para su petición es que valore el asunto del agua, como asunto de Estado.

La inconformidad de los yaquis en su demanda de amparo contra el decreto es porque además de contener inconsistencias técnicas graves en la entrega del distrito de riego 018 a la tribu yaqui, omite la cancelación del Acueducto Independencia. Con base en ello se les concedió la suspensión provisional. Ya está claro cuales casos se consideran asuntos de Estado. Tras una larga lucha contra el despojo del agua que sufrían por la empresa Bonafont, el 21 de marzo de 2021, 22 comunidades nahuas organizadas en Pueblos Unidos de la región cholulteca y de los volcanes, clausuraron la planta y posteriormente la ocuparon y crearon ahí un polo de resistencia y organización denominado Centro Comunitario Altepelmecalli (Casa de los Pueblos) y en una acción sorpresiva supuestamente avalada por orden judicial en favor de la empresa, en la madrugada del 15 de febrero de 2022, la Guardia Nacional y la policía estatal desalojaron a los pueblos con violencia y regresaron las instalaciones a Bonafont. Los agravios se acumulan, Samir Flores opositor al Proyecto Integral Morelos (PIM) fue asesinado hace tres años y la impunidad prevalece.

Brisna Caxaj abordó el concepto de derechos permitidos para señalar que los estados han realizado una suerte de selección de derechos. Señaló que hay derechos permitidos como el relativo a la educación bilingüe e intercultural, en cambio, en la práctica, la defensa del territorio se constituye en un derecho prohibido, criminalizado. Hoy, está trazada una línea clara, además de la división de poderes, se olvida aquel principio de que el que es primero en tiempo es primero en derecho, los pueblos indígenas originarios lo son y sin embargo no es derecho permitido, pareciera estar prohibido, defenderse contra el despojo sea del Estado o de las empresas, esas sí protegidas. El reducto del Poder Judicial es un camino si se quiere ser congruente con lo dicho por Zaldívar: Estar del lado correcto de la historia. Es inaceptable que desde el Ejecutivo, en los hechos, se sugiera aquello de que el Estado soy yo.