Conmemoración de los 52 año del Consejo Regional Indígena del Cauca Resolución N. 0001
La Autoridad Ancestral Nasa Nee’hwesx del Territorio de Tóez Caloto, en uso de sus
facultades legitimas y legales en el marco del Derecho Propio o Ley Natural, Ley de Origen,
la Ley 89 de 1.890, los artículos 246 y 330 de la Constitución Política de Colombia, el
convenio 169 de la OIT ratificado en Colombia por la Ley 21 de 1991 y demás normas
concordantes en favor de los pueblos indígenas.
Resuelve: que mediante la conmemoración de los 52 año del Consejo Regional Indígena del Cauca desarrollado los días 22, 23 y 24 de febrero en el territorio ancestral de Toez Caloto la autoridad ancestral y la comunidad resuelven.
CONSIDERANDO:
- 1. Que el territorio ancestral de Tóez ubicado en el norte del cauca hace 29 años, se a categorizado por desarrollar grandes eventos de lucha y resistencia a nivel local,
zonal, regional y de nivel nacional, - Por su ubicación geográficamente estratégico en el norte del cauca es un territorio apto para hospedar a más de 20 mil personas, con capacidad y garantías logísticas
para la estadía del personal, que participaran en tan importante conmemoración de
los 52 años de lucha y resistencia. - Que la autoridad y la comunidad indígena del pueblo nasa de Tóez es filial al consejo
regional indígena de cauca desde su creación. - Que el CRIC fue la primera organización indígena de carácter regional en Colombia
desde el año 1.971 y en junio de 1.999, logró el reconocimiento como Autoridad
Tradicional a través de resolución expedida por Congreso Regional Indígena
Extraordinario celebrado los días 30 y 31 de mayo y | y 2 de junio de 1.999, logrando
la expedición de la Resolución 025 de 1.999, por parte del Ministerio del Interior. - Que desde los orígenes del Consejo Regional Indígena del Cauca — CRIC se definió
convocar a la conmemoración regional cada año con el fin de evaluar, construir
mandatos y proyectar la defensa de los principios de Unidad, Tierra, Cultura y
Autonomía, así, como la plataforma de lucha encaminado al fortalecimiento del
Gobierno propio en los territorios indígenas. - Que los territorios Indígenas agremiados al Consejo Regional Indígena del Cauca-
CRIC tienen la oportunidad de brindar acogida a eventos tales como: Juntas
Directivas Regionales y Congresos lo cual a su vez constituye honor, privilegio y
aprendizaje para el Territorio, la Zona y la Comunidad anfitriones, siempre que
existan al menos las condiciones mínimas para la estadía de los asistentes. - Que los cincuenta 50 años del Consejo Regional Indígena del cauca – CRIC
conmemorados en el Territorio Ancestral Kwet Khina, en el municipio de Caldono
revelaron que la organización lidera un proceso de transformación en el país han convocado a diversos sectores en la búsqueda de equidad, social y defensa de la vida, el cuidado y protección de la Madre Tierra, la paz y la libertad. - Que mediante un proceso cultural, organizativo y espiritual las Autoridades Ancestrales definieron que la conmemoración de los LII años del Congreso Regional
del Consejo Regional Indígena del Cauca — CRIC se realizará en el Territorio
Ancestral de Tóez, municipio de Caloto, Zona Norte, departamento del Cauca,
durante los días comprendidos del 22 al 24 de febrero del año 2023. - Que la Guardia Indígena es un actor de paz y fundamental garante de la tranquilidad, del orden, la disciplina, de la participación activa, de la convivencia; reconocidos meritoriamente desde el orden local, zonal, regional, nacional e internacional por su labor activa en la construcción de una vida comunitaria en condiciones de dignidad.
- Que es deber de cada una de las Autoridades Ancestrales, regular, controlar, organizar, remediar y resolver las desarmonías que se presenten de sus comuneros en coordinación con la Guardia Indígena, durante el desarrollo de la conmemoración.
RESUELVE:
- Acoger con agrado, con hermandad, con gentileza, a todos y cada uno de los
participantes a la conmemoración de los 52 años del Consejo Regional Indígena del Cauca — CRIC, por parte de la Autoridad Ancestral y la comunidad del Territorio Indígena de Tóez, dispone la máxima voluntad el territorio y los servicios para facilitar la hospitalidad a los participantes de tan trascendental e histórico evento. - La autoridad ancestral de Toéz Caloto garantizara la disponibilidad de áreas y
servicios por zonas y resguardos indígenas que participaran en el evento. - La autoridad solicita conservar y dejar ordenado todos los sitos y bienes otorgados
durante el evento. - Se prohíbe la tala de árboles y contaminación de los espacios de vida y sitios sagrados.
- Durante y después del evento las comunidades participantes deben dejar el territorio libre de residuos solidos contaminante, para esto la autoridad garantiza la recolección de basuras.
- El control territorial y social; estará bajo la orientación de la autoridad ancestral y los
kiwe thegnas. - Los kiwe thegnas de Toéz han definido los puntos estratégicos de control territorial,
como las vías de Acceso y de evacuación de emergencias. - El control social; para el caso de los comuneros del territorio ancestral, la movilidad
no será restringida siempre y cuando se dirijan a sus sitios de trabajo o parcelas con
previo aviso a las autoridades y/o kiwe thegnas. - La movilidad para la comunidad participante será restringida. para evitar
inconvenientes fuera del territorio, en caso de emergencia o salida del territorio debe
ser autorizado por su respectiva autoridad. - Para los vehículos se garantizará un espacio de parqueadero, para evitar anomalías y desorden en el lugar del evento; sin embargo, los kiwe thegnas no se harán
responsables por daños o perdida de los mismos. - La autoridad garantizara los diferentes espacios para el desarrollo del evento como:
tarima y carpa principal, espacios de iniciativas económicas de los resguardos, planes
de vida y organizaciones económicas propias, espacios de oferta de alimentos y
bebidas refrescantes. - Los precios de los productos ofertados deben ser acorde al mercado por lo cual se
prohíbe el sobre costo de los productos alimenticios y bebidas refrescantes. - Durante el evento está prohibido el expendido de bebidas alcohólicas dentro del
territorio los días 22 y 23 de febrero. - Los insumos como plantas y bebidas de los mayores, kiwe the deben ser respetados y
no tienen restricción de entrada, pero solo de uso exclusivo de trabajo espiritual. - En caso de alteración del comportamiento o desarmonía de los participantes y la
comunidad, la autoridad con los kiwe thegnas harán su respectiva corrección. - Toda novedad negativa del evento debe ser de información inmediata a la autoridad,
kiwe thegnas y coordinadores del evento.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dado en el Territorio Ancestral de Tóez, a los quince 15 días del mes de febrero del
año Dos Mil Veintitrés (2023).