Declaración de la Organización Nacional Indígena de Colombia

28.Ago.05    Análisis y Noticias

PUEBLOS INDÍGENAS DE COLOMBIA FRENTE AL PROYECTO DE LEY FORESTAL
por ONIC Saturday, Aug. 27, 2005 at 8:02 PM
Indymedia Colombia
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Es un proyecto de ley queafecta gravemente la pervivencia de los pueblos indígenas y demás grupos étnicos del país y que pone en venta y destruye la biodiversidad

Frente al proyecto de ley forestal que actualmente se tramita en el congreso colombiano y ante los escenarios de promoción de la misma, el comité ejecutivo de la ONIC se permite expresar categóricamente lo siguiente:

1. El foro “Discusión y análisis del proyecto de ley General Forestal” convocado por los Ministerio de Agricultura y Desarrollo rural y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y la Corporación Nacional de Investigación y Fomento Forestal - CONIF, para el día 25 de agosto de 2.005 y el “Foro magistral sobre Manejo Sostenible de bosques naturales “convocado por las mismas entidades no son ni pueden asumirse desde ningún punto de vista como escenarios de consulta con los pueblos indígenas y mucho menos de validación de los contenidos del proyecto de ley forestal. Los procesos de consulta comprenden la participación real y efectiva de los pueblos indígenas bajo el principio del conocimiento previo y libre de los asuntos que les competen, interesen y afecten.

2. Teniendo en cuenta que mas del 40% del territorio Colombiano es de bosque natural y que el 30 % constituye territorio indígenas, el tema de bosques y la política ambiental del país constituyen temas de suma importancia para los pueblos indígenas; nuestro interés se funda en nuestra forma de vida, en la sabiduría de nuestro mayores y en nuestra misión de mantener relaciones armónicas con la naturaleza de la cual somos parte.

La naturaleza no es un articulo que desde el paradigma del “todo vale” se pueda convertir en un elemento mas de la feria donde “Todo se Vende” al mejor postor o al mas destruya la madre naturaleza. El territorio colombiano desde el enfoque del comercio está siendo preparado para ser un escenario de comercialización de lo que históricamente los pueblos indígenas y otras poblaciones rurales han conservado.

3. La creación de la República de Colombia es posterior a la existencia de nuestras culturas y territorios y, en esa medida, el relacionamiento con la naturaleza y por lo tanto con los bosques, los animales y los seres espirituales con los que compartimos nuestros territorios responden a enseñanzas milenarias y no a propósitos comerciales y de extracción y destrucción de la naturaleza. El respeto por las cosmovisiones de los pueblos indígenas es un Derecho Fundamental del cual somos sujetos y no se nos puede desconocer bajo el argumento de un estado unitario que persigue un supuesto “interés general”.

4. El proyecto de ley forestal busca “brindar seguridad jurídica efectiva” a los actores económicos y establecer un ambiente propicio para las inversiones del capitán financiero (Art. 12). lejos de plantear soluciones a los problemas estructurales de pobreza, exclusión y discriminación en las regiones y poblaciones menos favorecidas, es una iniciativa que favorece los procesos de arrasamiento de los recursos naturales pues si bien su titulo trata de la organización y la regulación de las actividades tanto en las plantaciones boscosas como en el bosque natural; su contenido regula lo referente a las explotaciones de los recursos naturales, especialmente madereros, sin que haya referencia alguna a prohibiciones o algún tipo de impedimentos que garanticen la conservación de la naturaleza. Es un proyecto de ley que promociona la explotación y no la conservación.

5. El proyecto de ley forestal al pretender establecer las competencias de las entidades territoriales en materia de administración de los recursos naturales y una división del país según los contenidos forestales y de recursos naturales que posean sus suelos así como de sus potenciales usos, se constituye una forma de establecimiento del Ordenamiento territorial del país, en clara violación del articulo 288 de la constitución política de Colombia. Este es un ordenamiento territorial pensado desde el enfoque de la seguridad jurídica, productividad y competitividad de los agentes económicos y no sobre la necesidad de adelantar procesos que permitan mejorar de la calidad de vida mediante políticas sociales con participación efectiva de las regiones y los grupos poblacionales que componen la sociedad colombiana.

6. En general la política ambiental Colombiana ha venido generando figuras institucionales que al ser sobrepuestas con los territorios indígenas limitan la capacidad de autodeterminación de los pueblos indígenas. Esto ha venido sucediendo con los parques naturales nacionales, con las áreas de protección y demás figuras que en varias regiones han traslapado los territorios indígenas. Ahora se pretende afianzar la creación de “Áreas forestales de protección”, “Áreas forestales de producción”, “Áreas de uso silvopastoril y agroforestal” y las “Áreas de reserva forestal” las cuales al momento de traslaparse con lo territorios indígenas limitaría aún mas la adecuación territorial de acuerdo a las necesidades de los pueblos indígenas y/o comunidades locales, así como elimina la posibilidad de sanear y ampliar legalmente los territorios de los pueblos indígenas. En los casos en donde no hay territorios indígenas los efectos sobre la población es el mismo.

En resumen, el proyecto de ley forestal desde ningún punto de vista es consecuente con las necesidades de los sectores menos favorecidos, ni con un proyecto de protección real de la naturaleza y en esa medida afecta gravemente la pervivencia de los pueblos indígenas y demás grupos étnicos del país: es un proyecto de ley que pone en venta y destruye la biodiversidad, el conocimiento tradicional o propio y arremete la autodeterminación de los pueblos indígenas.

Somos pueblos para la vida Somos pueblos de la tierra Somos pueblos en resistencia

ORGANIZACIÓN NACIONAL INDÍGENA DE COLOMBIA
COMITÉ EJECUTIVO