Pescadores artesanales han estado denunciando a la industria salmonera

02.Mar.07    Análisis y Noticias

SALMONICULTURA, MEDIOAMBIENTE Y PESCA ARTESANAL
EN LA X REGIÓN DE CHILE.

Presentación a la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados
del Congreso Nacional.

Comisión de Medioambiente
Consejo Regional de la Pesca Artesanal – X Región
COREPA A.G.
Valparaíso, Septiembre, 2.006.

La industria salmonera se ufana de ofrecer 40 mil puestos de trabajo y de respetar las leyes laborales chilenas. Igualmente, la industria salmonera se ufana de ser la principal interesada en proteger los ambientes acuáticos que ocupa para desarrollarse.

Ni lo uno ni lo otro es cierto.

La explotación laboral en la industria salmonera se refleja en la alta tasa de infraccionalidad laboral que detecta, día tras día, la Dirección del Trabajo de la X Región. En lo relativo a lo ambiental, la falsedad de lo que asevera la industria salmonera lo detectamos nosotros, los pescadores artesanales, en nuestro contacto diario e íntimo con el mar.

La industria salmonera es considerada en todo el mundo como una actividad comercial ambientalmente insustentable (DIAPO 1) por la depredación de los recursos pesqueros silvestres que exige la fabricación de los alimentos que suministra a sus poblaciones cautivas; por la inyección de nutrientes en la columna de agua de los sistemas que soportan a las balsas-jaulas de engorda; por el uso masivo de antibióticos, fungicidas, colorantes, pinturas anti-incrustantes ricas en metales pesados y otros productos químicos. También es considerada una actividad “insustentable” por la gran cantidad de desechos sólidos no biodegradables que generan sus operaciones; por la contaminación biológica que producen los peces que se fugan de su cautiverio y la transmisión de enfermedades desde los peces “fugados” a las poblaciones silvestres de peces.

Por todo ello, por su insustentabilidad ambiental, es que los países que desarrollan esta actividad económica, desde varias décadas antes que Chile, han elaborado medidas de estricta regulación para la salmonicultura intensiva, desde restricciones a los volúmenes de agua ocupados tanto por las pisciculturas (hatcheries) como por los centros de engorda (fish farms) hasta las producciones a obtener; desde el tipo de antibióticos a usar hasta la forma en que deben administrarlos; desde los contenidos máximos de nutrientes que deben existir en sus alimentos artificiales hasta qué pueden o no pueden hacer con sus mortalidades.

Menos en Chile…

Aquí, en nuestro país, todo lo que haga o deje de hacer la industria salmonera, lo decide la propia industria salmonera. Ella misma es la que decide dónde instala sus pisciculturas y sus balsas-jaulas, el tamaño de sus concesiónes, la magnitud de las producciónes a obtener, las dimensiones de sus balsas-jaulas, las características de sus alimentos, las dosis y la forma de suministrar los antibióticos que aplica a sus peces.

La industria salmonera es la que decide la capacidad acuícola de una porción de agua en un lago o en un sistema marino, la que fiscaliza su propia producción obtenida, sus propias tasas de mortalidades o de suministros de alimentos. Todo aquello que es esencial para regular la gestión ambiental de una industria insustentable como la salmonicultura, lo realiza la propia industria.

El Estado, a través de sus oficinas ambientales, sólo cumple el rol de revisar lo que la industria salmonera declara… si es que lo declara.

En efecto, la regulación que el Estado chileno hace a la que hoy es la segunda producción mundial de salmónidos, se limita a revisar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) que construyen empresas consultoras contratadas por las propias empresas. Allí, en una simple Declaración Jurada, se expresa la legislación ambiental vigente en Chile para el caso de la industria salmonera, así se aplica la política de “desarrollo sustentable” cuando de la salmonicultura se trata: en la exigencia de presentar, para una revisión muchas veces superficial, de una Declaración Jurada.

Esta situación no es congruente con el más mínimo sentido común. Para el Estado chileno y sus oficinas con jurisdicción en el tema de la acuicultura, CULTIVAR UNA HECTAREA DE SALMONES ES EQUIVALENTE A CULTIVAR UNA HECTAREA DE “CHORITOS”. Para tan disímiles actividades, el Estado usa el mismo instrumento de evaluación ambiental: una Declaración de Impacto Ambiental.

Es decir, para cultivar extensivamente una especie endémica, donde no se usan alimentos artificiales cargados de antibióticos y colorantes, se exige el mismo instrumento de calificación ambiental que debe presentar una actividad basada en la crianza intensiva de especies anádromas exóticas, que son alimentadas artificialmente toda su vida, que son sometidas a toda suerte de inmunizaciones y baños químicos, que genera cargas ambientales de materia orgánica que superan en cientos de veces aquellas que generan las poblaciones humanas que residen en las localidades donde se instalan pisciculturas y balsas-jaulas.

El resultado de esta desproporción legal, intencionalmente construida para que la industria salmonera ahorre las necesarias inversiones para protección ambiental que se le exige en otras partes del mundo, lo estamos pagando justamente los pescadores artesanales de la X Región.

Las oficinas ambientales del Estado chileno son incapaces de controlar, con los instrumentos jurídicos y recursos materiales que hoy poseen, la destrucción ambiental que está generando una industria que se auto-fiscaliza y que nunca ha demostrado la menor responsabilidad social (y sus trabajadores pueden testimoniar aquello) y mucho menos una responsabilidad ambiental. Así lo señala el Mapa de Conflictos Ambientales de la Salmonicultura de la DIAPO 2.

Este Mapa esquematizado reúne una selección de casos de conflictos ambientales protagonizados por la industria salmonera desde 1990 en adelante, ordenados cronológicamente y considerando tanto reportes de organizaciones ambientalistas, ciudadanas y las propias denuncias de los pescadores artesanales formuladas durante el II Congreso de COREPA, en Febrero del año 2.002. También aparecen en este Mapa las denuncias internacionales surgidas desde países-mercado que han detectado cargamentos de “salmones chilenos” contaminados química o biológicamente. Cada número representa un caso de contaminación por RILES de la industria salmonera, o la destrucción de un banco natural de algas o moluscos, o una “fuga” intencional o accidental de salmones.

¿Dónde está la eficiencia de los mecanismos de regulación estatales? ¿Dónde están los resultados de la “preocupación por el medioambiente” que dice sentir la industria salmonera? ¿Son estos los resultados del sobre-publicitado Acuerdo de Producción Limpia (APL) que adorna los afiches y las columnas de opinión de los funcionarios de Salmon-Chile?.

Cuando los trabajadores salmoneros denuncian que la “exitosa” industria salmonera se levanta en los abusos laborales que comete, los subsidios estatales que recibe y los sueldos miserables que paga por un trabajo muchas veces inhumano, los pescadores artesanales agregamos que el “éxito” salmonero también se ha construido sobre la destrucción de los recursos que a nosotros nos mantienen como personas y como cultura.

En la DIAPO 3 aparecen las denuncias ya citadas de los pescadores artesanales en Febrero del año 2.002. La contaminación con RILES salmoneros, las “fugas” de salmones y la destrucción de bancos naturales de algas y moluscos fueron entonces señalados como los principales efectos adversos de la salmonicultura sobre la pesca artesanal.

En el catastro que estamos levantando este año, se demostrará que la destrucción de bancos naturales se ha masificado, afectando directamente a quienes los explotaban de manera tradicional. En la DIAPO 4 se muestra la actual situación del Estuario del Reloncaví, según los testimonios de los pescadores artesanales locales. A estos efectos adversos allí detectados, debe ahora agregarse la ya comprobada contaminación de la pesca silvestre con antibióticos usados por la industria salmonera y la probable contaminación de las aguas del estuario con pinturas anti-fouling, que están destruyendo los cultivos artesanales de “choritos”.

Muchas son las razones para que se esté observando tal nivel de destrucción ambiental y de extinción de la pesca artesanal.

Creemos que la principal razón (o al menos, una de las principales) es el mecanismo de evaluación ambiental que se aplica a la salmonicultura, es decir, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

La DIA es un instrumento incapaz de evaluar el real impacto ambiental de la salmonicultura intensiva, especialmente de los Centros de Engorda (CES) y sus tradicionales trenes de balsas-jaulas. La DIA considera, a priori, a cada CES como una unidad aislada dentro de un sistema que puede estar ocupado por otras balsas-jaulas. En ninguna parte de una DIA se establecen las relaciones de sinergia (en grueso, suma de efectos) entre las emisiones de distintos centros a un sistema acuático en común. Mas aún, una DIA es incapaz de establecer la real “capacidad de carga” del sitio a intervenir, particularmente por las balsas-jaulas.

Así la “capacidad de carga” es un concepto completamente manejable para una empresa que quiere poner en funcionamiento un centro de engorda: un mismo sitio puede servir para producir 888 toneladas al año pero también 4.400 toneladas en el mismo periodo.

En la DIAPO 5 aparece el facsimil de la primera página de la DIA presentada por Liliana Martínez Escudero para un CES a instalar en la localidad de Punta Quillaipe, (la solicitud lleva el número 202101095) al sureste de Puerto Montt. Esta DIA fue presentada en Septiembre del año 2004 y fue ya aprobada por la autoridad ambiental, la COREMA- X Región.
En la DIAPO 6 aparece el facsimil de la primera página de una Nueva Declaración de Impacto Ambiental (hoy EN TRAMITACIÓN) con el mismo número de solicitud que la anterior y presentada por la misma titular (Liliana Martínez Escudero) e ingresada al sistema de evaluación de impacto ambiental el mismo día que la anterior: 13 de Septiembre del año 2004.

En la DIAPO 7 se muestran las coordenadas de la concesión APROBADA, mientras que en la DIAPO 8 aparecen las coordenadas de la concesión EN TRAMITACIÓN. Como se aprecia, las coordenadas son las mismas.

En la DIAPO 9 se muestra la superficie total de la concesión APROBADA por la COREMA- X Región: 11,3 Hectáreas. En la DIAPO 10 se ve que la superficie de la concesión EN TRAMITACION es similar (11, 3 hás.) .

La DIAPO 11 muestra la tabla de “producción programada” y las características de las balsas- jaulas a instalar. Como se aprecia en los datos destacados con fondo rosado, (Tabla 1) la producción programada al 5º año de funcionamiento de la concesión APROBADA alcanza a las 888 toneladas. Las balsas-jaulas, por otra parte, son rectangulares, de 15 mts. por 15 mts. y 15 mts. de profundidad (altura).

En la DIAPO 12, mientras tanto se muestra la misma Tabla de “producción programada” pero del proyecto EN TRAMITACION: ahora la producción máxima (al 4º año) es de más de 4.400 toneladas y las balsas-jaulas, además, ya no son rectangulares, sino circulares con mayor capacidad cúbica que las consignadas en el proyecto APROBADO.
¿Cual es la aptitud acuícola real del sitio ya concedido por las oficinas estatales que deben regular a la salmonicultura, 888 toneladas o 4.400 toneladas? ¿Esta es la rigurosidad con que se construyen y luego se revisan las DIA presentadas por las empresas salmoneras?

El sistema de evaluación ambiental que se aplica a la salmonicultura es completamente permeable a estas y otras irregularidades, cometidas tanto por las empresas como probablemente por las oficinas estatales.

Esto lo queremos demostrar con la exposición de un segundo caso referido a las DIA sujetas a crítica.

La DIAPO 13 muestra el facsímil de la primera página de una Declaración de Impacto Ambiental de una concesión solicitada, en el año 2.003, por la empresa TRUSAL para el sector Punta Tres Cruces en el Estuario del Reloncaví, ya APROBADA por COREMA X Región. La concesión ocupa 1,08 hás. y el número de la solicitud es el 93101125. en la DIAPO 14 aparece el calendario anual de la “producción programada” para esta concesión APROBADA: al 5º año de producción se han alcanzado las 700 toneladas. Como reconsigna en el texto, las balsas-jaulas son rectangulares, de 15 metros por lado y 10 metros de profundidad.

En la DIAPO 15 se muestra que la densidad de cultivo de esta concesión es de 10,3 kilógramos/m3, máximo. Finalmente, la DIA de este proyecto APROBADO señala, respecto alos insumos farmacéuticos a usar para una producción de 700 toneladas/año, la administración de casi 800 kilos de antibióticos y 1,4 toneladas de Vitamina C, como se muestra en la DIAPO 16.

La DIAPO 17 muestra la primera página de una Nueva Declaración de Impacto Ambiental presentada por TRUSAL en reemplazo de la anterior. Este proyecto se encontraba, a Agosto de este año, aún en TRAMITACIÓN y fue presentado, de acuerdo a la fecha de la firma del titular, el 31 de Enero de este año. Como lo muestra la DIAPO 18, el mismo sitio que hasta hace un año estaba facultado para producir 700 ton./año (proyecto APROBADO) ahora es capaz de soportar una producción 5 veces mayor: 3.570 ton./año.

En la DIAPO 19 se muestran otros cambios experimentados en el proyecto original. La densidad de crianza sube a 16 kilógramos/m3 y las balsas jaulas tienen el doble de la capacidad cúbica de las anteriores. Lo que NO CAMBIA son las referencias al uso de insumos farmacéuticos, como lo muestra la DIAPO 20, donde se sigue haciendo referencia a una producción de 700 ton./año, error que se repite en la página 16 de la Nueva DIA, donde aparece el nuevo calendario de producción anual (que explícitamente señala QUE EL PROYECTO SE ENCUENTRA FUNCIONANDO CON LAS NUEVAS PRODUCCIONES A PESAR DE QUE LA DIA SIGUE EN TRAMITACION) y las “materias primas” e “insumos” a utilizar. Como se muestra en la DIAPO 21, mientras el calendario anual se refiere a una producción de 3.570 ton./año, la Tabla de insumos sigue referida a 700 ton./año.

A la luz de estos antecedentes, nuestra impresión es concluyente. En especial en el caso de las “ampliaciones” que masivamente están solicitando las empresas salmoneras para sus centros ya instalados, el rspaldo técnico que sustenta a dichas solicitudes NO CORRESPONDEN a “Nuevas” DIA, sino a modificaciones a veces groseras a las ya presentadas y autorizadas, donde sólo se cambian las dimensiones de los centros de cultivo (balsas-jaulas) las densidades de crianza y algunos de los montos de los insumos. Tales modificaciones no pocas veces hacen ilegibles estas “nuevas” DIA, desde cuyos textos es imposible determinar siquiera el número final de las balsas-jaulas del centro “ampliado”.

Creemos que esta falta de rigurosidad se debe al apuro con que las empresas salmoneras están tratando de encubrir las sobre-producciones que les están siendo detectadas en sus centros y por ello es que centros de engorda (CES) de las empresas AGUAS CLARAS y MAINSTREAM, por ejemplo, hayan sido sancionados por sobre-producciones cuando se encontraban en estado de TRAMITACIÓN las respectivas solicitudes de “ampliación” presentadas a COREMA - Región.

Más aún, COREMA X Región se ha hecho parte entusiasta de este “apuro” que muestra la industria salmonera, acogiendo a tramitación y luego aprobando estas “nuevas” DIA con que se respaldan las ampliaciones solicitadas a pesar de irregularidades insólitas que se pueden encontrar en el archivo digital de la propia CONAMA.

En la DIAPO 22 aparece la página 1 de la Nueva DIA presentada por Ramón Cárdenas para el centro salmonero “Mañihueico” en Palena, que es operada por CAMANCHACA, sometido a sumario por “sobre-producción”. Como se anota en el título de la DIAPO, a principios de este mes esta solicitud se encontraba en TRAMITACION.

La revisión de esta “nueva” DIA nos mostró dos hechos esenciales. En la DIAPO 23, marcada con un círculo rojo se aprecia que la producción a obtener aparece escrita a mano y encima de la cifra original se anotó “5.000”. Precisamente, este centro estaba autorizado para una producción de 1.200 toneladas y se le detectó una producción de 4.288 toneladas. Lo que se hizo es bastante obvio: la “nueva” DIA es la “vieja” DIA, a la que se le borró 1.200 para dejarla en 5.000, es decir, para cubrir la sobre-producción de este centro.

La DIAPO 24 es la guinda de la torta: corresponde al Calendario de Actividades de la construcción del nuevo centro. Como se ve en el Cuadro, este calendario es el del año 2.001, cuando de verdad se presentó la DIA que ahora titularon como “Nueva”.

Insólitamente, COREMA X Región ha aprobado, con fecha 28 de agosto de este año, la “Nueva” DIA, como se muestra en la DIAPO 25.

Cuando se había instalado la “Mesa Ambiental” para buscar soluciones consensuadas a los problemas que los pescadores estábamos denunciando, la COREMA no sólo encubría esta falta a las normas vigentes cometida en el centro “Mañihueico”, sino que también daba curso a la aprobación de las ampliaciones solicitadas por otras empresas para sus centros con sobre-producción detectada (DIAPO 26).

Así, no sólo el centro “Mañihueico” obtuvo su permiso ambiental para “ampliarse” el 28 de Agosto, sino también MULTIEXPORT para su centro en Isla Llingua y PACIFIC STAR para su centro en Punta Auchemó. El 29 de Agosto obtuvo su ampliación TRUSAL para su centro en Punta Pujol y MAINSTREAM obtuvo la ampliación, ara su centro en Vilupulli, el 11 de Septiembre recién pasado.

En menos de 15 días, al menos estos 5 centros de los 13 que violaron las normas vigentes, encontraron respuesta en la COREMA X Región para una denuncia que se publicitó recién en Mayo de este año. Un record de eficiencia.

Señores Diputados, la salmonicultura y la pesca artesanal son actividades INCOMPATIBLES si la primera mantiene sus actuales procedimientos. No se trata sólo de la ineficacia del mecanismo de evaluación ambiental que se aplica a la salmonicultura, sino que también se trata de de la contaminación química de nuestro mar con productos cuyos montos y vías de administración no tienen ninguna limitación normada, permitiendo que ingresen al ambiente marino en montos insospechados los antibióticos y las pinturas antifouling que generalmente usan cobre, un reconocido tóxico marino, como agente alguicida.

En la DIAPO 27 se consignan las producciones anuales “declaradas” por las empresas en 5 de sus CES ubicados en distintas localidades de la X Región. En la DIAPO 28 se encuentran los consumos anuales de antibióticos que estas empresas han declarado explícitamente en sus respectivos DIAs presentados a COREMA – X Región y autorizados por esta.

Luego, en estos 5 centros se usa la cantidad de antibióticos que Noruega usa para su producción total de 9 años, que hoy alcanza a las 500 mil toneladas anuales.

Ciertamente, la industria salmonera no viola ley alguna cuando hace uso de estas cantidades irracionales de antibióticos. Tampoco viola ley alguna cuando ocupa al menos dos millones de litros de pinturas antifouling año tras año para pintar sus redes de cultivo, pinturas que usan metales pesados coma agentes alguicidas. Es verdad: no se puede faltar a la ley….cuando la ley no existe.

Ello explica, por ejemplo, que COREMA haya dado su aprobación a proyectos salmoneros como el presentado por el particular Pérez-Golzman para el sector de Hualaihué, donde se declara el uso de 40 mil litros de pinturas antifouling al año .

Las consecuencias de que las leyes no existan para regular la gestión ambiental de las salmoneras, las pagamos nosotros, los pescadores artesanales. Allí está el estudio de Fundación OCEANA, dado a conocer recientemente, que da cuenta de la contaminación con antibióticos de la fauna nativa del Estuario del Reloncaví que debe convivir con más de 20 centros salmoneros que operan en esa localidad , además de la creciente imposibilidad de realizar acuicultura extensiva de “choritos” en el lugar por el desprendimiento masivo de los moluscos desde sus líneas de cultivo, fenómeno que los pescadores artesanales atribuyen a contaminación de las aguas con pinturas antifouling (anti-incrustantes).

Nuestras demandas, entonces, no sólo se limitan a exigir el cumplimiento de la ley por parte de las empresas salmoneras, sino que también incluyen la petición para que se elaboren y promulguen todas aquellas normas que sean necesarias para evitar la destrucción ambiental que conllevará la extinción de la Pesca Artesanal.

Es la ley actual precisamente la que está permitiendo que nuestros lagos, canales y fiordos sean destruidos por la industria salmonera. La ley chilena de hoy es una mera formalidad para la industria salmonera, puesto que ni siquiera establece sanciones equivalentes o proporcionales a los daños causados por quien la viola. Prueba de ello son las multas cursadas a la empresa noruega MAINSTREAM por la sobre-producción detectada en dos de sus centros y que equivalían a $ 2 (dos pesos!) por cada kilo de salmón sobre-producido, como lo determinó recién en Agosto la COREMA X Región.

Nosotros no podemos competir con el poder económico que la industria salmonera ha acumulado en virtud a los subsidios estatales que recibe, el subsidio social que ya les fue relatado por los propios trabajadores salmoneros y el subsidio ambiental que hemos estado denunciando en los últimos diez años.

Tampoco podemos ni queremos competir con el tráfico de influencias que rodea a esta actividad y que se manifiesta en que toda la Dirección Ejecutiva de la COREMA X Región, que tuvo en sus manos la fiscalización de la salmonicultura durante parte del año 2.004 y todo el año 2.005, hoy esté integrada a Salmon-Chile (DIAPO 29).

Por cierto, tampoco está entre nuestros objetivos contrarrestar la “bancada salmonera” que hoy existe en el parlamento chileno.

Lo que de verdad queremos es que esta actividad ambientalmente insustentable, como loo es la salmonicultura intensiva, respete el medioambiente del que ha nacido y sobrevive la Cultura de la Pesca Artesanal. Lo que queremos es solucionar este problema dentro de nuestras fronteras, sin tener que llegar a la necesidad de tener que levantar una campaña internacional de boicot a las exportaciones de salmón chileno.

Queremos y necesitamos ser oídos y que nuestras demandas sean acogidas. Queremos, específicamente, que se elaboren leyes equivalentes a las que regulan a la salmonicultura en otros países Grandes Productores de salmón en cautiverio y que se suspenda la ya programada y anunciada expansión salmonera mientras tales leyes (y respectivos reglamentos) no se encuentren promulgados y previamente discutidos con los pescadores artesanales.

Porque queremos ser también claros en lo siguiente: así como la COREMA X Región no tiene la capacidad humana ni material para fiscalizar a la salmonicultura ya instalada, TAMPOCO TIENE LA CAPACIDAD PARA SEGUIR APROBANDO LOS PROYECTOS QUE LE PRESENTA ESTA INDUSTRIA, como creemos haberlo demostrado en estos minutos de exposición. COREMA – X Región, hoy, es parte del problema que enfrentamos.

Si el Estado y los empresarios salmoneros sostienen la misma indiferencia que hasta ahora han demostrado ante nuestras denuncias, el Mar Interior de Chiloé seguirá siendo destruido, obligándonos a retomar las movilizaciones para impedirlo, pues como lo indica nuestra última diapositiva (DIAPO 30) y que hemos mostrado allí donde se nos ha brindado espacio:

“…La Pesca Artesanal no se opone al desarrollo de otras actividades ligadas al mar….pero no se le puede pedir que se resigne a desaparecer.

Somos los últimos cazadores del planeta….No queremos dejar de serlo”

Gracias.

Comisión de Medioambiente
COREPA A.G.
Valparaíso, Chile, Septiembre año 2.006.