Los derechos colectivos de los pueblos indios. Otra manera de ver los derechos humanos desde las sociedades comunitarias

04.Mar.09    Análisis y Noticias

Los derechos colectivos de los pueblos indios.
Otra manera de ver los derechos humanos desde las sociedades comunitarias Ricardo Robles
Revista Chiapas No. 9

Desde los Diálogos de San Andrés Sacamch’en

A todos un poco, a mí definitivamente, los sentires y saberes indios, que -ya saboreados en la Tarahumara- se concentraron un día en San Andrés, nos han volteado la vida.

Allí se nos revelaron nuevas dimensiones de la humanidad, allí se relativizaron por fuerza nuestras certezas de costumbre, allí se nos aprontaron retos que no tenemos resueltos.

Uno de esos retos es precisamente éste: la validez de los derechos humanos universales ante otras culturas en las que no nacieron o en las que no se pactaron, es decir, su legitimidad entre los pueblos indios.

La contradicción

Lo digo bruscamente, de entrada: los derechos humanos, aplicados sin más como universales, pueden llegar a ser solamente un más refinado mecanismo de colonización en estos tiempos de cambios que debieran ser para el pluralismo, la aceptación de los diferentes, la abolición de los dogmatismos que pretenden ser universales, o sea: ser, sin más, “para todos”.

Durante los Diálogos por una Paz Justa y Digna -así se llamaron irónicamente-, vimos con gran claridad un conflicto. La defensa de los derechos colectivos de los pueblos se estrelló siempre con la negativa absoluta del gobierno para tratar ese punto. Todo derecho o garantía debía ser individual. “No aceptaremos ambigüedades”, repetían.

Al mismo tiempo, los Diálogos no podían soslayar el tema. Los indígenas del EZLN, avalados luego en el Foro Nacional Indígena, reclamaban esos derechos colectivos como indispensables en todo acuerdo de paz. No dialogaban teorías, sino precisamente su derecho humano más fundamental, el derecho a vivir.

En efecto, al tratarse de pueblos indígenas, muchos de sus derechos toman dimensiones comunitarias que no quedan contempladas en los actuales derechos, circunscritos a lo estrictamente individual. Afirmar esto no supone arbitrariedad, ilegitimidad o novedad siquiera. Los derechos colectivos de los pueblos son un tema actual que está siendo estudiado para su aprobación en la ONU o en la CIDH de la OEA.

Los derechos comunitarios atropellados afectan a las personas, pero al dañar a la comunidad en su conjunto afectan a todos sus miembros y cobran gravedad especial.

El derecho al uso de la lengua materna, por ejemplo, es frecuentemente ignorado por las autoridades, que ponen automáticamente en desventaja a los indígenas en trámites civiles o en la administración de justicia.

Una administración de justicia errónea o deficiente, originada en la insuficiente capacidad de declaración o defensa, repercute no sólo en el injustamente tratado y su familia; influye en la comunidad toda que también sufre los efectos de esa discriminación que nulifica la equidad entre sus miembros y los no indígenas.

Entre las ponencias de aquellos Diálogos chiapanecos hubo algunas muy relevantes. Pero, recuerdo, solía haber, al mismo tiempo, reacciones que iban desde la incomodidad hasta la indignación.

Espero no provocar ahora ni tan siquiera malestares.

El Foro Especial para la Reforma del Estado

En el Foro Especial para la Reforma del Estado decía, por ejemplo, Gustavo Esteva:

Al extenderse el activismo por los derechos humanos y su éxito, aumenta la perplejidad y el desaliento de quienes ven en ellos una amenaza imprecisa de resultados ciertos: la liquidación de la comunidad, del poder de la gente en su propio espacio […]

Si no resolvemos aquella contradicción, los derechos humanos pueden convertirse en un nuevo abuso de poder. Pueden ser, más aún, el caballo de Troya para una nueva forma de colonización, más peligrosa que las anteriores.

La supuesta universalidad de los derechos humanos carece de fundamento. Nacieron como derechos naturales […] Hasta el siglo pasado todavía se plantearon así. Pero en este siglo […] los defienden como fruto de la razón que los formuló y del pacto social que los plasmó en leyes.[1]

Este pensamiento, demasiado sintético aquí, tipifica los planteamientos de nuestro mundo intelectual, conceptual. El pensamiento indígena queda en múltiples documentos de los que tan sólo podremos citar también algún ejemplo.

La palabra indígena

En los documentos finales del mismo Foro, el Grupo 8, que trató el tema de justicia y derechos humanos, dice en sus “Propuestas”:[2]

Frecuentemente se pretende imponer valores y prácticas nacidos en la cultura occidental sobre las demás, como si fueran derechos humanos universales. En consecuencia, se propone abrir un diálogo intercultural, en el marco del Foro Permanente Indígena, sobre los derechos humanos, para avanzar en la construcción de un régimen jurídicamente pluralista.

Es más explícito aún el grupo que trató sobre el nuevo pacto social.[3]

El nuevo pacto social deberá reconocer el pluralismo en las formas particulares de impartir justicia y organizarse. Como tal, debe reconocer el pluralismo jurídico y los derechos humanos no sólo individuales sino también colectivos de los pueblos indígenas y los derechos comunales.

Meses después -suspendido el diálogo con el gobierno-, el abogado mixe Adelfo Regino, desde la Comisión de Seguimiento del Congreso Nacional Indígena, volvía sobre el tema:[4]

La autonomía es exigida como facultad para determinarse libremente dentro del estado mexicano, como un derecho colectivo a ser diferentes y a ser respetados en esa diversidad. Asimismo, se plantea como la condición previa e indispensable para que se pueda disfrutar de los derechos fundamentales de nuestros pueblos y determinar así nuestro futuro.

En cierto sentido, el reconocimiento de los derechos indígenas se presenta como una forma de romper con los esquemas tradicionales del derecho occidental, pues no plantea derechos individualistas ni normas al servicio del estado. Se apunta claramente al reconocimiento de un régimen jurídico que refleje la pluralidad del estado mexicano.

Nuestras demandas han sido reiteradas en lo individual y en lo colectivo […] Continuar desconociendo estos derechos tendría como consecuencia que las cárceles sigan llenándose de indígenas y prolongaría el etnocidio iniciado hace más de 500 años.

Adelfo denuncia, así, la insuficiencia de nuestros marcos jurídicos individualistas para expresar los derechos colectivos de los pueblos indios. Se refiere a un derecho fundamental, el de la libre determinación, del cual se derivan muchos otros, y hace ver las consecuencias etnocidas de las concepciones occidentales del derecho, en las que se han formulado, históricamente, los derechos humanos universales.

Los pueblos indios ven todo derecho, incluso los derechos humanos, radicados fundamentalmente en el pueblo para beneficio de sus miembros. Para ellos, los individuos no pueden detentar derechos ante la comunidad, porque no son sin ella.

El Congreso Nacional Indígena

El EZLN convocó al Foro Nacional Indígena para recoger el consenso de los pueblos indios sobre los temas de San Andrés, antes de firmar los Acuerdos.

Uno de los acuerdos finales del Foro fue la creación de un Foro Permanente de los Pueblos Indios. Al crearse, en octubre de 1996, tomó el nombre de Congreso Nacional Indígena.

Las dos sesiones del Congreso y sus cuatro asambleas han producido documentos valiosos, verdaderos avances en el pensamiento sobre los derechos indios. Si bien es imposible citarlos y estudiarlos aquí con detalle, transcribimos algunos párrafos, provenientes de diversos momentos del CNI, que reflejan la dimensión comunitaria que el pensamiento indio incluye siempre. En su documento final nos dice:[5]

EXIGIMOS:

PRIMERO: el reconocimiento jurídico constitucional de nuestra existencia plena como pueblos y de nuestro inalienable derecho a la libre determinación expresado en la autonomía en el marco del estado mexicano.

Esto lo detalla más la Mesa de Derechos Constitucionales del mismo CNI, reflejando siempre la dimensión comunitaria.[6] Dice, por ejemplo:

Que se reconozca como sujeto de derecho a los pueblos indígenas y que éstos, en ejercicio de su libre determinación decidan la forma de organizarse: comunidad, municipio, región, etcétera.

Reconocimiento oficial de las lenguas como idiomas indígenas y derecho a su uso cotidiano en todos los órdenes de la vida social: político, económico, jurídico, administrativo, educativo, de nuestros Pueblos.

Que se reconozca la autonomía territorial y el derecho al uso y aprovechamiento de los recursos naturales, renovables y no renovables, así como las formas tradicionales de cada pueblo para la tenencia de la tierra, que se respete la propiedad comunal y ancestral de los Pueblos originarios […].

Reconocimiento del patrimonio histórico y cultural colectivo de nuestros Pueblos, reconociendo el derecho de autoría y propiedad intelectual de diseños, modelos, productos artísticos y medicinales.

Así formulan en el fondo algunos de sus derechos humanos. No hay demandas individuales en estos documentos indios. Todo va a rescatar los derechos de la comunidad como tal, y ahí los de las personas. En el más reciente resolutivo del CNI[7] persiste su visión:

En el campo, la estrategia privatizadora avanza sobre instituciones como la Conasupo y con la cruzada de expedición de títulos de propiedad individuales a través del Procede, que ha ampliado -ilegalmente- sus acciones a la tenencia de propiedad comunal.

Aportación rarámuri al Foro Nacional Indígena

De manera menos técnica, los rarámuri de Chihuahua nos dicen también que los “derechos” son colectivos y no individuales, que la comunidad es el sujeto de los mismos. Del documento que presentaron en el Foro Nacional Indígena tomo algunas líneas:[8]

Como Pueblo nos da derechos a la Autonomía. Que el estado reconozca y respete el Territorio Cultural, sus recursos naturales que es parte de la vida del rarámuri.

Se respete la libertad de nuestras decisiones en las formas de gobierno y organización en sus diferentes formas:

I. Religioso: danzas, creencias, diferentes ritos, en las diferentes fases de la vida del rarámuri. Son ritos diferentes, de nacer a morir, hay que respetar.

II. Político: libertad para nombrar los integrantes del aparato de gobierno rarámuri, sin intromisión de personas ajenas a la comunidad indígena de que se trate.

III. Social: respeto a las diferentes maneras de vida y trabajo según la costumbre. Que ninguna institución envíe personal que la comunidad no acepte. Que no impongan.

La comunidad es, con toda claridad para ellos, sujeto y fuente de “derechos”. Las personas los disfrutan sólo desde y en la comunidad. Así son los derechos a la vida suya, diferente.

La enumeración descriptiva de lo que consideran sus derechos fundamentales es reveladora. Todos son comunitarios y están claramente fundamentados en el hecho de ser pueblo. De ahí, el derecho a ser diferentes y autónomos, a su hábitat -territorio y recursos para la reproducción cultural-, y todo ello basado en el derecho a la libre determinación: “Se respete la libertad de nuestras decisiones en las formas de gobierno y organización”.

Cuando los aislados y dispersos rarámuri de Chihuahua escribieron estos pensamientos suyos, no existían aún los otros documentos a que hemos hecho referencia. Más aún, el pensamiento sobre la autonomía y sus fundamentos estaba en pleno proceso de maduración, inacabado frente a lo que ahora sabemos y podemos decir. Y ellos ya lo decían en sus propias concepciones tradicionales.

Lo comunitario de los derechos no es una moda india, es algo esencial en su filosofía, en su posibilidad de vivir con dignidad y rectitud.

Comunidad, no individuos

Una de las vetas de renovación para este mundo es justamente la que comentamos. Nos ofrecen los pueblos, como regalo para el nacimiento de un nuevo milenio -según nosotros-, o para un nuevo Sol -según ellos-, una salida a nuestra propia trampa: el “individualismo”.

Ciertamente, la noción misma de “derecho” es nuestra, occidental; ellos la han aprendido para dialogar con nosotros, para defender lo suyo más íntimo, su identidad. En ese diálogo, antiguo ya, intenso últimamente, nos llevan la delantera. Son más peritos que nosotros para entrar en los espacios de la interculturalidad. La vida los ha llevado a capacitarse en ello, por necesidad tal vez, pero con habilidad y seguridad.

Desde esa su óptica, desde su proyecto diferente de vida, han soñado, han recuperado así ancestrales maneras. Han visto el contraste entre su vida comunitaria que comparte y la nuestra que se empeña en la acumulación, la competencia, el individualismo. Aun nuestros derechos humanos adolecen de esa estrechez, y así les perjudican, ocasionalmente al menos.

Vuelvo a citar ahora la ponencia de Gustavo Esteva en aquel Foro de pluralidad, inclusión y diálogo, el convocado por el EZLN sobre la Reforma del Estado.[9]

Lo más grave de la ideología de los derechos humanos es su carácter inevitable y profundamente individualista. Nacieron, precisamente, cuando se arraigó en el planeta el individualismo posesivo nacido en Occidente. Por eso su implantación disuelve a las comunidades, que han logrado resistir hasta ahora esa manía.

Nosotros no somos individuos. De hecho, ningún ser humano puede serlo. Lo individual es una categoría abstracta a la que se nos pretende reducir […] Somos personas: nudos de redes de relaciones concretas. Los hombres y mujeres reales tejemos esas redes para formar comunidades y en ellas podemos ejercer la libertad de nuestras iniciativas singulares, únicas, distintas, las de cada quien, en el marco de los patrones culturales que nos definen, que nos hacen ser lo que somos, que nos dan identidad. Eso somos y eso queremos seguir siendo.

Es obvio que los pueblos indios, pese a sus culturas fuertemente comunitarias, no son perfectos. No obstante pueden hoy ofrecernos milenarias maneras de “ser humanos”, de reenfocar nuestra humanidad. Esto exigirá -con nosotros o sin nosotros- un mundo de pluralidad. “Un mundo donde quepan muchos mundos, los de los todos que somos”, suelen decir los zapatistas evocando la libertad. De muchas otras maneras nos lo dicen también los otros pueblos indios.

Indios y derechos humanos

Importa mucho liquidar un fantasma. Dije al inicio que cuando el conflicto, la contradicción entre lo individual y lo comunitario, rozaba con los “derechos humanos” -sin duda prestigiados de luchas, pero quizá sacralizados-, siempre había, al mismo tiempo, reacciones que iban desde la incomodidad hasta la indignación. Dije que esperaba no provocar ahora ni tan siquiera malestares. Lo dije en serio y de verdad lo creo. Estas paradojas de la historia, que avanza para bien, deben asumirse con serenidad. El conflicto está ahí y hemos de superarlo. No podemos eludirlo. El error sería negarlo.

Ellos no entienden, ni tienen por qué aceptar, algo tan cultural-occidental, como el que sea trato humillante contra los derechos humanos atar por unas horas a un borracho que agrede a la comunidad, y que no lo sea, o encerrar por años a un humano en una cárcel, cuando eso no se hace ni con un animal.

No obstante, los “derechos humanos” no son rechazados por las culturas comunitarias; son apreciados, y casi siempre también lo son sus luchadores, se les defiende. Basta que no lleguen como desiguales, como jueces arrogantes. Basta que oigan, vean y asuman la vida y la justicia de los diferentes y sus sabidurías ancestrales.

Como muestra cito, para hacer justicia al pensamiento indio, otro texto del Foro Especial para la Reforma del Estado:[10]

Nos pronunciamos también en contra del hostigamiento a los defensores de derechos humanos y organismos no gubernamentales que acompañan los esfuerzos de nuestras comunidades, pueblos y organizaciones, que pareciera tener un patrón que se repite en el Valle del Mezquital en Hidalgo, en la región de Huayacocotla, Veracruz, en la Sierra Huichola de Jalisco, en la zona Norte de Chiapas.

Ahí queda, no obstante, la contradicción, queda el peligro de disolución que violenta a las comunidades. Nos toca la apertura de mente y corazón.

No tenemos otra historia que vivir

Queda por ver nuestro quehacer en esta transición que no va siendo fácil, que no lo será.

Hay, como desde casi siempre, creo, quienes quieren imponer en ella su poder a conveniencia. Hay aún quienes quieren un tránsito de paz, un mundo en democracia real, de esa que no existe, donde en verdad encontremos los caminos para el “mandar obedeciendo”, donde los comicios no sean excusa para imponerse luego con arbitrariedad autoritaria, donde las leyes y los derechos no se definan y decidan al margen del pueblo todo.

San Andrés fue un intento bastante logrado de ese tipo de diálogo que hace avanzar el pensamiento desde la sociedad toda, desde una gran pluralidad incluyente. Mucho pueblo diverso dio ahí su palabra, puso su corazón que pretendió futuro. No serían los pueblos indios los únicos beneficiados del cumplimiento de lo acordado en San Andrés: lo seríamos todos inevitablemente. Ellos propusieron y muchos construyeron las pautas de un mundo diferente, para todos. Por eso San Andrés se ha topado con tan inexorable resistencia. Fue, en sí mismo, un ejercicio de la democracia prohibida.

Ellos abren caminos

Casualmente, este texto coincide con las vísperas de la Consulta Nacional por el Reconocimiento de los Derechos de los Pueblos Indios y el Fin de la Guerra de Exterminio contra ellos. Sus caminos políticos son de paz. Ellos dispararon doce días en esta guerra mientras el poder lo sigue haciendo sin pudor, hasta el horror de Acteal. Los caminos de los indios son también de resistencia, y en ella nos aventajan sin duda, tienen siglos de experiencia viviéndola. No van a ceder, no los podrá desgastar el poder. Sus caminos son de una enorme libertad, la libertad que les da la muerte ya aceptada de antemano.

Tuve en San Andrés la experiencia de tener que constatar lealtades y perjurios, sonrisas y desdenes, amistades y lejanías. Eso fueron también los Diálogos de Paz, un lugar donde la evidencia de los contrastes entre la calidad humana de las partes fue ineludible. Una vez más me ganaron los “hombres verdaderos”, los de “palabra verdadera” y corazón hermano, los de la justicia entendida como “todo para todos, nada para nosotros”, comunitaria, pues.

Los que nos han convidado de su tesoro el “mandar obedeciendo” como democracia, el “mundo donde quepan muchos mundos” como libertad y el “todo para todos, nada para nosotros” como justicia, son fiel espejo del pensar de los pueblos indios y hoy nos invitan a dar también nuestra palabra propia en esta historia de los todos que somos. Van abriendo caminos a la historia desde que despertaron y nos despertaron.

En testimonio

El conflicto fundamental que quise exponer me viene de la vida, se me ha impuesto desde el maniatado proyecto de vida de los indios. Estas palabras son, para mí, prestadas. Ellos me las han ido convidando sin pretenderlo, al convivir. Por eso son tan sólo un testimonio.

No son, estas palabras, una verdad necesaria a nadie; son tan sólo la mía, la de mis tristezas y plenitudes entre ellos. Acepto que pueda ser desechada.

Me explico: tengo en mi cuarto un lienzo bordado por las mujeres de ese pueblo invadido, hoy fantasma, que es Guadalupe Tepeyac. Me lo ofrecieron en uno de los viajes a la Selva Lacandona. Arriba, un comandante, el subcomandante y un mayor; abajo, una “palabra” suya, en “castilla”, que dice así:

Muchas Palabras caminan en el Mundo.
Muchos Mundos se hacen.
Muchos Mundos nos hacen.
Nosotros hacemos Mundos verdaderos.

Quieren, y se creen, esa pluralidad de la palabra libre, para ellos y todos nosotros. Desde ahí he hablado.

Notas:

[*]

Ponencia presentada en el Coloquio sobre Alimentación, Sociedad y Desarrollo, Hermosillo, Sonora, 16 de marzo de 1999.

[1]

Gustavo Esteva, ponencia en la Mesa sobre Derechos Humanos del Foro para la Reforma del Estado convocado por el EZLN, San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, 30 de junio-6 de julio de 1996; San Pablo Etla, 3 de julio de 1996.

[2]

“En el tránsito a la democracia”, documento final del Grupo de trabajo 8: Justicia y Derechos Humanos, San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, 30 de junio-6 de julio de 1996.

[3]

Foro Especial para la Reforma del Estado. Propuestas dirigidas a la Cocopa. Grupo 6: “Nuevo pacto social”, 30 de junio-6 de julio de 1996.

[4]

Adelfo Regino, “¿Por qué los derechos indígenas?”, Comisión de Seguimiento del Congreso Nacional Indígena, 16 de diciembre de 1995.

[5]

Congreso Nacional Indígena, Declaración “Nunca más un México sin nosotros”, ciudad de México, 8-12 de octubre de 1996.

[6]

Relatoría de la Mesa 1: Derechos Constitucionales de los Pueblos Indígenas.

[7]

Resolutivo de la reunión del CNI, Morelia, Michoacán, 13 de febrero de 1999.

[8]

Aportación rarámuri al Foro Nacional Indígena celebrado en San Cristóbal de Las Casas del 3 al 8 de enero de 1996, fechada el 16 de diciembre de 1995.

[9]

Gustavo Esteva, op. cit.

[10]

Foro Especial para la Reforma del Estado, “Pronunciamiento por la desmilitarización por las graves condiciones de violencia que privan en prácticamente todas las zonas indígenas del país”, 30 de junio-6 de julio de 1996.